Aprueba Convenio de  Ejecución Plan Nacional de Seguridad Alimentaria – Fortalecimiento de las Prestaciones Alimentarias de Comedores Escolares.

LEY N.º 1345-S

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTÍCULO 1º.-       Apruébase en todas sus partes el "Convenio de  Ejecución Plan Nacional de Seguridad Alimentaria – Fortalecimiento de las Prestaciones Alimentarias de Comedores Escolares Nº  282 – MDS – 15", celebrado con fecha 08 de Abril de 2015 entre el Gobierno Nacional, representado por el Sr. secretario de Economía Social Carlos Alberto VIVERO, por una parte; y la Provincia de San Juan, representada por el señor ministro de Desarrollo Humano y Promoción Social, Sr. Daniel Horacio MOLINA, por  la otra, ratificado por  Decreto Nº 865 -MDHyPS- de fecha 05 de julio de 2015, que tiene por objeto brindar un refuerzo alimentario a niños, niñas y adolescentes en edad escolar asistentes a comedores escolares de la provincia, provenientes de hogares en situación de vulnerabilidad socio alimentaria de la provincia.

ARTÍCULO 2º.-       Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los veintisiete días del mes de agosto del año dos mil quince.