Aprueba "Convenio entre la Provincia de San Juan y el Gobierno Nacional", por el que el Poder Ejecutivo Provincial otorga pro solvendo, irrevocablemente a favor del Estado Nacional, los derechos sobre las sumas a percibir por el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos. 

LEY N.º 8550

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTÍCULO 1º.-       Apruébase el "Convenio entre la Provincia de San Juan y el Gobierno Nacional", celebrado con fecha 30 de septiembre de 2014, entre el Gobierno Nacional, representado por los señores Jefe de Gabinete de Ministros, Cdor. Jorge Milton Capitanich, y Ministro de Economía y Finanzas Públicas, Dr. Axel Kicillof, por una parte; y la Provincia de San Juan, representada por el señor Gobernador, Ing. José Luis Gioja, por la otra parte, en el marco de las facultades conferidas por el Artículo 16 de la Ley de Presupuesto Año 2014, N.º 8413, ratificado por Decreto N.º 1481-MHF, del Poder Ejecutivo Provincial, de fecha 3 de diciembre de 2014; el que en copia certificada forma parte de la presente ley.

ARTÍCULO 2º.-       El Poder Ejecutivo Provincial otorga pro solvendo, irrevocablemente a favor del Estado Nacional, los derechos sobre las sumas a percibir por el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los Artículos 1º, 2º y 3º, del "Acuerdo Nación-Provincias sobre relación financiera y bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos", ratificado por la Ley Nacional N.º 25570, o el régimen que lo sustituya, hasta la total cancelación del capital más los intereses y autorízase a la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas para retener automáticamente del régimen citado, los importes necesarios para la ejecución del convenio bilateral.

ARTÍCULO 3º.-       Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil catorce.