LA CAMARA DEDIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTICULO 1º.-     Créase en el ámbito de la Provincia de San Juan la Comisión "Pro-Zona Franca", en Jáchal.-

 

ARTICULO 2º.-     Dicha Comisión será la encargada de definir y

             formular el proyecto y de realizar todo tipo de gestión tendiente a conseguir el objetivo propuesto.-

ARTICULO 3º.-     La Comisión estará integrada por un miembro de las

             Instituciones que a continuación se detallan: Fundación Mediterránea, Federación Económica, Universidad Nacio­nal de San Juan, Ministerio de Economía, Diario de Cuyo y todos los medios de comunicación, a los que se les agregan el Intenden­te, Diputado en ejercicio, como así también los electos, pertene­cientes al Departamento de Jáchal.-

ARTICULO 4º.-     La Comisión deberá quedar constituida en un plazo máximo de diez (10) días, de promulgada la presen­te ley.-

ARTICULO 5º.-     Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

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             Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los tres días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y uno.-