LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1º.- Apruébase en todas sus partes el “Convenio Marco de Cooperación MECyT N.º 837/05”, suscripto en fecha 19 de diciembre de 2005, entre el Instituto Nacional de Educación Tecnológica del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, representado por la Directora Ejecutiva, Licenciada María Rosa ALMANDOZ y el Ministerio de Educación de la Provincia de San Juan, representado por el señor Ministro Licenciado Pedro O. MALLEA y el “Primer Protocolo Adicional del Convenio MECyT Nº 837/05”, suscripto en fecha 05 de abril de 2006, entre el Instituto Nacional de Educación Tecnológica del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, representado por la Directora Ejecutiva, Licenciada María Rosa ALMANDOZ y el Ministerio de Educación de la Provincia de San Juan, representado por el señor Ministro Licenciado Pedro O. MALLEA, ambos ratificados por Decreto Nº 1157-ME-06, que como Anexo I, forma parte integrante de la presente Ley.-

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-


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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los dos días del mes de noviembre del año dos mil seis.-