Modifica el artículo 1º de la Ley Nº 8048, Día Provincial de la Lucha contra la Enfermedad de Parkinson.

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Artículo 1º de la Ley N.º 8048, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 1º.- Institúyese el 11 de abril de cada año, como “Día Provincial de la Lucha contra la Enfermedad de Parkinson”, en coincidencia con el Día Mundial de la Enfermedad de Parkinson, declarado en 1997 por la Organización Mundial de la Salud (OMS), juntamente con la Asociación Europea de Enfermedad de Parkinson (EPDA)”.


ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.


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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los quince días del mes de abril del año dos mil diez.