San Juan, 30 de mayo de 2017.

DECRETO N.º 0430-P

 

VISTO:

                                   Los distintos asuntos ingresados a la Cámara de Diputados para su tratamiento; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Lo dispuesto por el Artículo 23, Incisos 2), 6) y 9) del Reglamento Interno de la misma;

 

POR ELLO:

EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN Y

 

PRESIDENTE NATO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

 

D E C R E T A :

 

 

ARTÍCULO 1.º- Convocar a la Cámara de Diputados a celebrar la CUARTA SESIÓN ORDINARIA, para el día jueves 1 de junio de 2017, a las 09:00 horas, con el objeto de tratar el siguiente Orden del Día:

ASUNTOS ENTRADOS

 

Comunicaciones Oficiales

 

1431

1.         Mensaje N.º 0050 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que deroga la Ley N.º 1161-H, y aprueba el Convenio de Cooperación suscripto entre la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Provincia y la Comisión para el Intercambio Educativo entre los Estados Unidos de América y la República Argentina (Comisión Fulbright).

 

            Legislación y Asuntos Constitucionales

            Educación, Cultura, Ciencia y Técnica

1484

2.         Mensaje N.º 0051 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que faculta al Poder Ejecutivo a suscribir un nuevo convenio de vinculación con el Banco de San Juan S.A.

 

            Legislación y Asuntos Constitucionales

            Hacienda y Presupuesto

1350

3.         Nota del Consejo de la Magistratura, mediante la que remite ternas para cubrir: cuatro cargos de Juez de Primera Instancia; cuatro cargos de Fiscal de Primera Instancia-Agente Fiscal; y cuatro cargos de Defensor de Pobres y Ausentes.

 

            Justicia y Seguridad

1314

4.         Nota de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Agroindustria, del Ministerio de Producción y Desarrollo Económico, por el que solicita se declare de interés el IV Encuentro Argentino del Tomate.

 

            A conocimiento

 

 

Comunicaciones Particulares

 

1226

5.         Nota del señor concejal Dr. Gabriel A. D´Amico, mediante la que informa de un proyecto presentado, referido al funcionamiento de la fuente situada dentro de la rotonda ubicada en la intersección de avenida Libertador Gral. San Martín y Las Heras.

 

            A conocimiento

1343

6.         Nota del Director del Instituto de Derecho del Consumidor y Usuario, del Foro de Abogados de San Juan, por la que solicita se declare de interés de la Jornada Nacional sobre el Código Civil y Comercial y la Ley de Seguros.

 

            A conocimiento

 

 

1384

7.         Nota de la Asociación para la Recuperación e Inclusión de la Persona con Discapacidad (ARID), por la que solicita se declare de interés la presentación del Programa Empleo con Apoyo (ECA), para personas con discapacidad de ARID.

 

            A conocimiento

1442

8.         Nota de la Escuela Técnica de Capacitación Laboral Remedios Escalada de San Martín, mediante la que eleva anteproyecto de ley, que declara el día 27 de junio de cada año, como Día Provincial de la Tejedora y el Tejido Solidario.

 

            A conocimiento

 

DESPACHOS DE COMISIÓN

 

 

ASUNTO I

3916

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Familia y Desarrollo Humano; y de Turismo, Ambiente y Desarrollo Sostenible, en el Mensaje N.º 0112 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el convenio de cooperación, celebrado entre el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de la Nación y la Provincia de San Juan, relacionada a la Agenda 2030, deerradicación de la pobreza y desarrollo sostenible, aprobada por Asamblea General de las  Naciones Unidas.

 

 

ASUNTO II

1205

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Hacienda y Presupuesto, en el Mensaje N.º 0047 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el acuerdo de financiamiento y colaboración, celebrado entre el Estado Nacional, la Administración Federal de Ingresos Públicos y la Provincia.

 

 

ASUNTO III

0370

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Turismo, Ambiente y Desarrollo Sostenible; y de Obras y Servicios Públicos, en el Mensaje N.º 0017 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Convenio Ampliatorio de Participación en el Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales (PERMER), celebrado entre la Nación y la Provincia.

 

ASUNTO IV

1036

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Obras y Servicios Públicos; y de Hacienda y Presupuesto, en el Mensaje N.º 0044 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el convenio de cooperación y financiación para la provisión de materiales de la obra: Acueducto San Juan, celebrado entre la Nación y la Provincia.

 

 

ASUNTO V

1231

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Hacienda y Presupuesto; y de Obras y Servicios Públicos, en el Mensaje N.º  0048 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Convenio Específico “Programa de Construcción de Viviendas Sociales”, celebrado entre la Dirección Provincial de Lote Hogar y la Municipalidad de San Martín, para la construcción de viviendas sociales en la localidad de la Puntilla.

 

 

ASUNTO VI

0347

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Turismo, Ambiente y Desarrollo Sostenible; y de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica, en el Mensaje N.º 0015 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que declara Bien Integrante del Patrimonio Cultural y Natural de la Provincia de San Juan; Sitio Histórico; y Lugar Natural, las Cuevas y Aleros de los Morrillos y Río Fiero.

 

 

 

 

ASUNTO VII

1204

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Hacienda y Presupuesto; y de Justicia y Seguridad, en el Mensaje N.º 0046 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que modifica el Artículo 29, Inciso 20 de la Ley Tributara Anual, N.º 1543-I.

 

 

ASUNTO VIII

0346

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Hacienda y Presupuesto; y de Economía y Defensa al Consumidor, en el Mensaje N.º 0014 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba la Adenda N.º 01/2016, al Convenio N.º 23/2012, de Préstamo Subsidiario/Anexo Subproyecto Electrificación Rural para el departamento 25 de Mayo, celebrado entre la Nación y la Provincia.

 

 

ASUNTO IX

3168

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Minería; y de Sistema Municipal, en el Proyecto de Ley presentado por el Bloque Bloquista, por el que modifica la Ley N.º 1101-A, integrando a los municipios con actividades mineras, en la supervisión medioambiental.

 

 

ASUNTO X

3295

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Economía y Defensa al Consumidor; y de Minería, en el Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que crea el Programa Provincial de Promoción y Regularización de la Actividad Ladrillera Sanjuanina.

 

 

ASUNTO XI

1054

Despacho de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica, Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés educativo, cultural y social, las “Jornadas a 200 años de la emancipación sudamericana: Nuevos enfoques sobre San Martín y el cruce de los Andes”.

 

 

ASUNTO XII

1073

Despacho de la Comisión de Peticiones y Poderes, en el Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Compromiso Federal, por el que declara de interés cultural y social, el Encuentro Nacional de Voluntarios Cruz Roja Argentina - Filial San Juan.

 

 

ASUNTO XIII

0975

Despacho de la Comisión de Peticiones y Poderes, en el Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Justicialista, por el que solicita al Poder Ejecutivo, la compra de aparatos de alcoholemia para ser provistos en comisarías del departamento San Martín.

 

 

Proyectos presentados

 

1202

1.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que adhiere a la Ley Nacional N.º 26835, de promoción y capacitación en técnicas de Reanimación Cardiopulmonar (RCP) Básicas.

 

Legislación y Asuntos Constitucionales

Salud y Deporte

Hacienda y Presupuesto

1227

2.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, incorpora el Artículo 108 bis, sobre prevención y sanción del acoso sexual en espacios públicos o privados de acceso público, a la Ley N.º 941-R, Código de Faltas de la Provincia.

 

            Legislación y Asuntos Constitucionales

            Justicia y Seguridad

 

 

1280

3.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que modifica el Código Procesal Penal de la Provincia, Ley N.º 754-O.

 

            Legislación y Asuntos Constitucionales

            Justicia y Seguridad

1341

4.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Dignidad Ciudadana, por el que adhiere a la Ley Nacional N.º 27351, que otorga beneficios a usuarios electrodependientes.

 

            Legislación y Asuntos Constitucionales

            Salud y Deporte

1355

5.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que crea un régimen tarifario especial para personas electrodependientes por cuestiones de salud.

 

            A sus antecedentes

1444

6.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que crea la Defensoría del Policía.

 

            Legislación y Asuntos Constitucionales

            Justicia y Seguridad

            Hacienda y Presupuesto

1445

7.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que adhiere a la Ley Nacional N.º 25746, Registro Nacional de Información de Personas Menores Extraviadas; y crea el registro provincial.

 

            Legislación y Asuntos Constitucionales

            Justicia y Seguridad

1446

8.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que establece la obligación para todos los establecimientos gastronómicos, de exhibir carteles explicativos sobre la Maniobra de Heimlich.

 

            Legislación y Asuntos Constitucionales

            Salud y Deporte

1447

9.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que crea la Oficina de Defensa del Inquilino (ODI).

 

            Legislación y Asuntos Constitucionales

            Economía y Defensa al Consumidor

            Hacienda y Presupuesto

1474

10.       Proyecto de Ley presentado por el Bloque Frente Renovador Somos San Juan, por el que crea el Programa de Fomento y Promoción de Mercados Regionales de la Provincia de San Juan.

 

            Legislación y Asuntos Constitucionales

            Economía y Defensa al Consumidor

            Hacienda y Presupuesto

1483

11.       Proyecto de Ley presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que modifica la Ley N.º 560-E, Ética Pública.

 

            Legislación y Asuntos Constitucionales

            Justicia y Seguridad

1486

12.       Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que instituye con carácter de competencia anual, los Juegos Intercolegiales Sanjuaninos.

 

            Legislación y Asuntos Constitucionales

            Salud y Deporte

1201

13.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés educativo, cultural y social, las “Jornadas a 200 años de la Emancipación Sudamericana: nuevos enfoques sobre San Martín y el cruce de los Andes. 1817-2017”.

 

            Educación, Cultura, Ciencia y Técnica

1243

14.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés deportivo, educativo y turístico, el Torneo Nacional de Clubes-categoría menores “C”, organizado por la Federación Sanjuanina de Balonmano.

 

            Salud y Deporte

1352

15.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que declara de interés social, cultural y educativo, las actividades a realizarse en el marco de la charla temática en pos de la lucha por el Día Mundial sin Tabaco.

 

            Sobre tablas

1377

16.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés social, cultural y educativo, el trabajo de investigación: “Una perspectiva historiográfica de la mujer en las comunidades y puestos del departamento 25 de Mayo”.

 

            Educación, Cultura, Ciencia y Técnica

1392

17.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés educativo y cultural, el “Ciclo de Jornadas Taller Ruth Harf”, bajo el lema “Liderazgo: el rol directivo y supervisor en el siglo XXI”.

 

            Sobre tablas

1393

18.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés científico y cultural, la participación en el X Congreso Internacional de la Unión Latina de Economía Política de la Información, la Comunicación y la Cultura (ULEPICC-2017); el VIII Encuentro Panamericano de Ciencias de la Comunicación (PANAM-2017); y Congreso de la Asociación Internacional de Estudios en Comunicación Social (AIECS), a realizarse en Ecuador y Colombia.

 

            Educación, Cultura, Ciencia y Técnica

1394

19.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés deportivo y turístico, el XXXIV Campeonato Nacional por Equipos de Clubes de Tenistas Veteranas”.

 

            Salud y Deporte

1476

20.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Frente Renovador Somos San Juan, por el que declara de interés educativo, cultural y social, el Proyecto “Efecto Pigmalión, formando niños resilientes”.

 

            Educación, Cultura, Ciencia y Técnica

1485

21.       Proyecto de Resolución presentado por varios bloques, por el que declara de interés científico y cultural, el Seminario: “Ciudadanía, Arte y Derecho”.

 

            Sobre Tablas

1234

22.       Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que solicita al Poder Ejecutivo, repare la Ruta 511 y consolide las rutas de acceso a las localidades de Baldes de Astica, Baldes de Chucuma y Baldes de Funes, del departamento Valle Fértil.

 

            Obras y Servicios Públicos

1293

23.       Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Justicialista, por el que solicita a la Dirección Nacional de Vialidad, realice salidas de emergencia para frenado e instalación de cartelería de señalización, en el sector denominado Quebrada de las burras de la Ruta Nacional N.º 149

 

            Obras y Servicios Públicos

1469

24.       Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque ACTUAR, por el que solicita al Poder Ejecutivo, informe sobre el estado de conservación y salud de los animales de la Reserva San Guillermo.

 

            Turismo, Ambiente y Desarrollo Sostenible

  1462

25.       Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que solicita al Poder Ejecutivo, realice las obras necesarias que resuelvan los problemas de conectividad que padece el departamento Valle Fértil.

 

            Obras y Servicios Públicos

1463

26.       Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que solicita al Poder Ejecutivo, gestione ante el Poder Ejecutivo Nacional, la modificación del Decreto Nacional N.º 887/94, para que incluya al departamento Valle Fértil como zona o área de frontera.

 

            Educación, Cultura, Ciencia y Técnica

1464

27.       Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que solicita al Poder Ejecutivo, informe detallado en relación a las designaciones efectuadas por el Ministerio de Salud Pública, a raíz de las leyes 1471-Q y 1472-Q.

 

            Salud y Deporte

 

 

ARTICULO 2.º- Por Secretaría Legislativa cítese a los señores diputados para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1.º del presente.

 

 

ARTÍCULO 3.º- Comuníquese y  archívese.

 

  

FIRMAN:

                         Marcelo Jorge Lima – Vicegobernador  y Presidente Nato de la C. D.

                         Mario Alberto Herrero – Secretario Legislativo

 

ASUNTO I

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE FAMILIA Y DESARROLLO HUMANO; Y DE TURISMO, AMBENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE (3916-16)

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Familia y Desarrollo Humano; y de Turismo, Ambiente y Desarrollo Sostenible, han estudiado el Mensaje N.º 0112 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Convenio De Cooperación, celebrado entre el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de la Nación y la Provincia de San Juan, relacionada a la Agenda 2030, deerradicación de la pobreza y desarrollo sostenible, aprobada por Asamblea General de las  Naciones Unidas; y, por las razones que os dará su miembro informante aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE EL CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN Y EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN,  celebrado con fecha 27 de julio de 2016, entre el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN; ratificado por Decreto Nº 1902-MHF, de fecha 6 de diciembre de 2016.

 

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO II

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACION Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; Y DE HACIENDA Y PRESUPUESTO (1205-17)

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Hacienda y Presupuesto, han estudiado el  Mensaje Nº 0047 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Acuerdo de Financiamiento y Colaboración, celebrado entre el Estado Nacional, la Administración Federal de Ingresos Públicos y la Provincia de San Juan; y, por las razones que os dará su miembro informante aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el ACUERDO DE FINANCIAMIENTO Y COLABORACIÓN, celebrado con fecha 30 de marzo de 2017, entre el ESTADO NACIONAL, la Administración Federal de Ingresos Públicos, organismo autárquico en el ámbito del Ministerio de Hacienda, por una parte, y por la otra parte la PROVINCIA DE SAN JUAN, ratificado por Decreto 0572 – MHF de fecha 05 de mayo del 2017.

 

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO III

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE TURISMO, AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE; Y DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS (0370-17)

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Turismo, Ambiente y Desarrollo Sostenible; y de Obras y Servicios Públicos, han estudiado el  Mensaje N.º 0017 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Convenio Ampliatorio de Participación en el Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales (PERMER), celebrado entre la Nación y la Provincia; y, por las razones que os dará su miembro informante aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:

 

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.- Apruébase en todas sus partes el CONVENIO AMPLIATORIO DE PARTICIPACIÓN EN EL PROYECTO DE ENERGÍAS RENOVABLES EN MERCADOS RURALES (PERMER), celebrado en  fecha 29 de septiembre de 2016,  entre el Gobierno de la Provincia de San Juan; y el Estado Nacional, a través del Ministerio de Energía y Minería; ratificado por Decreto Nº 0273-MPeI, de fecha 2 de marzo de 2017.

 

ARTÍCULO 2 º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO IV

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACION Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE ORAS Y SERVICIOS PÚBLICOS; Y DE HACENDA Y PRESUPUESTO (1036-17)

CÁMARA DE DIPUTADOS.

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Obras y Servicios Públicos; y de Hacienda y Presupuesto, han estudiado el  Mensaje Nº 0044 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba Convenio celebrado entre la Subsecretaria de Recursos Hídricos dependiente de la Secretaria de Obras Públicas del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda y la Provincia de San Juan y, por las razones que os dará su miembro informante aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho:

.

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio de Cooperación y Financiación para la Provisión de Materiales de la obra “ACUEDUCTO SAN JUAN”, celebrado entre la Subsecretaria de Recursos Hídricos dependiente de la Secretaria de Obras Públicas del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda y la Provincia de San Juan, a los 02 días del mes de Marzo de 2017, cuyo objeto es dar asistencia financiera, por parte de LA SUBSECRETARIA a la PROVINCIA , de una parte del monto requerido para LA CONTRATACION  y posterior ejecución de LA OBRA; ratificado por Decreto Nº 0537-MIySP, de fecha 24 de abril de 2017.

 

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO V

DESPACHO DE LA COMISIÓN DE LEGISLACION Y ASUNTOS CONTITUCIONALES; DE HACIENDA Y PRESUPUESTO; Y DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS (1231-17)

CÁMARA DE DIPUTADOS.

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Hacienda y Presupuesto; y de Obras y Servicios Públicos, han estudiado el  Mensaje Nº 0048 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba Convenio Específico “Programa de Construcción de Viviendas Sociales”, celebrado entre la Dirección Provincial del Lote Hogar y la Municipalidad de San Martín; y, por las razones que os dará su miembro informante aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho:

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio Específico “Programa de Construcción de Viviendas Sociales”, celebrado entre la Dirección Provincial del Lote Hogar y la Municipalidad de San Martín, suscripto a los 7 días del mes de marzo de 2017, cuyo objeto radica en la construcción de setenta y un (71) viviendas sociales en la localidad de la Puntilla del Departamento San Martín,  ratificado por Decreto 0593-MI y SP de fecha 10 de mayo del 2017.

 

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO VI

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE TURISMO, AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE; Y DE EDUCACIÓN, CULTURA,  CIENCIA Y TÉCNICA (0347-17)

 CÁMARA DE DIPUTADOS:

Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Turismo, Ambiente y Desarrollos Sostenible; y de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica; han estudiado el Mensaje Nº 0015/17 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que declara Bien Integrante del Patrimonio Cultural y Natural de la Provincia de San Juan, a Las Cuevas y Aleros de los Morrillos y Rio Fiero, ubicadas en el departamento Calingasta; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho:

 

 

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.- Declárase Bien Integrante del Patrimonio Cultural y Natural de la Provincia, dentro de los alcances de la Ley Provincial Nº 571-F, a “Las Cuevas y Aleros de los Morrillos y Rio Fiero”, ubicadas en la Ruta Provincial Nº 401, departamento de Calingasta.

 

ARTÍCULO 2º.- Desígnese a “Las Cuevas y Aleros de los Morrillos y Rio Fiero”, como “Sitio Arqueológico”, encuadrado en el Artículo 4º, Inciso B), Apartado 3); como “Sitio Histórico”, encuadrado en el Artículo 4º, Inciso B), Apartado 1) y “Lugar Natural”, encuadrado en el Artículo 4º, Inciso B), Apartado 8) según lo establece la Ley Provincial Nº 571-F. El área está delimitada por las siguientes coordenadas geográficas:

 

M1: 31º 41´ 9.62´´ S; 69º 46´ 29.99´´ O

M2: 31º 40´ 53.70´´ S; 69º 42´ 14.94´´ O

M3: 31º 41´ 30.99´´ S; 69º 39´ 25.56´´ O

M4: 31º 45´ 30.21´´ S; 69º 39´ 36.58´´ O

M5: 31º 45´ 19.20´´ S; 69º 46´ 35.06´´ O.

 

ARTÍCULO 3º.- Desígnese a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable como el ente encargado de la vigilancia y control de acceso al área delimitada en el articulo 2º de la presente Ley.

 

ARTÍCULO 4º.- La Autoridad de aplicación notificará a la Dirección Provincial de Geodesia y Catastro, a la Municipalidad del Departamento Calingasta, a la Dirección de Planeamiento y Desarrollo Urbano y al Registro General Inmobiliario de la Provincia, a fin de efectuar la anotación marginal correspondiente.

 

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

ASUNTO VII

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE HACIENDA Y PRESUPUESTO; Y DE JUSTICIA Y SEGURIDAD (1204-17)

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Hacienda y Presupuesto; y de Justicia y Seguridad, han estudiado el  Mensaje Nº 0046 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que modifica el Artículo 29, Inciso 20 de la Ley Tributara Anual, N.º 1543-I; y, por las razones que os dará su miembro informante aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho:

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.- Modificase el Artículo 29, Inciso 20) de la ley Tributaria Anual Nº 1543-I, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

            “20)     Permiso de pesca:

                        a) Diario: el equivalente a 15 U.T.

                        b) Semanal: el equivalente a 50 U.T.

                        c) Anual: el equivalente a 200 U.T.

 

                        Facultase a la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable a instrumentar el reconocimiento del 30%, a los expendedores de permiso de pesca”.

 

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO VIII

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE HACIENDA Y PRESUPUESTO; Y DE ECONOMÍA Y DEFENSA AL CONSUMIDOR (0346-17)

CÁMARA DE DIPUTADOS.

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Hacienda y Presupuesto; y de Economía y Defensa al Consumidor, han estudiado el  Mensaje N.º 0014 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba la Adenda N.º 01/2016, al Convenio N.º 23/2012, de Préstamo Subsidiario/Anexo Subproyecto Electrificación Rural para el departamento 25 de Mayo, celebrado entre la Nación y la Provincia; y, por las razones que os dará su miembro informante aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:

 

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.- Apruébase en todas sus partes la ADDENDA N.º 1/2016, al Convenio N.º 23/2012, de Préstamo Subsidiario/Anexo Subproyecto Electrificación Rural para el desarrollo pecuario del departamento 25 de Mayo - San Juan,  de fecha 27 de abril de 2012, que fuera suscripta con fecha 03 de noviembre de 2016, entre el Ministerio de Agroindustria de la Nación y el Gobierno de la Provincia de San Juan; ratificado por Decreto N.º 0274-MPy DE, de fecha 2 de marzo de 2017.

 

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO IX

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE SISTEMA MUNICIPAL; Y DE MINERÍA (3168-16)

CÁMARA DE DIPUTADOS:

Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Sistema Municipal; y de Minería, han estudiado el Proyecto de Ley presentado por el Bloque Bloquista, por el que se establece que los Municipios con actividad minera designen un representante en la Policía Minera; y, por las razones que os darán sus miembros informantes, aconseja prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:

 

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.- Los  municipios con actividad minera en su territorio podrán proponer ante el Ministerio de Minería de la Provincia, un Procurador Municipal en materia ambiental minera.

 

ARTÍCULO 2º.- La persona a designar deberá contar con título habilitante en materia minera o ambiental y deberá cumplir con los requisitos que establezca la reglamentación que al efecto dicte la autoridad de aplicación.

 

ARTÍCULO 3º.- La designación como Procurador Municipal en materia ambiental minera, será realizada por instrumento legal de cada municipio en el que se desarrolle actividad minera y deberá ser comunicado fehacientemente a la autoridad de aplicación.

 

ARTÍCULO 4º.- El Procurador Municipal se desempeñará ad honorem y sus funciones específicas serán determinadas por la autoridad de aplicación.

 

ARTÍCULO 5º.- El ámbito de actuación del Procurador Municipal, será en los yacimientos situados en la jurisdicción departamental a la que representan.

 

ARTÍCULO 6º.- Es autoridad de aplicación de la presente ley el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Minería o el organismo que aquél designe.

 

ARTÍCULO 7º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

-------000-------

 

                        Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO X

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE ECONOMÍA Y DEFENSA AL CONSUMIDOR; Y MINERÍA (3295-16)

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Economía y Defensa al Consumidor; y de Minería, han estudiado el  Proyecto de Ley del Bloque Justicialista, por el que crea el Programa Provincial de Promoción y Regularización de la Actividad Ladrillera Sanjuanina; y, por las razones que os dará su miembro informante aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

CAPITULO I

 

PROGRAMA PROVINCIAL DE PROMOCIÓN Y REGULARIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD LADRILLERA SANJUANINA.

 

ARTÍCULO 1º.-Creación: Créase el Programa Provincial de Promoción y Regularización de la Actividad Ladrillera Sanjuanina, en el ámbito del Ministerio de Minería del Gobierno de San Juan.

 

ARTÍCULO 2º.-Objetivos: Serán objetivos del Programa:

 

a)         Promover y  Regular la actividad ladrillera en la Provincia

b)         Estimular la inserción laboral, mediante la formación de cooperativas o de toda otra persona jurídica, que posibilite una competencia legitima en el mercado

c)         Posibilitar el perfeccionamiento de los recursos humanos provinciales a través de capacitaciones para el trabajo, contribuyendo al crecimiento personal y profesional, y mejorando la calidad de vida de los Ladrilleros.

d)         Promover el desarrollo sustentable de la producción de ladrillos moldeados, cocidos o quemados, a escala artesanal, mediante la elaboración e implementación de políticas públicas tendientes a la adopción de estrategias de gestión ambiental minera.

e)         Llevar un registro provincial  de los trabajadores y fabricantes artesanales de ladrillos para la construcción

f)         Relevar los establecimientos productivos, las personas y familias que lo integran, la ubicación territorial, la situación legal del uso u ocupación del lugar, la capacidad de producción y todo otro dato que coadyuve a llevar adelante los procesos productivos y la planificación de la asistencia y acciones a desarrollar.

g)         Propiciar la inclusión de los trabajadores y fabricantes en el régimen de seguridad social e impositivo vigente, logrando los beneficios del sistema de seguridad social y dar cumplimiento a las obligaciones impositivas para los trabajadores de la actividad.

h)         Promover la capacitación destinada a mejorar la calidad del producto, la uniformidad de las medidas y lograr mayores niveles de producción en un marco de sustentabilidad ambiental, como asimismo promover la formación en seguridad e higiene laboral.

i)          Promover el acceso a nuevas tecnologías de producción y el desarrollo de espacios asociativos de comercialización del ladrillo sanjuanino.

j)          Promover el consumo de ladrillo Local en la obra pública ya sea privada o del orden público municipal, provincial y nacional.

k)         Promover la formación y el fortalecimiento institucional de las organizaciones de trabajadores ladrilleros locales.

l)          Facilitar la certificación de calidad de la producción ladrillera de la Provincia.

ll) Organizar cursos de capacitación para los trabajadores, por si o en forma concurrente con otras instituciones.

            m) Brindar el asesoramiento legal y técnico necesario para regularizar los aspectos formales de las organizaciones de trabajadores.

            n) Facilitar el acceso a herramientas financieras.

            ñ) Elaborar un plan de mitigación del impacto ambiental generado por la actividad ladrillera.

            o) Determinar áreas donde existan materiales arcillosos o arcilloso-limosos aptos para la elaboración de ladrillos, manteniendo o mejorando la calidad del producto.

 

ARTÍCULO 3º.-Responsabilidad y Promoción. El Estado Provincial a través del Programa Provincial de Promoción y Regularización de la Actividad Ladrillera Sanjuanina, desarrollará políticas basadas en la protección del trabajo y la producción ladrillera, en el marco del sostenimiento y expansión de la economía regional. Son aspectos constitutivos de las mismas:

 

a) Establecer mecanismos de preferencia en las compras por parte del Estado para los productores artesanales de ladrillos, ya sea individuales como personas físicas o asociados en cooperativas, inscriptos en el Registro.

            b) En el caso de monotributistas sociales o monotributistas sociales agropecuarios y cooperativas debidamente constituidas, incorporarlos al régimen de promoción de la economía social vigente.

            c) Promover la utilización de ladrillo artesanal sanjuanino en los programas de viviendas o proyectos constructivos financiados con recursos públicos.

            d) Mediante la coordinación conjunta de los distintos niveles del Estado, la autoridad de aplicación y los trabajadores del sector deberán promover la creación de polos de producción ladrillera, con la finalidad de ordenar la ocupación de espacios, mejorar las técnicas y aumentar los volúmenes producidos, estableciendo estándares laborales y de comercialización del ladrillo sanjuanino que mejoren la participación de los trabajadores en los beneficios que genera la actividad.

 

ARTÍCULO 4º.-La Autoridad de Aplicación: Será autoridad de aplicación el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Minería de la Provincia, o el organismo que lo reemplace en el futuro, quien deberá reglamentar la presente ley.

            La autoridad de aplicación deberá emitir las constancias que certifiquen la inclusión en el registro y que permitan alcanzar los beneficios previstos en la presente y cumplir con las obligaciones originadas en la misma.

 

ARTÍCULO 5º.-Estudio Ambiental. La Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, será el organismo encargado de realizar el estudio y análisis de la problemática ambiental generada por esta actividad, con el objeto de contar con un diagnóstico actualizado.

 

ARTÍCULO 6º.-Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios del Programa:

 

a)    Las personas físicas, mayores de edad, con residencia en la provincia que realizan la actividad ladrillera-.

b)    Las personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades en la Provincia de San Juan, o manifiesten fehacientemente su intención de hacerlo, y demanden recursos humanos con formación específica.

 

ARTÍCULO 7º.-Definición: Defínase como productor ladrillero artesanal a toda persona física o entidad legalmente constituida, dedicada a la producción de ladrillos cualquiera fuese su forma o material, moldeados a mano y cocidos en hornos, que utilice para su elaboración materia prima local y sea comercializado en primera venta por los productores artesanales o por los titulares de esos mismos emprendimientos.

CAPITULO II

 

ARTÍCULO 8º.-Registro. Créase el Registro Provincial de Ladrilleros Artesanales, en el marco de la promoción y regularización de la actividad ladrillera en la Provincia de San Juan. El Registro deberá organizar una base de datos que permita reconocer a quienes desarrollan en forma artesanal la fabricación de ladrillos para la construcción, las condiciones en que lo hacen y los volúmenes de producción y términos de comercialización propios de la actividad.

 

ARTÍCULO 9º.-Actualización: El Registro Provincial de Ladrilleros Artesanales deberá actualizarse anualmente y registrar cualquier variación que se produzca en la situación del productor ladrillero.

 

CAPITULO III

 

ARTÍCULO 10.-Creación de la Mesa de la Actividad Ladrillera. La autoridad de aplicación convocará a la integración de la Mesa de la Actividad Ladrillera, como espacio de articulación y coordinación de acciones tendientes a promover la actividad ladrillera artesanal, el mejoramiento de las condiciones laborales, la apertura de espacios y mecanismos de comercialización justa tendiendo a la optimización de la capacidad productiva del sector. Dicha Mesa estará integrada por un representante de cada una de las siguientes áreas: Sub Secretaria de Trabajo, Ministerio de Desarrollo Humano Y Promoción Social, Ministerio de Minería, Ministerio de Producción y Desarrollo Económico, Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Cámara de Productores Ladrilleros y Unión Obrera Ladrillera

de la República Argentina (UOLRA), pudiendo incluir otros organismos que considere pertinentes a los fines propuestos.

 

CAPITULO IV

 

ARTÍCULO 11.-Fondo Especial del Programa Provincial de Promoción y Regularización de la Actividad Ladrillera Sanjuanina. Crease el Fondo Especial del Programa Provincial de Promoción y Regularización de la Actividad Ladrillera Sanjuanina, con el objeto de financiar las actividades del Programa objeto de la presente Ley, el cual se constituirá con los siguientes recursos:

 

            a) Fondos del Poder Ejecutivo Provincial, conforme lo establezca el Presupuesto Anual.

            b) Fondos que pudiera destinar el Estado Nacional.

            c) Fondos provenientes de organismos multilaterales de crédito.

            d) Contribuciones, donaciones y legados del sector público o privado.

            e) Los resultados de ejercicios anteriores.

            f) Cualquier otro recurso que pueda corresponderle por ley o le sea atribuido por convenio o por cualquier otro procedimiento legalmente establecido.

Las transferencias de los recursos serán definitivas e inembargables.

 

ARTÍCULO 12.-Invítese a los Municipios a adherir al régimen de la presente ley. A los fines de dar cumplimiento al inciso d) del artículo 3º de la presente ley, los municipios que adhieran podrán proponer y aportar un lugar físico dentro de su departamento destinado a la quema de los ladrillos (horneado), el que deberá ser aprobado por el Ministerio de Minería.

 

ARTÍCULO 13.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

-------000-------

                        Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO XI

DESPACHO DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA(1054-17)

 CÁMARA DE DIPUTADOS:                                              

Vuestra Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica, ha estudiado el Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que Declara de Interés Educativo, Cultural y Social las “Jornadas a 200 Años de la Emancipación Sudamericana: Nuevos Enfoques sobre San Martín y el Cruce de Los Andes” y por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

R E S U E L V E :

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Educativo, Cultural y Social las “Jornadas a 200 Años de la Emancipación Sudamericana: Nuevos Enfoques sobre San Martín y el Cruce de Los Andes”, organizadas por la Facultad de Filosofía, Humanidades y Artes de la Universidad Nacional de San Juan, a través de la Secretaría de Extensión y del Departamento de Historia, que se realizarán los días 15 y 16 de junio de 2017, en las instalaciones de esa facultad.

 

ARTÍCULO 2º.-Comuníquese, insértese en el libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.

-----0000----

 

Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de San Juan, a los 16 días del mes de mayo de dos mil diecisiete.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO XII

DESPACHO DE LA COMISIÓN DE PETICIONES Y PODERES(1073-17)

CÁMARA DE DIPUTADOS:

Vuestra Comisión de Peticiones y Poderes ha estudiado el Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Compromiso Federal, por el que declara de interés cultural y social el Encuentro Nacional de Voluntarios de Cruz Roja Argentina a realizarse en San Juan; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja prestéis sanción favorable al siguiente despacho:

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º.- Declarar de interés cultural y social, el Encuentro Nacional de Voluntarios de Cruz Roja Argentina - Filial San Juan, que se llevara  a cabo los días 18, 19 y 20 de noviembre en la provincia de San Juan.

 

ARTICULO 2º.- Comuníquese, insértese en el Libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.

-------000-------

 

                        Dado en Sala de Comisiones de Cámara de Diputados, a los veintitrés días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO XIII

DESPACHO DE LA COMISIÓN DE PETICIONES Y PODERES(0975-17)

CÁMARA DE DIPUTADOS:

Vuestra Comisión de Peticiones y Poderes ha estudiado el Proyecto de Comunicación presentado por  el Bloque Justicialista, por el que solicita al Poder Ejecutivo la provisión de dos aparatos de control de alcoholemia para las comisarías 19ª y 20ª; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:

 

 

 

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

C O M U N I C A :

 

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo provea 2 (dos) aparatos para control de alcoholemia, a la Comisaría Decimonovena (19ª) y al Puesto Policial del Distrito Dos Acequias dependiente de la Comisaria Vigésima (20ª), ambos  ubicados en el departamento San Martín.

 

-------000-------

 

            Dado en Sala de Comisiones de Cámara de Diputados, a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.