LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1°.- Transfiérese en carácter de donación al "Centro de Jubilados y Pensionados de Villa Krause", personería jurídica expediente Nº 145.003, en trámite, el inmueble ubicado en el Departamento Rawson, identificado como Parcela Nº 25 de la manzana "A" en el Plano de Mensura Nº 4/1872/68 de la Dirección Provincial de Geodesia y Catastro, Nomenclatura Catastral Nº 04-33-620650, la que reconoce como límites y medidas: NORTE: Con calle Almirante Brown, mide 14,79 m.; SUR: con calle Cecilio Avila, mide 14,69 m.; ESTE: con avda. España, mide 65,90 m. y OESTE: con Parcelas Nºs. 24 y 26, mide 65,90 m.; encierra una superficie según mensura de 971,37 m2, y según título de 960,10 m2. Dominio inscripto en el Registro General de la Propiedad; inmueble a nombre de Gobierno de la Provincia, bajo el Nº 2014, Folio 14, Tomo 8, Departamento Rawson, Año 1949.-

ARTICULO 2°.- Escribanía Mayor de Gobierno procederá a instrumentar la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que alude el artículo anterior.-


ARTICULO 3°.- Déjase constancia que la donación del terreno lo es con cargo de que el beneficiario concrete en él la construcción y establecimiento del denominado "HOGAR DEL JUBILADO".-


ARTICULO 4°.- El Poder Ejecutivo, convendrá con la Entidad el plazo para la ejecución de la obra.-


ARTICULO 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-


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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los diecisiete días del mes junio del año mil novecientos noventa y tres.-