Créa en la Planta Permanente del Personal del Ministerio de Salud Pública, Carrera Asistencial y Preventiva, Ley N.º 2580, los cargos que a continuación se detallan: Cien cargos de la Carrera Asistencial y Preventiva, Grado IX, 24 hs. y Doscientos cargos de la Carrera Asistencial y Preventiva – Paramédico, Grado X, 24 hs.

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTÍCULO 1º.- Créanse en la Planta Permanente del Personal del Ministerio de Salud Pública, Carrera Asistencial y Preventiva, Ley N.º 2580, los cargos que a continuación se detallan: Cien (100) cargos de la Carrera Asistencial y Preventiva, Grado IX, 24 hs. y Doscientos (200) cargos de la Carrera Asistencial y Preventiva – Paramédico, Grado X, 24 hs.

ARTÍCULO 2º.- Autorízase al Poder Ejecutivo para que, a través de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, produzca las adecuaciones presupuestarias necesarias para atender el gasto que impliquen los cargos creados por el Artículo 1º de la presente.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

----------=*=*=*=----------

Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil once.