Aprueba Convenio Marco celebrado entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Dirección Provincial de Vialidad, con el objeto de la realización de una obra en la Ruta Nacional N.º 40-Provincia de San Juan-Tramo: límite Mendoza/San Juan.

LEY N.º 1485-A

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio Marco celebrado en fecha 18 de noviembre de 2015, entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Dirección Provincial de Vialidad, con el objeto de la realización de una obra en la Ruta Nacional N.º 40-Provincia de San Juan-Tramo: límite Mendoza/San Juan – R.P. 179 (calle 8); Sección I: Límite Mendoza/San Juan (km 3377,83) - Empalme RP N.º 351 (km 3391,50); Sección II: Empalme R.P. N.º 351 (km 3391,50) – Tres Esquinas (km 3400,21); Sección III: Tres Esquinas (km 3400,21) – Empalme R.P. N.º 295 (km 3424,61) y Sección IV: Empalme R.P. N.º 295 (km 2424,61) – Calle 8", aprobado por Decreto N.º 0993-MPeI, de fecha 21 de junio de 2016.

ARTÍCULO 2º.- Facúltase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a modificar el presupuesto de gastos y de recursos y el financiamiento, para atender el gasto que genere lo dispuesto en la presente ley.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los ocho días del mes de septiembre del año dos mil dieciséis.