Aprueba Convenio Único de Colaboración y Transferencia y sus anexos I y II, celebrado entre la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y la Provincia de San Juan, cuyo objeto es la asistencia financiera para la ejecución de las obras detalladas en los departamentos Ullum, Capital, Pocito y San Martín.

LEY N.º 8539

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTÍCULO 1º.-       Aprobar el Convenio Único de Colaboración y Transferencia y sus anexos I y II, celebrado en fecha 2 de junio del año 2014, entre la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, representado por su titular, Arq. Germán A. Nivello; y la Provincia de San Juan, representada por el señor Gobernador, Ing. José Luis Gioja, ratificado por Decreto N.º 1453-MI, del Poder Ejecutivo Provincial, de fecha 27 de noviembre del año 2014, cuyo objeto es la asistencia financiera por parte de la Subsecretaría para la ejecución de las obras detalladas en los departamentos Ullum, Capital, Pocito y San Martín.

ARTÍCULO 2º.-       Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil catorce.