LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1º.- Declárase Monumento Histórico, Cultural y Artístico de la Provincia de San Juan, al edificio donde funciona la actual Sede de la Alianza Francesa, sito en la esquina sudoeste de las calles Mitre y Sarmiento de la Ciudad de San Juan.-

ARTICULO 2º.- La presente Ley queda comprendida, en los alcances del Artículo 3º de la Ley N.º 6801, como Monumento Histórico Provincial (Inciso A-2).-


ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-


---------ooo0ooo---------


Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los dos días del mes de noviembre del año dos mil seis.-