LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1º.- Incorpórase en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Año 2000, Ley Nº 7.004, el adicional de obra denominada “Nuevo Camino a Calingasta – Tramo Quebrada de Las Burras – Pachaco”, correspondiente a la obra “Complejo hidroeléctrico Caracoles – Punta Negra.-

ARTICULO 2º.- A los efectos de financiar la obra indicada en el Artículo 1º, facúltase al Poder Ejecutivo a incrementar la autorización 

establecida por el Artículo 25º, de la Ley Nº 7.004 y su modificatoria Ley Nº << 7.052>> , hasta el importe de Pesos Veintidós Millones Cuatrocientos Cincuenta y Cinco Mil Diecinueve con Noventa y Un Centavos ($ 22.455.019,91.-) o su equivalente en moneda extranjera y a tramitar aportes provenientes del Tesoro Nacional y/o contraer obligaciones con el Gobierno de la Nación y/o acudir a fuentes alternativas de financiamiento, conforme a las condiciones del mercado con personas físicas o jurídicas que operan legalmente en la República Argentina o en el exterior, cuyo objeto social sea posible de concretar, pudiendo garantizar las operaciones con los fondos provenientes del régimen de Coparticipación Federal de Impuestos (Ley Nº 23.548) o cualquier otro régimen que lo modifique o sustituya, o ceder en pago los fondos antes indicados (provenientes del régimen de Coparticipación Federal de Impuestos y modificatoria o sustitutiva).-


ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-


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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil.-