LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1°.- Apruébase el "TRATADO INTERPROVINCIAL DE DEFENSA DE LA VITIVINICULTURA Y DE LOS CONSUMIDORES", celebrado entre los Gobernadores de las Provincias de Mendoza, San Juan y La Rioja , suscripto el día 22 de septiembre de 1993, en la ciudad de Mendoza, Provincia del mismo nombre.-

ARTICULO 2°.- Dése cumplimiento a lo prescripto por el Artículo 107º de la Constitución Nacional.-


ARTICULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-


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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los veintitrés días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y tres.-