San Juan, 24 de Junio de 2014.

DECRETO N.º 443-P

 

VISTO:

                                   Los distintos asuntos ingresados a la Cámara de Diputados para su tratamiento; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Lo dispuesto por el Artículo 23, Incisos 2), 6) y 9) del Reglamento Interno de la misma;

 

POR ELLO:

 

VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN Y

 

PRESIDENTE NATO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1º.-Convocar a la Cámara de Diputados a celebrar la SÉPTIMA SESIÓNORDINARIA, para el día jueves 26 de junio de 2014, a las 09:00 horas, con el objeto de tratar el siguiente Orden del Día:

 

ASUNTOS ENTRADOS

 

Comunicación Oficial

 

1546

1.         Nota del Consejo de la Magistratura, mediante la que envía terna para cubrir el cargo vacante de Juez de Cámara Civil, Comercial y Minería (Sala III).

 

            JUSTICIA Y SEGURIDAD

 

 

DESPACHOS DE COMISIÓN

 

 

ASUNTO I

1228

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Hacienda y Presupuesto; y de Relaciones Interparlamentarias e Internacionales, en el Mensaje N.º 0016 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Convenio firmado entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto; la Agencia San Juan de Desarrollo de Inversiones; y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), destinado a la ejecución del Programa de Crédito para el Desarrollo de la Producción en la Provincia de San Juan.

 

ASUNTO II

1424

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Justicia y Seguridad; y de Derechos Humanos y Garantías, en el Mensaje N.º 0023 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que establece la competencia del Fuero Civil, para los juicios que se promuevan por infortunios laborales, cuando el trabajador optare por la reparación civil.

 

ASUNTO III

1423

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Justicia y Seguridad; y de Derechos Humanos y Garantías, en el Mensaje N.º 0022 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que dispone la aplicación de la Ley N.º 7675 y sus modificatorias, al Fuero Laboral del Poder Judicial de la Provincia.

 

ASUNTO IV

1252

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Salud y Deporte; y de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica, en el Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, que asegura la oferta alimentaria saludable en los quioscos ubicados dentro de establecimientos educativos de la Provincia.

 

 

ASUNTO V

1246

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales y de Salud y Deporte, en el Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que modifica la Ley N.º 8406, adhesión a la Ley Nacional N.º 26687, de regulación de la publicidad, promoción y consumo de los productos elaborados con tabaco.

 

 

ASUNTO VI

1397

Despacho de la Comisión de Peticiones y Poderes, en el Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Deportivo y Turístico, el Primer Campeonato Departamental de Automovilismo en la Modalidad Safari, denominado: "Uniendo pueblos", a desarrollarse en el Departamento Valle Fértil.

 

ASUNTO VII

1399

Despacho de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica, en el Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Cultural, Social e Histórico, la publicación del libro: Los gobernadores de mi memoria.

 

ASUNTO VIII

1269

Despacho de la Comisión de Peticiones y Poderes, en el Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Cultural, Social y Turístico, el XVIII Encuentros Abiertos Festival de la Luz. 

 

ASUNTO IX

0638

Despacho de la Comisión de Obras y Servicios Públicos, en el Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Compromiso por San Juan, por el que solicita al Poder Ejecutivo, informe referido a la mega obra del acueducto Gran Tulum.

 

ASUNTO X

1334

Despacho de la Comisión de Obras y Servicios Públicos, en el Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Justicialista, por el que solicita al Poder Ejecutivo, gestione la instalación de un cajero automático en el Centro de Integración Comunitario "Dos Acequias", del Departamento San Martín.

 

 

ASUNTO XI

1331

Despacho de la Comisión de Obras y Servicios Públicos, en el Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Producción y Trabajo, por el que solicita a Obras Sanitarias Sociedad del Estado, informe en relación al servicio de agua potable en la localidad de Bella Vista, del Departamento Iglesia.

 

 

Proyectos Presentados

 

1414

1.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que adhiera a la Ley Nacional N.º 26819, que declara el día 21 de septiembre de cada año, como: Día Internacional de la Paz.

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS

1543

2.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Producción y Trabajo, sobre la preservación de los derechos de los adultos mayores.

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS

            FAMILIA Y DESARROLLO HUMANO

1545

3.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Producción y Trabajo, sobre promoción y regulación del teletrabajo como instrumento de generación de empleo y autoempleo.

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            ECONOMÍA Y DEFENSA AL CONSUMIDOR

1555

4.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que crea la Tercera Circunscripción Judicial, con asiento en la Ciudad de Rawson, que comprende los departamentos de Rawson, Sarmiento y Pocito.

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            JUSTICIA Y SEGURIDAD

1567

5.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Bloquista, por el que incluye en el régimen del Lote Hogar o Bien de Familia que establece la Ley N.º 8073, a viviendas construidas con recursos del Fondo Provincial para la Vivienda Social, creado por Ley N.º 7577.

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            FAMILIA Y DESARROLLO HUMANO

1578

6.                  Proyecto de Ley presentado por el Bloque ACTUAR, por la que adhiere a lo establecido por Resolución N.º 1632/2013 del Ministerio de Salud de la Nación.

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            SALUD Y DEPORTE

 

 

 

 

1413

7.         Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Cultural, Social y Turístico, el programa televisivo: San Juan por dentro.

 

            PETICIONES Y PODERES

1415

8.         Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Educativo y Científico, el "Congreso Internacional de Geografía – 75 Semana de Geografía".

 

            EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA

1560

9.         Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Cultural, Educativo y Social, las Jornadas Internacionales "Arte en el Sur", bajo el lema:Latinoamérica y latinoamericanismo en la teoría y la práctica visual.

 

            EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA

1572

10.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Social, las actividades solidarias organizadas por la Fundación Visión de Futuro.

 

            SOBRE TABLAS

1573

11.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Educativo y Cultural, el II Parlamento de Clubes Ambientales Escolares.

 

            EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA

1575

12.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Social, Educativo y Sanitario, las Primeras Jornadas de Educación Alimentaria Nutricional "Obesidad Infanto Juvenil".

 

            SALUD Y DEPORTE

1561

13.       Proyecto de Declaración presentado por el Bloque Justicialista, por el que manifiesta su beneplácito por la declaración de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), por la que declara Patrimonio Mundial de la Humanidad al Qhapaq Ñan, el Camino del Inca.

 

            SOBRE TABLAS

1544

14.       Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Producción y Trabajo, por el que solicita al Poder Ejecutivo, informe sobre la reglamentación de la Ley N.º 8009, de adhesión a la Ley Nacional N.º 26233, referida a Promoción y Regulación de los Centros de Desarrollo Infantil.

 

            CONTROL Y SEGUIMIENTO LEGISLATIVO

 

 

 

ARTICULO 2º.-Por Secretaría Legislativa cítese a los señores Diputados para  dar cumplimiento a lo dispuesto en el  Artículo 1º del presente.

 

 

ARTÍCULO 3º.-Comuníquese y  archívese.

 

 

FIRMAN:

                        Dr. Sergio Mauricio Uñac – Vicegobernador y Presidente Nato

                        Dr. Emilio Javier Baistrocchi – Secretario Legislativo

 

 

 

 

ASUNTO I

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE HACIENDA Y PRESUPUESTO; Y DE RELACIONES INTERPARLAMENTARIAS E INTERNACIONALES(1228-14)

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Hacienda y Presupuesto; y de Relaciones Interparlamentarias e Internaciones, han estudiado elMensaje N.º 0016 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Convenio firmado entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto; la Agencia San Juan de Desarrollo de Inversiones; y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), destinado a la ejecución del Programa de Crédito para el Desarrollo de la Producción en la Provincia de San Juan;y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho:

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DEDIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.-Apruébase el convenio suscripto el 7 de marzo de 2014, entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, la Agencia San Juan de Desarrollo de Inversiones, y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), representados respectivamente por la embajadora Paula V. FERRARIS, el licenciado Leonardo GIOJA (Director de ASJDI-organismo gubernamental de ejecución) y el señor Benigno RODRÍGUEZ (Representante Residente de PNUD), denominado "Documento de Proyecto PNUD ARG 013/010", destinado a la ejecución del Programa de Crédito para el Desarrollo de la Producción en la Provincia de San Juan-Argentina (Préstamo BID 2763/OC-AR), aprobado por Ley N.º 8326 y ratificado por Decreto N.º 1097-MPyDE-2013.

 

ARTÍCULO 2º.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO II

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE JUSTICIA Y SEGURIDAD Y DE DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS(01424-14)

CÁMARA DE DIPUTADOS:     

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Justicia y Seguridad y de Derechos Humanos y Garantías,  han estudiado el Mensaje N.º 0023 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que establece la competencia del Fuero Civil, para los juicios que se promuevan por infortunios laborales, cuando el trabajador optare por la reparación civil; y, por las razones que os dará su miembro informante aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DEDIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

Determinación de la competencia del Fuero Civil en caso de opción por el ejercicio de la acción civil en infortunios laborales

 

ARTÍCULO 1º.-A los efectos de las acciones judiciales previstas en el Artículo 4º último párrafo de la Ley Nacional  N.º 26773, modificatoria de la Ley Nacional N.º 24557 de Riesgos de Trabajo, será competente la Justicia Civil, comprendiendo, a los efectos de esta Ley , al Fuero Civil y al Fuero Contencioso Administrativo de la Provincia.

 

ARTÍCULO 2º.-Esta Ley es de Orden Público y será aplicable aún de oficio a las causas que se inicien a partir de su entrada en vigencia y a aquellas que se encuentren en trámite, aun cuando se hubiere trabado la litis  y no se haya proveído la prueba ofrecida por las partes, en cuyo caso, el juzgado interviniente deberá remitir las actuaciones a la Mesa General de Entradas del Fuero Civil, para su prosecución en dicho fuero.

 

ARTÍCULO 3º.-Esta Ley entrará en vigencia  el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.

 

ARTÍCULO 4º.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO III

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE JUSTICIA Y SEGURIDAD Y DE DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS(1423)

 

CÁMARA DE DIPUTADOS.

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Justicia y Seguridad y de Derechos Humanos y Garantías, han estudiado el Mensaje N.º 0022 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que dispone la aplicación de la Ley N.º 7675 y sus modificatorias, al Fuero Laboral del Poder Judicial de la Provincia; y, por las razones que os dará su miembro informante aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DEDIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

APLICACIÓN DEL TRÁMITE Y EFECTOS DE LA LEY N.º 7675 Y SUS MODIFICATORIAS:

7967 Y 8236, A TODAS LAS CAUSAS EN QUE EL ESTADO PROVINCIAL SEA PARTE Y

TRAMITEN POR ANTE EL FUERO LABORAL

 

ARTÍCULO 1º.-La Ley N.º 7675 y sus modificatorias Ley N.º 7967 y Ley N.º 8236, se aplicarán, en lo pertinente, a todas las causas que tramiten ante el Fuero Laboral en que el Estado Provincial, sus entes descentralizados y empresas y sociedades del estado sean parte como actor, demandado o tercero voluntario u obligado, con las excepciones en ellas establecidas y, en lo no contemplado, por las normas que resulten aplicables del Código Procesal Laboral de la Provincia de San Juan, Ley N.º 5732 y sus modificatorias, o el que en el futuro lo sustituyere.

 

ARTÍCULO 2º.-En los juicios laborales en que el Estado Provincial sea parte, en cualquiera de las calidades indicadas en el Artículo 1º, regirán para las actuaciones procesales determinadas por el Código Procesal Laboral o equivalentes, los plazos y actuaciones que se indican, de conformidad con la Ley N.º 8236:

 

a)                  La comunicación previa, en el modo y efectos del Artículo 12 de la Ley N.º 7675, modificado por la Ley N.º 8236.

b)                  Treinta (30) días para contestar el traslado de la demanda y oponer excepciones.

c)                  Quince (15) días para contestar el traslado de dictámenes periciales.

d)                  Diez (10) días para alegar sobre el mérito de la prueba producida.

e)                  Veinte (20) días para expresar y contestar agravios, en las apelaciones concedidas contra sentencia definitiva en el proceso ordinario y diez (10) días en los demás casos.

f)                   Veinte (20) días para interponer los recursos extraordinarios referidos en los artículos 1º y 2º, de la Ley N.º 2275.

g)                  Veinte (20) días para contestar los traslados de los recursos extraordinarios referidos en el Artículo 6º de la Ley N.º 2275.

 

ARTÍCULO 3º.-La presente ley es de Orden Público, se aplicará aún de oficio y regirá para todas las causas que se encuentren en trámite al tiempo de su entrada en vigencia y a las etapas procesales no precluidas.

 

ARTÍCULO 4º.-Esta Ley entrará en vigencia el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.

 

ARTÍCULO 5º.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO IV

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA Y DE SALUD Y DEPORTE(1252)

CÁMARA DE DIPUTADOS.

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica y de Salud y Deporte, han estudiado el Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que asegura la oferta alimentaria saludable en los quioscos ubicados dentro de establecimientos educativos de la Provincia; y, por las  razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho:

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DEDIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.-OBJETO: La presente ley tiene por objeto asegurar que la oferta alimentaria de los quioscos ubicados dentro de establecimientos educativos de gestión estatal y privada de la Provincia de San Juan, garanticen a niños, niñas y adolescentes, una alimentación saludable, cualitativa y cuantitativamente adecuada, desde el punto de vista sanitario, nutricional y odontológico.

 

ARTÍCULO 2º.-ALIMENTO SALUDABLE: Es aquél que una vez ingerido permite la regulación del metabolismo y el normal mantenimiento de las funciones fisiológicas.  Aporta nutrientes como proteínas, carbohidratos, vitaminas, minerales, fibras y agua; y carece de ingredientes que, consumidos en forma excesiva y repetitiva, puedan generar alguna enfermedad crónica degenerativa.

 

ARTÍCULO 3º.-AUTORIDAD DE APLICACIÓN: Será autoridad de aplicación de la presente ley, el Ministerio de Educación, quien mediante convenio con el Ministerio de Salud Pública, procederá a garantizar su cumplimiento en los quioscos radicados dentro de los establecimientos educativos de gestión estatal y privada.

 

 ARTÍCULO 4º.-            REGISTRO: A los fines de dar cumplimiento a la presente ley, corresponde al Ministerio de Educación de la Provincia, confeccionar un registro en el que se detallen los quioscos radicados dentro de los establecimientos educativos de gestión estatal y privada; el mismo deberá ser actualizado al inicio de cada ciclo lectivo.

 

ARTÍCULO 5º.-REMISIÓN: El registro mencionado en el artículo anterior deberá ser remitido anualmente al Ministerio de Salud Pública a los fines de dar cumplimiento con la presente norma.

 

ARTÍCULO 6º.-COMPETENCIAS DEL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA: El Ministerio de Salud Pública, mediante el área que determine, a los efectos de cumplir con el objeto de la presente ley, deberá:

a) Elaborar directrices sobre pautas de alimentación saludable, teniendo en cuenta los estándares difundidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS), que deberán ser respetados por los quioscos radicados dentro de los establecimientos educativos de gestión estatal y privada.

b) Confeccionar un listado de productos alimenticios y bebidas saludables que ineludiblemente deben ser ofrecidos por los quioscos radicados dentro de los establecimientos educativos de gestión estatal y privada, a quienes presenten estados fisiológicos particulares.

 

ARTÍCULO 7º.-OFERTA SALUDABLE: Los quioscos saludables radicados dentro de los establecimientos educativos de gestión estatal y privada, deberán ofrecer un listado de alimentos saludables no menor al 60% del total del listado confeccionado por el Ministerio de Salud Pública. Todos los alimentos comercializados, especialmente los destinados a satisfacer necesidades alimentarias de personas que presenten patologías particulares (celíacos, diabéticos, hipertensos, obesos, mal nutridos, etc.), deberán ajustarse a los requisitos de la reglamentación vigente (Código Alimentario Argentino) en relación con la manipulación, conservación y rotulado, a fin de asegurar la inocuidad del alimento.

 

ARTÍCULO 8º.-INCUMPLIMIENTO: El titular o responsable del quiosco radicado dentro del establecimiento educativo de gestión estatal o privada que no cumpliera con las disposiciones de la presente ley, será pasible de las sanciones que determine la reglamentación.

 

ARTÍCULO 9º.-REGLAMENTACIÓN: El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en un plazo máximo de ciento veinte (120) días, contados a partir de su promulgación.

 

ARTÍCULO 10.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO V

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y DE SALUD Y DEPORTE(1246-14)

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales y  de Salud y Deporte, han estudiado el Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que modifica la Ley N.º 8406, adhesión a la Ley Nacional N.º 26687, de regulación de la publicidad, promoción y consumo de los productos elaborados con tabaco;y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho:

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DEDPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CONFUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.-Modifícase el Artículo 2º de la Ley N.º 8406, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

ARTÍCULO 2º-Es autoridad de aplicación de la presente Ley el Ministerio de Salud Pública de la Provincia de San Juan, o el organismo que en el futuro lo reemplace, y serán competentes para el juzgamiento de las infracciones a la presente ley los Jueces de Faltas de la Provincia de San Juan y los Jueces de Paz Letrados con competencia contravencional, conforme las jurisdicciones establecidas por el Artículo 52 de la Ley N.º7.819.”

 

ARTÍCULO 2º.  Incorpórase como Artículo 2º Bis de la Ley N.º 8406 el siguiente texto:

 

ARTÍCULO 2º BIS.-El incumplimiento a las normas establecidas en la presente Ley será sancionado conforme lo prevé el Artículo 162 de la Ley N.º7.819 (Código de Faltas de la Provincia de San Juan).”

 

ARTÍCULO 3º.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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                        Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados, a los veinticuatro  días del mes de junio del año dos mil catorce.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO VI

DESPACHO DE LA COMISIÓN DE PETICIONES Y PODERES(1397-14)          

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Vuestra Comisión de Peticiones y Poderes ha estudiado el Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Deportivo y Turístico, el Primer Campeonato Departamental de Automovilismo Modalidad Safari; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA CAMARA DEDIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

R E S U E L V E :

  

ARTICULO 1º.-Declárase de Interés Deportivo y Turístico el Primer Campeonato Departamental de Automovilismo en la Modalidad Safari, en las categorías Autos, Motos y Cuatriciclos denominado UNIENDO PUEBLOS que se llevará a cabo en el Departamento de Valle Fértil entre el mes de Julio del año 2014 y el mes de Febrero del año 2015.

 

ARTICULO 2º.-Comuníquese, insértese en el Libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.

 

----------oooooooooo----------

                        Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados, a los veinticuatro días del mes de junio del año dos mil catorce.

ASUNTO VII

DESPACHO DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA,  CIENCIA Y TÉCNICA(1399)

CÁMARA DE DIPUTADOS:                                              

            Vuestra Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica, ha estudiado el Proyecto de Resolución remitido por el Bloque Justicialista,por el que declara de interés Cultural, Social e Histórico, el libro titulado “Los gobernadores de mi memoria“ y por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA CÁMARA DEDIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

R E S U E L V E:

 

ARTÍCULO 1º.-Declarar de Interés Cultural, Social e Histórico, el libro intitulado: Los gobernadores de mi memoria, de autoría del periodista, Juan Carlos Bataller.

 

ARTÍCULO 2º.-Comuníquese, insértese en el libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.

 

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                        Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de San Juan, a los veinticuatro días del mes de junio de dos mil catorce.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO VIII

DESPACHO DE LA COMISIÓN DE PETICIONES Y PODERES(1269)

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Vuestra Comisión de Peticiones y Poderes, ha estudiado el Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Cultural, Social y Turístico el XVIII Encuentros Abiertos Festival de la Luz; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho:

PROYECTO DE RESOLUCION

LA CÁMARA DEDIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

R E S U E L V E :

 

ARTÍCULO 1º.-Declarar de Interés Cultural, Social y Turístico el XVIII Encuentros Abiertos Festival de la Luz, organizado por la Fundación Luz Austral y el Museo Provincial de Bellas Artes Franklin Rawson, a llevarse a cabo desde el 01 de agosto al 28 de septiembre del corriente año, a realizarse en la Sala 1, 2 y 3 del Museo Provincial de Bellas Artes Franklin Rawson.

 

ARTÍCULO 2º.-Comuníquese, insértese en el Libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.

 

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                        Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados, a los diecisiete días del mes junio del año dos mil catorce.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO IX

DESPACHO DE LA COMISIÓN  DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS(0638-14)

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Vuestra Comisión de Obras y Servicios Públicos, ha estudiado el Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Compromiso por San Juan, por el que solicita a la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, informe respecto al Estudio de Impacto Ambiental para la mega obra Acueducto Gran Tulum; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

LA CÁMARA DEDIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

C O M U N I C A :

 

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Infraestructura y a través de la Secretaria de Obras Públicas,  informe a ésta Legislatura, si para la realización de la mega obra del Acueducto Gran Tulum se han realizado y aprobado los estudios de Impacto Ambiental, teniendo en cuenta la Resolución 088-DPDU referida al Plan de Ordenamiento Territorial del Departamento de Zonda y a la Ley Provincial Nº 4768 de Creación del Parque Provincial Sarmiento.

 

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Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil catorce.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO X

DESPACHO DE LA COMISIÓN  DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS(1334)

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Vuestra Comisión de Obras y Servicios Públicos, ha estudiado el Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Justicialista, por el que solicita la instalación de un Cajero Automático en el Centro Integrador Comunitario de Dos Acequias, en el departamento San Martín; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:

 

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

LA CÁMARA DEDIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

C O M U N I C A :

 

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial tramite ante las autoridades de Banco San Juan S. A., la instalación y puesta en funcionamiento de un Cajero Automático en el Centro Integrador Comunitario de Dos Acequias en el Departamento San Martín.

--------ooooooo--------

 

Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados, a los veintitres días del mes de junio del año dos mil catorce.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO XI

DESPACHO DE LA COMISIÓN  DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS (1331)

 

CÁMARA DE DIPUTADOS.

            Vuestra Comisión de Obras y Servicios Públicos, ha estudiado el Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Producción y Trabajo, por el que solicita a Obras Sanitarias Sociedad del Estado (O. S. S. E. ) informe respecto a la situación del servicio de agua potable en Bella Vista, Departamento Iglesia y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

LA CÁMARA DEDIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

C O M U N I C A :

 

            Que vería con agrado que Obras Sanitarias Sociedad del Estado (O.S.S.E.), informe a esta Legislatura lo siguiente:

 

1.- En que situación se encuentra el servicio de agua potable de la localidad de Bella Vista, Departamento Iglesia.

 

2.- En caso de que el servicio de agua potable de dicha localidad lo tenga a cargo O.S.S.E., informe las inversiones realizadas, las condiciones en que se encuentran las instalaciones destinadas a tal fin y mejoras ejecutadas en la vertiente donde se capta el agua.

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            Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil catorce.