Aprueba el Convenio Marco de Asistencia y Cooperación, que tiene por objeto adoptar programas de cooperación, asistencia y coordinación para la ejecución de proyectos entre la Provincia y la Cámara Vitivinícola de San Juan.

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTÍCULO 1º.- Apruébase en todas sus partes el “CONVENIO MARCO DE ASISTENCIA Y COOPERACIÓN”, suscripto el día 30 de diciembre de 2008 entre la Provincia de San Juan, representada en este acto por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Económico, Lic. Raúl Osvaldo BENÍTEZ y la Cámara Vitivinícola de San Juan, representada por el señor Presidente Ángel LEOTTA, que tiene por objeto adoptar programas de cooperación, asistencia y coordinación para la ejecución conjunta de proyectos de asistencia técnica, económica, de capacitación, formación, investigación, académicos, culturales; la formación y perfeccionamiento de recursos humanos; el intercambio de información científica, técnica y de todos aquellos otros que hagan al interés de ambas partes, propios de su ámbito de competencia, el que fuera oportunamente ratificado por Decreto N.º 0266-MPyDE-09 y que como Anexo I, forma parte integrante de la presente Ley.-

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-


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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los veintitrés días del mes de julio del año dos mil nueve.-