Ratifica la declaración de utilidad pública dispuesta mediante Ordenanza de la Municipalidad de Pocito y declara sujeto a expropiación por el Municipio de Pocito, a un terreno en el Departamento Pocito, para ejecutar la obra de ensanche y pavimentación de calle Aberastain.-

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA RPOVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTÍCULO 1º.- Ratifícase la declaración de utilidad pública dispuesta mediante Ordenanza N:º 4382-09, del Concejo Deliberante de la Municipalidad de Pocito por la que se declara sujeto a expropiación por el Municipio de Pocito, a la fracción de terreno de propiedad de la señora Gabriela QUIROGA FLORES, ubicada en calle Aberastain, entre Calle 13 y Boulevard San Martín, Rinconada, Departamento Pocito, perteneciente a un inmueble de mayor extensión con Nomenclatura Catastral 05-50-500800, según plano de mensura N.º 05-1965-74, inscripto en el Registro General Inmobiliario bajo Folio Real, Matrícula 05-00940, año 1992, Departamento Pocito y con una superficie según planificación de ensanche de calle Aberastain de mil ochenta y seis con cincuenta y dos metros cuadrados (1.086,52 m2).- 

ARTÍCULO 2º.- Establécese que la expropiación a que se refiere el artículo 1º se realizará con el fin de ejecutar la obra de ensanche y pavimentación de calle Aberastain, conforme se especifica en la actuaciones administrativas que se identifican como expediente N.º 3240-C-2009 del Registro Municipal.-


ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-


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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los veinticuatro días del mes de septiembre del año dos mil nueve.-