San Juan, 8 de mayo de 2018.
DECRETO N.º 0434-P.
VISTO:
Los distintos asuntos ingresados a la Cámara de Diputados para su tratamiento; y
CONSIDERANDO:
Lo dispuesto por el Artículo 23, Incisos 2), 6) y 9) del Reglamento Interno de la misma;
POR ELLO:
EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN Y
PRESIDENTE NATO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.º- Convocar a la Cámara de Diputados a celebrar la TERCERA SESIÓN ORDINARIA, para el día jueves 10 de mayo de 2018, a las 09:00 horas, con el objeto de tratar el siguiente Orden del Día:
Aprobación de las Versiones Taquigráficas de las Sesiones Ordinarias: 12.ª, 13.ª y 14.ª, todas del año 2017; y, 1.ª Extraordinaria, 1.ª y 2.ª Ordinarias del corriente año.
ASUNTOS ENTRADOS
Comunicaciones Oficiales
1031
1. Mensaje N.º 0031 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que declara de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble ubicado en el departamento Chimbas, destinado a la localización de un predio ferial.
Legislación y Asuntos Constitucionales
Hacienda y Presupuesto
Obras y Servicios Públicos
1216
2. Mensaje N.º 0035 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que abroga la Ley N.º 426-Q, Fondo Solidario Hospitalario.
Sobre tablas
1217
3. Mensaje N.º 0036 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que exime de aportes establecidos por leyes provinciales, a los beneficiarios de la tarifa social.
Sobre tablas
1218
4. Mensaje N.º 0037 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que modifica las Leyes N.º 151-I y 1698-I.
Sobre tablas
1219
5. Mensaje N.º 0038 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el convenio celebrado entre los Ministerios de Trabajo, Empleo y Seguridad y de Desarrollo Social de la Nación, con el Gobierno de la Provincia de San Juan; en relación con los Programas de Entrenamiento para el Trabajo para Instituciones sin fines de lucro en Organizaciones Populares.
Legislación y Asuntos Constitucionales
Educación, Cultura, Ciencia y Técnica
1214
6. Mensaje N.º 0033 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el convenio celebrado entre el Ejército Argentino y el Gobierno de la Provincia de San Juan; en relación con la Guardia de Honor de la Bandera Ciudadana de la Columna Cabot.
Legislación y Asuntos Constitucionales
Educación, Cultura, Ciencia y Técnica
1215
7. Mensaje N.º 0034 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Convenio de Asistencia y Cooperación, celebrado entre la Universidad Nacional de San Juan, la Universidad Católica de Cuyo y el Gobierno de San Juan, a efectos de encarar un estudio de factibilidad de construcción de un vehículo eléctrico en nuestra provincia.
Legislación y Asuntos Constitucionales
Educación, Cultura, Ciencia y Técnica
1213
8. Mensaje N.º 0032 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Convenio de Asistencia y Cooperación, firmado entre Fiduciaria San Juan Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria (S.A.P.E.M.) y el Ministerio de la Producción y Desarrollo Económico de San Juan.
Legislación y Asuntos Constitucionales
Hacienda y Presupuesto
Economía y Defensa al Consumidor
1160
9. Nota de la Corte de Justicia de San Juan, mediante la que remite la renuncia al cargo de Juez de Cámara de Apelaciones del Trabajo, presentada por el Dr. Miguel Ernesto Novoa.
Sobre tablas
0923
10. Nota del Instituto Provincial de Exploraciones y Explotaciones Mineras (IPEEM), mediante la que eleva Memoria Descriptiva Anual 2017, en cumplimiento del Artículo 20 de la Ley N.º 387-A.
Minería
0935
11. Nota del Tribunal de Cuentas, mediante la que eleva Protocolo de Actas Año 2017, en cumplimiento del Artículo 38 de la Ley N.º 1100-E.
Hacienda y Presupuesto
1041
12. Nota del Tribunal de Cuentas, mediante la que eleva la rendición de cuentas Ejercicio 2017, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 4.º, Inciso e) y artículos 116 a 118 de la Ley N.º 1100-E.
Hacienda y Presupuesto
1062
13. Nota de la Defensoría del Pueblo, mediante la que presenta informe anual correspondiente a la labor desplegada entre 01/01/2017 y 31/03/2018, en cumplimiento del Artículo 8.º, Inciso h) de la Ley N.º 344-E.
A conocimiento
Comunicaciones Particulares
0933
14. Nota de ACETUR San Juan, mediante la que solicita se declare de interés el Encuentro Regional de Estudiantes de Turismo (ERET 2018).
A conocimiento
0968
15. Nota de la Asociación Civil Gestión de Futuro, por la que solicita se declare de interés el Congreso Educativo Nacional: Nuevos escenarios, nuevas alfabetizaciones.
A conocimiento
0969
16. Nota de la señora Natividad Guerrero, por la que eleva inquietud.
A conocimiento
0970
17. Nota del Foro de Abogado de San Juan, en relación al tratamiento de la terna para cubrir la vacante en la Corte de Justicia de San Juan.
A conocimiento
1006
18. Nota de la Asociación Civil Polo Obrero San Juan, mediante la que eleva petitorio.
A conocimiento
1025
19. Nota de la Unión Cultural Argentino Libanesa-Filial San Juan, por la que solicita se declare de interés el Congreso Nacional de la Unión Cultural Argentino Libanesa-San Juan 2018, y Miss Emigrates Argentina-San Juan 2018.
A conocimiento
DESPACHOS DE COMISIÓN
ASUNTO I
0106
Despacho de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Salud y Deporte; y de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica, en el Mensaje N.º 0006 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Convenio Marco de Colaboración, entre el Ministerio de Salud Pública de San Juan y la Universidad de Congreso.
ASUNTO II
0913
Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Hacienda y Presupuesto, en el Mensaje N.º 0030 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que crea el Programa de Incentivos Fiscales a la Inversión Productiva en la Provincia de San Juan.
ASUNTO III
0815
Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Salud y Deporte; y de Hacienda y Presupuesto, en el Mensaje N.º 0026 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que modifica la Ley N.º 1148-Q, Estatuto y Escalafón para el Personal de Sanidad.
ASUNTO IV
0707
Despacho de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Economía y Defensa al Consumidor, en el Mensaje N.º 0022 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Convenio Marco de Colaboración, celebrado entre la Provincia y la Agencia Calidad San Juan SEM.
ASUNTO V
2138
Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Justicia y Seguridad, en el Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que establece la obligatoriedad de incluir, de manera legible y destacada, en todas las boletas emitidas por empresas del Estado Provincial, la leyenda: “La violencia de género es un delito, denúncielo”, y consignar los números de líneas telefónicas gratuitas para efectuar las denuncias.
ASUNTO VI
0631
Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Economía y Defensa al Consumidor; y de Justicia y Seguridad, en el Proyecto de Ley presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que modifica la Ley N.º 687-P, mediante la que establece el acceso gratuito al agua potable en establecimientos nocturnos.
ASUNTO VII
0895
Despacho de la Comisión de Justicia y Seguridad, en la nota del Consejo de la Magistratura, mediante la que eleva terna para cubrir el cargo de Ministro de la Corte de Justicia.
ASUNTO VIII
0875
Despacho de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica, en el Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés social y cultural, la obra teatral: Prohibidas.
ASUNTO IX
0908
Despacho de la Comisión de Peticiones y Poderes, en el Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés deportivo, cultural, educativo y recreativo, a la Clínica Deportiva y Torneo Escuela de Tenis de Mesa Adaptado.
ASUNTO X
0874
Despacho de la Comisión de Peticiones y Poderes, en el Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que declara de interés social y educativo, la XVI Jornada Provincial de Jóvenes Profesionales de Ciencias Económicas.
Proyectos presentados
0905
1. Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que crea el Boleto Estudiantil Único en la Provincia de San Juan.
Legislación y Asuntos Constitucionales
Obras y Servicios Públicos
Hacienda y Presupuesto
0906
2. Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que crea el Programa Provincial de Vivienda Joven.
Legislación y Asuntos Constitucionales
Obras y Servicios Públicos
Hacienda y Presupuesto
0907
3. Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que crea el Colegio Profesional de Diseñadores de la Provincia de San Juan.
Legislación y Asuntos Constitucionales
Educación, Cultura, Ciencia y Técnica
0960
4. Proyecto de Ley presentado por el Bloque Frente Renovador Somos San Juan, de Régimen de adecuación tributaria de la factura del servicio público de energía eléctrica de la Provincia.
Legislación y Asuntos Constitucionales
Obras y Servicios Públicos
Hacienda y Presupuesto
1008
5. Proyecto de Ley presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que implementa un comprobante oficial que acredite el cumplimiento por parte del conductor de la entrega de documentación requerida en operativos de tránsito.
Legislación y Asuntos Constitucionales
Justicia y Seguridad
1009
6. Proyecto de Ley presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que prohíbe a pasajeros del servicio público de transporte, la reproducción de música sin auriculares en el interior de los vehículos dispuestos al efecto.
Legislación y Asuntos Constitucionales
Obras y Servicios Públicos
1011
7. Proyecto de Ley presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que prohíbe la exhibición en playas de estacionamiento, sean gratuitas o tarifadas, la publicación de carteles o tickets con leyendas que eximan de responsabilidad por daños, robos o hurtos que pudieran sufrir los vehículos.
Legislación y Asuntos Constitucionales
Justicia y Seguridad
Economía y Defensa al Consumidor
1012
8. Proyecto de Ley presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que establece la obligación de exhibir, en todo nosocomio público o privado y consultorios de atención médica, letreros informando a los pacientes sobre el derecho a recibir copia de sus historias clínicas.
Legislación y Asuntos Constitucionales
Salud y Deporte
Derechos Humanos y Garantías
1013
9. Proyecto de Ley presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que crea el Boleto Gratuito para Adultos Mayores.
Legislación y Asuntos Constitucionales
Obras y Servicios Públicos
Hacienda y Presupuesto
1019
10. Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, de promoción libre y gratuita del acceso al agua en los locales gastronómicos y de recreación nocturna.
Legislación y Asuntos Constitucionales
Economía y Defensa al Consumidor
1023
11. Proyecto de Ley presentado por el Bloque ACTUAR, mediante el que crea las ECOPARADAS.
Legislación y Asuntos Constitucionales
Turismo, Ambiente y Desarrollo Sostenible
Obras y Servicios Públicos
1073
12. Proyecto de Ley presentado por el Bloque Dignidad Ciudadana, por el que incorpora el Artículo 8.º Bis a la Ley N.º 358-E, que establece incompatibilidades en la designación de Ministro de la Corte de Justicia.
Legislación y Asuntos Constitucionales
Justicia y Seguridad
1074
13. Proyecto de Ley presentado por el Bloque Dignidad Ciudadana, por el que incorpora el Artículo 5.º Bis a la Ley N.º 319-E, que establece incompatibilidades en la designación de Fiscal de Estado.
Legislación y Asuntos Constitucionales
Justicia y Seguridad
1075
14. Proyecto de Ley presentado por el Bloque Dignidad Ciudadana, por el que incorpora el Artículo 7.º Bis a la Ley N.º 1100-E, que establece incompatibilidades en la designación de miembro del Tribunal de Cuentas.
Legislación y Asuntos Constitucionales
Hacienda y Presupuesto
1076
15. Proyecto de Ley presentado por el Bloque Dignidad Ciudadana, por el que incorpora el Artículo 55 Bis a la Ley N.º 524-A, que establece incompatibilidades en la designación como miembro del Directorio del EPRE.
Legislación y Asuntos Constitucionales
Obras y Servicios Públicos
1193
16. Proyecto de Ley presentado por el Bloque Juntos por San Juan, sobre difusión del riego que causa el consumo de alcohol durante el embarazo.
Legislación y Asuntos Constitucionales
Salud y Deporte
1194
17. Proyecto de Ley presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que establece que los proveedores de agua potable en la provincia, deberán publicar trimestralmente un informe sobre la calidad del agua.
Legislación y Asuntos Constitucionales
Obras y Servicios Públicos
Turismo, Ambiente y Desarrollo Sostenible
1195
18. Proyecto de Ley presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que crea el Programa de Internación Infantil Humanizada.
Legislación y Asuntos Constitucionales
Salud y Deporte
Hacienda y Presupuesto
1206
19. Proyecto de Ley presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, el que tiene por objeto la protección de la madre y su hijo recién nacido.
Legislación y Asuntos Constitucionales
Salud y Deporte
1207
20. Proyecto de Ley presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que establece la provisión de agua segura en todos los establecimientos de educación de la provincia.
Legislación y Asuntos Constitucionales
Educación, Cultura, Ciencia y Técnica
Hacienda y Presupuesto
1208
21. Proyecto de Ley presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que incluye en los programas educativos la prevención y concientización sobre el abandono y maltrato animal.
Legislación y Asuntos Constitucionales
Educación, Cultura, Ciencia y Técnica
1017
22. Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés educativo, científico y cultural, la participación de profesionales, docentes, investigadores y alumnos pertenecientes a la Universidad Nacional de San Juan en la Conferencia Anual Internacional de la Asociación Internacional de Investigadores en Comunicación Social (IAMCR/AIECS) 2018 de la Universidad de Oregon, Eugene, Estado Unidos.
Educación, Cultura, Ciencia y Técnica
1018
23. Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés educativo, científico y cultural, la participación de profesionales, docentes, investigadores y alumnos pertenecientes a la Universidad Nacional de San Juan en el XIV Congreso de la Asociación Latinoamericana de Investigadores de la Comunicación (ALAIC): Comunicación en sociedades diversas. Horizontes de inclusión, equidad y democracia en San José de Costa Rica.
Educación, Cultura, Ciencia y Técnica
1140
24. Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés educativo y científico, el XII Congreso Argentino de Estudiantes de Geología.
Educación, Cultura, Ciencia y Técnica
1162
25. Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que declara de interés cultural las actividades del Coro Universitario de la Facultad de Filosofía, Humanidades y Artes, de la Universidad Nacional de San Juan, con motivo de celebrarse su 50.º aniversario.
Educación, Cultura, Ciencia y Técnica
1165
26. Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés científico, cultural y educativo, el VIII Encuentro de Investigadores en Ciencias Sociales de la Región Centro Oeste, y el V Encuentro Binacional con la Región de Coquimbo de la República de Chile.
Sobre Tablas
1187
27. Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés social, cultural y educativo, el Congreso Educativo Nacional: Nuevos escenarios, nuevas alfabetizaciones.
Educación, Cultura, Ciencia y Técnica
1190
28. Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés social, sanitario y educativo, el Taller inclusivo: Diseño de esquinas inteligentes.
Sobre Tablas
1202
29. Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés cultural, educativo, turístico y ambiental, el Encuentro Regional de Estudiantes de Turismo ERET Cuyo 2018.
Sobre Tablas
1205
30. Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Compromiso federal, por el que declara de interés el libro: El regreso de los hijos del sol, de autoría del señor Daniel David Rodríguez.
Educación, Cultura, Ciencia y Técnica
0931
31. Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Justicialista, por el que solicita al Banco San Juan S.A., la instalación de un cajero automático en la localidad villa Mercedes, del departamento Jáchal.
Peticiones y Poderes
1010
32. Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que solicita al Poder Ejecutivo, instrumente la presencia policial aleatoria en las diversas líneas de colectivos, a fin de garantizar la seguridad de los pasajeros.
Justicia y Seguridad
1141
33. Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que solicita al Poder Ejecutivo, arbitre los medios necesarios para la instalación de la red de gas natural en Ullum.
Obras y Servicios Públicos
1196
34. Proyecto de comunicación presentado por el bloque Compromiso con San Juan, por el que solicita al Poder Ejecutivo, implemente una campaña continua de prevención de accidentes de tránsito.
Obras y Servicios Públicos
1209
35. Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que solicita al Poder Ejecutivo, arbitre las medidas necesarias para la instalación de teléfonos fijos en las garitas policiales del departamento Rivadavia.
Justicia y Seguridad
ARTICULO 2.º- Por Secretaría Legislativa cítese a los señores diputados para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1.º del presente.
ARTÍCULO 3.º- Comuníquese y archívese.
FIRMAN:
Marcelo Jorge Lima – Vicegobernador y Presidente Nato de la C. D.
Mario Alberto Herrero – Secretario Legislativo
ASUNTO I
DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE SALUD Y DEPORTE; Y DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA (0106-18)
CÁMARA DE DIPUTADOS:
Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Salud y Deporte; y de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica, han estudiado el Mensaje N.º 0006 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Convenio Marco de Colaboración y Acta Complementaria, celebrado entre el Ministerio de Salud Pública de la Provincia y la Universidad de Congreso; y, por las razones que os dará su miembro informante aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho:
PROYECTO DE LEY
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Convenio Marco de Colaboración y su Acta Complementaria, celebrado entre el Ministerio de Salud Pública y la Universidad de Congreso, el 11 de octubre de 2017; ratificado por Decreto N.º 0101-MSP, del 22 de enero de 2018.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
ASUNTO II
DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y DE HACIENDA Y PRESUPUESTO (0913-18)
CÁMARA DE DIPUTADOS:
Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales y de Hacienda y Presupuesto han estudiado el Mensaje N.º 0030 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que crea el Programa de Incentivos Fiscales a la Inversión Productiva en la Provincia de San Juan; y, por las razones que os dará su miembro informante aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho con modificaciones:
PROYECTO DE LEY
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
ARTÍCULO 1.º- Créase el Programa de Incentivos Fiscales a la Inversión Productiva en la Provincia de San Juan (PROGRAMA), que tendrá por finalidad apoyar la inversión, el empleo y el desarrollo sustentable de la Provincia de San Juan. El beneficio se materializará a través de Certificados de Crédito Fiscal (CERTIFICADOS), que se entregarán a los inversores. El valor nominativo de los CERTIFICADOS, será neto de impuestos provinciales y nacionales del proyecto aprobado (PROYECTO).
ARTÍCULO 2.º- El monto inicial del PROGRAMA creado por la presente ley, será de PESOS UN MIL MILLONES ($ 1.000.000.000,00), en CERTIFICADOS aplicables para cancelación de todos los impuestos provinciales, y tendrán una vigencia de cinco (5) años computados desde la fecha de emisión de los mismos. El incentivo fiscal será de hasta un ochenta por ciento (80%) para aquellos proyectos cuyo monto sea inferior al equivalente en Pesos de UN MILLÓN DE DÓLARES (USD 1.000.000), al momento de la presentación.
Para aquellos proyectos que superen el equivalente en Pesos de UN MILLÓN DE DÓLARES (USD 1.000.000), el incentivo será de hasta un sesenta por ciento (60%).
En ambos casos la diferencia restante deberá ser aportada por la empresa para completar el monto total del PROYECTO.
ARTÍCULO 3.º- El presente PROGRAMA se implementará a través de Concursos Públicos Independientes de Proyectos destinados: a) Inversores radicados en la Provincia; y b) Inversores nuevos que se instalen en la Provincia.
En los mencionados concursos, a fin de garantizar la transparencia en la evaluación de los PROYECTOS, se requerirá asesoramiento especializado, para obtener dictámenes evaluatorios de instituciones independientes, conforme lo establezca la reglamentación respectiva.
ARTÍCULO 4.º- Para la evaluación y aprobación de las propuestas de inversión se constituirá un COMITÉ, que estará integrado por los siguientes miembros: uno (1) por el Ministerio de Producción y Desarrollo Económico; uno (1) por el Ministerio de Hacienda y Finanzas; uno (1) por el Ministerio de Turismo y Cultura; uno (1) por el Ministerio de Minería; uno (1) por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable; uno (1) por la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación; y uno (1) por la Agencia San Juan Desarrollo de Inversiones (ASJDI), conforme lo establezca la reglamentación respectiva.
La ASJDI es la autoridad de aplicación; es la UNIDAD OPERATIVA responsable de la gestión del PROGRAMA y su representante presidirá el COMITÉ.
El COMITÉ, conjuntamente con la Agencia San Juan Desarrollo de Inversiones (ASJDI) redactará un reglamento operativo, donde se establecerán las bases y condiciones de los concursos públicos y la forma de evaluación de las propuestas a través de fórmulas que ponderarán: a) el nivel de inversión total; b) la generación de nuevos puestos de trabajo directos; c) la inversión que utiliza insumos locales; d) la capacidad económica y técnica del proponente; y e) la sustentabilidad técnica, económica y ambiental del proyecto propuesto. Asimismo, se establecerán los cupos máximos del beneficio fiscal a asignar a cada sector económico.
ARTÍCULO 5.º- La ASJDI, como unidad operativa y autoridad de aplicación recibirá las propuestas, asistirá a los potenciales inversores, llevará a cabo una primera evaluación de los PROYECTOS, en base a los dictámenes evaluatorios independientes, y elaborará un informe analítico de cada propuesta para ser elevado al COMITÉ.
El COMITÉ, será el órgano que apruebe y adjudique los beneficios fiscales a los inversores beneficiarios, teniendo en cuenta el informe analítico elaborado por la UNIDAD OPERATIVA.
ARTÍCULO 6.º- Los CERTIFICADOS son de libre disponibilidad y se utilizarán exclusivamente para cancelar obligaciones fiscales provinciales en los porcentajes que establezca la reglamentación. El beneficiario podrá utilizar dichos CERTIFICADOS para compensar sus propias obligaciones fiscales o transferir por única vez, los citados CERTIFICADOS a otros contribuyentes.
El beneficio fiscal establecido en la presente ley, operará bajo la condición de que el inversor como contribuyente no registre deuda exigible por los impuestos, tasas o multas aplicadas por la Dirección General de Rentas de la Provincia de San Juan.
En caso que el beneficiario incumpliese con alguna de las obligaciones contractuales, el COMITÉ emitirá resolución anulando el beneficio fiscal total o parcialmente, automáticamente el beneficiario quedará como deudor de la Provincia por el monto de los CERTIFICADOS utilizados, más sus correspondientes intereses o multas por el tiempo del incumplimiento.
ARTÍCULO 7.º- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley para su implementación y aplicación.
ARTÍCULO 8.º- Autorízase al Poder Ejecutivo, para que a través de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas realice las adecuaciones presupuestarias necesarias, para la implementación del PROGRAMA creado por la presente ley.
ARTÍCULO 9.º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados, a los dos días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.
ASUNTO III
DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACION Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE SALUD Y DEPORTE; Y DE HACIENDA Y PRESUPUESTO (0815-18)
CAMARA DE DIPUTADOS:
Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Salud y Deporte; y de Hacienda y Presupuesto, han estudiado el Mensaje N.º 0026 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que modifica la Ley N.º 1148-Q, Estatuto y Escalafón para el Personal de Sanidad; y, por las razones que os dará su miembro informante aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho:
PROYECTO DE LEY
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase el Artículo 6º de la Ley N.º 1148-Q, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 6º.- Los distintos agrupamientos en que se concentra el personal y sus categorías, constituyen la Carrera del Personal de la Sanidad y son los siguientes:
a) Agrupamiento Personal Técnico: Incluye al personal con título habilitante en tecnicaturas o carreras de pregrado de menos de 3 (tres) años, sea universitario, de institutos terciarios no universitarios o instituciones que sean reconocidas por el Ministerio de Salud Pública de la Provincia, inscriptos en la Oficina de Registros Profesionales del Ministerio de Salud Pública, y que cumple funciones de Jefatura, Encargados, Jefes de Unidad de Auxiliares de Enfermería o funciones operativas Auxiliares de Enfermería, Ayudantes de Enfermería, Inspectores Sanitarios, Agentes Sanitarios, jefes de estadísticas y técnicos de distintas especialidades que desarrollan actividades en los diferentes servicios de los Centros Asistenciales, Centros de Salud o Unidades Asistenciales, dependientes del Ministerio de Salud Pública, correspondiéndoles las categorías 5 a 10, ambas inclusive.
También se incluye en este agrupamiento al personal que cumple funciones de auxiliares de enfermería, ayudantes de enfermería o agentes sanitarios con certificado habilitante expedido por el Ministerio de Salud Pública o por instituciones reconocidas por la autoridad de aplicación e inscriptos en la Oficina de Registros Profesionales del Ministerio de Salud Pública correspondiéndoles las categorías 5 a 10, ambas inclusive.
b) Agrupamiento Personal Administrativo Sanitario: incluye al personal que desempeña funciones administrativas, contables, de tesorerías, presupuestarias, de personal, de liquidación de haberes, costos, despacho, suministros, prensa y desarrollos informáticos, ejerciendo tareas de dirección, ejecución, fiscalización o auditorías internas, de asesoramiento, administrativas principales, complementarias, auxiliares o elementales en el ámbito del Ministerio de Salud Pública, correspondiéndoles las categorías 5 a 10, inclusive.
c) Agrupamiento Personal Mantenimiento y Producción: incluye al personal que realiza tareas de producción de bienes, imprenta, construcción, reparación o conservación de muebles, maquinarias, equipos de electromedicina, edificios, instalaciones, herramientas, útiles, automotores y toda otra clase de bienes en general en el ámbito del Ministerio de Salud Pública, correspondiéndoles las categorías 5 a 10, inclusive.
d) Agrupamiento Personal Servicios Generales: incluye al personal que realiza tareas vinculadas con la atención personal a otros agentes o al público, camilleros, chóferes, vigilancia, limpieza, mucamas, conservación de parques y jardines, lavado y planchado de ropa, costura, ropería, atención telefónica y los que cumplen funciones de porteros y serenos, en el ámbito de Salud Pública, correspondiéndoles las categorías 5 a 10, ambas inclusive.
e) Agrupamiento Profesional Carrera Administrativa: se incluye a profesionales universitarios con títulos de grado (mínimo de 4 años), que ejercen la función de Director Administrativo.
Sólo se podrá acceder al cargo de Director Administrativo a través de un concurso conforme lo reglado en el Capítulo XI de la presente ley.
El personal comprendido en los Agrupamientos Administrativo Sanitario, Mantenimiento y Producción y de Servicios Generales que adquieran la condición de profesional en carreras de grado universitario (mínimo 4 años) y pregrado universitario (mínimo 3 años), que desempeñen funciones propias a su profesión en el ámbito de Salud Pública, ingresarán a la Carrera según el siguiente detalle:
En Agrupamiento Administrativo Sanitario - Jefe de Unidad Administrativa Sanitaria con Categoría siete – treinta y seis horas 7-36 hs. (b), en Pregrado y Jefe Unidad Administrativa con categoría diez- treinta y seis horas 10-36 hs. (b) en Grado.
Agrupamiento Mantenimiento y Producción, Jefe Unidad Mantenimiento con categoría siete- treinta y seis horas 7-36 hs. (c) en Pregrado y Jefe Unidad Mantenimiento con categoría diez- treinta y seis horas 10-36 hs. (c) en Grado.
Agrupamiento Servicios Generales, Jefe de Unidad Servicios Generales con categoría siete- treinta y seis horas 7-36 hs (d) en Pregrado y Jefe de Unidad Servicios Generales con categoría diez- treinta y seis horas 10-36 hs (d) en Grado.
Las categorías que corresponden a cada cargo según el agrupamiento serán las siguientes:
AGRUPAMIENTO TÉCNICO |
|||
Cargo |
Categoría |
Horas |
|
Jefe Departamento Auxiliar de Enfermería y Estadística |
10 |
36 |
|
Encargado Auxiliar de Enfermería y Estadística |
10 |
36 |
|
Cargo |
Categoría |
Antigüedad |
Horas |
Supervisor Técnico Auxiliar de Enfermería, Estadística e Inspector Sanitario |
7 |
0 a 2 |
36 |
8 |
2 a 5 |
36 |
|
9 |
5 a 10 |
36 |
|
10 |
10 o más |
36 |
|
Jefe Unidad Auxiliares de Enfermería, Estadística e Inspector Sanitario |
7 |
0 a 2 |
36 |
8 |
2 a 4 |
36 |
|
9 |
4 a 6 |
36 |
|
10 |
6 o más |
36 |
|
Auxiliares Técnicos de la Medicina |
9 |
0 a 2 |
36 |
10 |
2 o más |
36 |
|
Auxiliar de Enfermería y Servicios Técnicos |
7 |
0 a 2 |
36 |
8 |
2 o más |
36 |
|
Ayudante de Enfermería, Ayudante de Servicios Técnicos Y Mucamas |
5 |
0 a 2 |
36 |
6 |
2 o más |
36 |
AGRUPAMIENTO ADMINISTRATIVO |
|||
Cargo |
Categoría |
Horas |
|
Jefe Dpto. Adm. Sanit. |
10 |
36 |
|
Subjefe de Dpto. Adm. Sanit. |
10 |
36 |
|
Encargado Administrativo |
10 |
36 |
|
Cargo |
Categoría |
Antigüedad |
Horas |
Supervisor Administrativo Sanitario |
7 |
0 a 2 |
36 |
8 |
2 a 5 |
36 |
|
9 |
5 a 10 |
36 |
|
10 |
10 o más |
36 |
|
Jefe Unidad Administrativo |
7 |
0 a 2 |
36 |
8 |
2 a 4 |
36 |
|
9 |
4 a 6 |
36 |
|
10 |
6 o más |
36 |
|
Técnico Administrativo Sanitario |
8 |
0 a 2 |
36 |
9 |
2 a 4 |
36 |
|
10 |
4 o más |
36 |
|
Auxiliar Técnico Administrativo Sanitario |
5 |
0 a 2 |
36 |
6 |
2 a 4 |
36 |
|
7 |
4 o más |
36 |
AGRUPAMIENTO MANTENIMIENTO Y PRODUCCIÓN |
|||
Cargo |
Categoría |
Horas |
|
Jefe de Dpto. Mantenimiento |
10 |
36 |
|
Supervisor de Mantenimiento |
10 |
36 |
|
Jefe de División Mantenimiento |
10 |
36 |
|
Jefe de Sección Mantenimiento |
10 |
36 |
|
Cargo |
Categoría |
Antigüedad |
Horas |
Jefe de Unidad Mantenimiento |
7 |
0 a 2 |
36 |
8 |
2 a 4 |
36 |
|
9 |
4 a 6 |
36 |
|
10 |
6 o más |
36 |
|
Oficial de Mantenimiento y Producción de Oficios Especiales |
9 |
0 a 1 |
36 |
10 |
1 o más |
36 |
|
Oficial de Mantenimiento y Producción de Oficios Generales |
7 |
0 a 1 |
36 |
8 |
1 o más |
36 |
|
Medio Oficial de Mantenimiento |
5 |
0 a 1 |
36 |
6 |
1 o mas |
36 |
AGRUPAMIENTO SERVICIOS GENERALES |
|||
Cargo |
Categoría |
Horas |
|
Jefe de Dpto. Servicios Generales |
10 |
36 |
|
Supervisor de Servicios Generales
|
10 |
36 |
|
8 |
36 |
||
Jefe de División Servicios Generales
|
10 |
36 |
|
8 |
36 |
||
Jefe de Sección Servicios Generales
|
10 |
36 |
|
8 |
36 |
||
Cargo |
Categoría |
Antigüedad |
Horas |
Jefe de Unidad Servicios Generales |
7 |
0 a 2 |
36 |
8 |
2 a 4 |
36 |
|
9 |
4 a 6 |
36 |
|
10 |
6 o más |
36 |
|
Oficial de de Servicios Generales |
8 |
0 a 2 |
36 |
9 |
2 a 4 |
36 |
|
10 |
4 o más |
36 |
|
Operario de Servicios Generales |
5 |
0 a 1 |
36 |
6 |
1 a 2 |
36 |
|
7 |
2 o más |
36 |
AGRUPAMIENTO PROFESIONAL CARRERA ADMINISTRATIVA |
||
Cargo |
Categoría |
Horas |
Director/a Administrativo/a |
10 |
36 |
ARTÍCULO 2º.- Sustitúyase el Anexo I de la Ley N.º 1148-Q, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ANEXO I
ADICIONAL POR ACTIVIDAD CRÍTICA ASISTENCIAL
AGRUPAMIENTO TÉCNICO |
|||
CARGO |
CATEGORÍA |
% |
|
Jefe Departamento Auxiliar de Enfermería y Estadística |
10 |
46 |
|
Encargado Auxiliar de Enfermería y Estadística |
10 |
47 |
|
CARGO |
Categoría |
Antigüedad |
% |
Supervisor Técnico Auxiliar de Enfermería, Estadística e Inspector Sanitario |
7 |
0 a 2 |
47 |
8 |
2 a 5 |
47 |
|
9 |
5 a 10 |
47 |
|
10 |
10 o más |
47 |
|
Jefe Unidad Auxiliares de Enfermería, Estadística e Inspector Sanitario |
7 |
0 a 2 |
47 |
8 |
2 a 4 |
47 |
|
9 |
4 a 6 |
47 |
|
10 |
6 o más |
47 |
|
Auxiliares Técnicos de la medicina |
9 |
0 a 2 |
55 |
10 |
2 o más |
55 |
|
Auxiliar de Enfermería y Servicios Técnicos |
7 |
0 a 2 |
55 |
8 |
2 o más |
55 |
|
Ayudante de Enfermería, Ayudante de Servicios Técnicos y Mucamas |
5 |
0 a 2 |
55 |
6 |
2 o más |
55 |
AGRUPAMIENTO ADMINISTRATIVO |
|||
CARGO |
CATEGORÍA |
% |
|
Jefe Dpto. Adm. Sanit. |
10 |
46 |
|
Subjefe de Dpto. Adm. Sanit. |
10 |
46 |
|
Encargado Administrativo |
10 |
47 |
|
CARGO |
Categoría |
Antigüedad |
% |
Supervisor Administrativo Sanitario |
7 |
0 a 2 |
47 |
8 |
2 a 5 |
47 |
|
9 |
5 a 10 |
47 |
|
10 |
10 o más |
47 |
|
Jefe de Unidad Administrativo |
7 |
0 a 2 |
47 |
8 |
2 a 4 |
47 |
|
9 |
4 a 6 |
47 |
|
10 |
6 o más |
47 |
|
Técnico Administrativo Sanitario |
8 |
0 a 2 |
55 |
9 |
2 a 4 |
55 |
|
10 |
4 o más |
55 |
|
Auxiliar Técnico Administrativo Sanitario |
5 |
0 a 2 |
55 |
6 |
2 a 4 |
55 |
|
7 |
4 o más |
55 |
AGRUPAMIENTO MANTENIMIENTO Y PRODUCCION |
|||
Cargo |
Categoría |
% |
|
Jefe de Dpto. Mantenimiento |
10 |
47 |
|
Supervisor de Mantenimiento |
10 |
47 |
|
Jefe de División Mantenimiento |
10 |
47 |
|
Jefe de Sección Mantenimiento |
10 |
47 |
|
Cargo |
Categoría |
Antigüedad |
% |
Jefe de Unidad Mantenimiento |
7 |
0 a 2 |
47 |
8 |
2 a 4 |
47 |
|
9 |
4 a 6 |
47 |
|
10 |
6 o más |
47 |
|
Oficial de Mantenimiento y Producción de Oficios Especiales |
9 |
0 a 1 |
55 |
10 |
1 o más |
55 |
|
Oficial de Mantenimiento y Producción de Oficios Generales |
7 |
0 a 1 |
55 |
8 |
1 o más |
55 |
|
Medio Oficial de Mantenimiento |
5 |
0 a 1 |
55 |
6 |
1 o más |
55 |
AGRUPAMIENTO SERVICIOS GENERALES |
|||
Cargo |
Categoría |
% |
|
Jefe de Dpto. Servicios Generales |
10 |
47 |
|
Supervisor de Servicios Generales |
10 |
47 |
|
|
8 |
47 |
|
Jefe de División Servicios Generales |
10 |
47 |
|
|
8 |
47 |
|
Jefe de Sección Servicios Generales |
10 |
47 |
|
|
8 |
47 |
|
Cargo |
Categoría |
Antigüedad |
% |
Jefe de Unidad Servicios Generales |
7 |
0 a 2 |
47 |
8 |
2 a 4 |
47 |
|
9 |
4 a 6 |
47 |
|
10 |
6 o más |
47 |
|
Oficial de Servicios Generales |
8 |
0 a 2 |
55 |
9 |
2 a 4 |
54 |
|
10 |
4 o más |
54 |
|
Operario de Servicios Generales |
5 |
0 a 1 |
55 |
6 |
1 a 2 |
55 |
|
7 |
2 o más |
55 |
AGRUPAMIENTO PROFESIONAL CARRERA ADMINISTRATIVA |
||
CARGO |
CATEGORIA |
% |
Director/a Administrativo/a |
10 |
46 |
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
ASUNTO IV
DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACION Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; Y DE ECONOMÍA Y DEFENSA AL CONSUMIDOR (0707-18)
CÁMARA DE DIPUTADOS:
Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Economía y Defensa al Consumidor, han estudiado el Mensaje N.º 0022 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Convenio Marco de Colaboración, celebrado entre los ministerios de Hacienda y Finanzas; de la Producción y Desarrollo Económico; la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación; y la Agencia Calidad San Juan SEM; y, por las razones que os dará su miembro informante aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho:
PROYECTO DE LEY
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Convenio Marco de Colaboración, celebrado el 4 de septiembre de 2017, entre el Ministerio de Hacienda y Finanzas; el Ministerio de Producción y Desarrollo Económico; la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación; y la Agencia Calidad San Juan S.E.M., cuyo objeto consiste en establecer canales de comunicación y colaboración a fin de crear herramientas de fomento de la competitividad en sectores productivos en el ámbito de la Provincia de San Juan, ratificado por Decreto 00510-SECITI, del 20 de marzo de 2018.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
ASUNTO V
DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; Y DE JUSTICIA Y SEGURIDAD (2138-17)
CÁMARA DE DIPUTADOS:
Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Justicia y Seguridad, han estudiado el Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que establece la inclusión de la leyenda La violencia de género es un delito, denúncielo en las boletas emitidas por las empresas prestadoras de servicios; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja prestéis sanción favorable al siguiente despacho:
PROYECTO DE LEY
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
ARTÍCULO 1º.- Establece la obligatoriedad de incluir de manera legible y destacada, en todas las boletas que fueran emitidas por las empresas provinciales prestadoras de servicios de energía eléctrica y agua potable, la leyenda "La violencia de género es un delito, denúncielo”.
ARTÍCULO 2º.- Conjuntamente a la leyenda mencionada en el Artículo 1º de la presente, se deberán consignar los siguientes números de líneas gratuitas: para denunciar violencia de género 0800-666-6351 y 144; 102 para atender el maltrato infantil y violencia familiar; y el 911 para emergencias, o los que en el futuro los reemplacen.
ARTÍCULO 3º.- El Poder Ejecutivo determinará la autoridad de aplicación.
ARTÍCULO 4º.- Invítese a los Municipios de la Provincia a adoptar similar medida en sus respectivas jurisdicciones en los comprobantes de las tasas municipales.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
ASUNTO VI
DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE ECONOMÍA Y DEFENSA AL CONSUMIDOR; Y DE JUSTICIA Y SEGURIDAD (0631-17)
CÁMARA DE DIPUTADOS:
Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Economía y Defensa al Consumidor; y de Justicia y Seguridad, han estudiado el Proyecto de Ley presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que modifica la Ley N.º 687-P, mediante la que establece el acceso gratuito al agua potable en establecimientos nocturnos; y, por las razones que os dará su miembro informante aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho:
PROYECTO DE LEY
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
ARTÍCULO 1º.- Incorpórase como Artículo 3º de la Ley N.º 687-P, el siguiente texto:
“ARTÍCULO 3º.- Acceso Gratuito al Agua Potable: Quedan obligados todos los establecimientos afectados por esta ley, a poner a disposición de los clientes agua potable para consumo personal de forma gratuita, sin límite y sin necesidad que medie solicitud alguna. El servicio deberá ser brindado a través de dispensers, bebederos u otros medios que el propietario, administrador o quien explote el establecimiento crea conveniente, colocados estratégicamente para garantizar el acceso a este servicio a todo el público que haya ingresado. Debe garantizar un mínimo de dos bocas de expendio en aquellos establecimientos con capacidad de hasta 300 personas. Cuando la capacidad sea mayor se incorporará una boca más por cada 200 personas.”
ARTICULO 2º.- Incorpórase al Artículo 30 de la Ley Nº687-P el inciso “o” que quedara redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 30.-
Inciso. o) Incumplir con la colocación de bocas de expendio de agua potable, para el acceso gratuito de las personas que ingresen al establecimiento.”
ARTICULO 3º.- Renumérense los Artículos de la Ley N.º 687-P, como consecuencia de la incorporación del Artículo 3.º.
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
ASUNTO VII
DESPACHO DE LA COMISIÓN DE JUSTICIA Y SEGURIDAD (0895-18)
CÁMARA DE DIPUTADOS:
Vuestra Comisión de Justicia y Seguridad ha estudiado la nota del Consejo de la Magistratura, mediante la cual envía la terna para cubrir el cargo vacante de Ministro de la Corte de Justicia de la Provincia. A continuación se enuncian las postulantes que la integran:
- Dra. MALDONADO DE ÁLVAREZ, Celia Leonor.
- Dra. GARCÍA NIETO, Adriana Verónica
- Dra. TETTAMANTI, Adriana Verónica
Y, manifiesta que habiendo sido entrevistadas, la terna está en condiciones de ser tratada en la próxima sesión, por este Cuerpo.
Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados, a los tres días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.
ASUNTO VIII
DESPACHO DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA (0875-18)
CÁMARA DE DIPUTADOS:
Vuestra Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica ha estudiado el Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés social y cultural, la obra teatral Prohibidas; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja prestéis sanción favorable al siguiente despacho:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
R E S U E L V E :
ARTÌCULO 1º.- Declarar de Interés Social y Cultural, la Obra Teatral Prohibidas, bajo la dirección de Carolina Castro y Beto Espinosa, a desarrollarse el día 21 de Mayo, en el Salón de Expresión Cultural, ubicado en el departamento Chimbas.
ARTICULO 2º.- Comuníquese, insértese en el libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.
-------000-------
Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados, a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil dieciocho.
ASUNTO IX
DESPACHO DE LA COMISIÓN DE PETICIONES Y PODERES (0908-18)
CÁMARA DE DIPUTADOS:
Vuestra Comisión de Peticiones y Poderes, ha estudiado el Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés deportivo, cultural, educativo y recreativo, a la Clínica Deportiva y Torneo Escuela de Tenis de Mesa Adaptado (ping pong); y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- Declarar de interés deportivo, cultural, educativo y recreativo a la Clínica Deportiva y Torneo Escuela de Tenis de Mesa Adaptado (ping pong) para personas con capacidades especiales; organizado de manera conjunta por la Federación Argentina de Tenis de Mesa Adaptado “FATEMA”; Escuela de Educación Especial Múltiple Ara General Belgrano del departamento San Martín; Club Sporting Estrella; el Profesor Santiago Diamantino y el atleta paralímpico de la Selección Argentina Daniel Rodríquez; que se realizará los días 16, 17, 18 y 19 de mayo, en el Departamento San Martín, San Juan.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, insértese en el Libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.
-----0000----
Dado en Sala de Comisiones de Cámara de Diputados, a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil dieciocho.
ASUNTO X
DESPACHO DE LA COMISIÓN DE PETICIONES Y PODERES (0874-18)
CÁMARA DE DIPUTADOS:
Vuestra Comisión de Peticiones y Poderes ha estudiado el Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que declara de interés social y educativo la XVI Jornada Provincial de Jóvenes Profesionales de Ciencias Económicas; y, por las razones que os dará su miembro informante aconseja prestéis sanción favorable al siguiente despacho:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- Declarar de interés social y educativo, la XVI Jornada Provincial de Jóvenes Profesionales de Ciencias Económicas, a realizarse los días 11 y 12 de mayo de 2018, en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de San Juan.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, insértese en el Libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.
-------000-------
Dado en Sala de Comisiones de Cámara de Diputados, a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil dieciocho.