LA CAMARA DEDIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTICULO 1º.- Créase en el ámbito de la Provincia de San Juan la Comisión "Pro-Zona Franca", en Jáchal.-
ARTICULO 2º.- Dicha Comisión será la encargada de definir y
formular el proyecto y de realizar todo tipo de gestión tendiente a conseguir el objetivo propuesto.-
ARTICULO 3º.- La Comisión estará integrada por un miembro de las
Instituciones que a continuación se detallan: Fundación Mediterránea, Federación Económica, Universidad Nacional de San Juan, Ministerio de Economía, Diario de Cuyo y todos los medios de comunicación, a los que se les agregan el Intendente, Diputado en ejercicio, como así también los electos, pertenecientes al Departamento de Jáchal.-
ARTICULO 4º.- La Comisión deberá quedar constituida en un plazo máximo de diez (10) días, de promulgada la presente ley.-
ARTICULO 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los tres días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y uno.-