Declara al Año 2015 como el "Año del Bicentenario de la visita a San Juan, del Gobernador Intendente de Cuyo, General Don José de San Martín".

LEY N.º 1297-P

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTÍCULO 1º.-       Declárase al Año 2015 como el "Año del Bicentenario de la visita a San Juan, del Gobernador Intendente de Cuyo, General Don José de San Martín".

ARTÍCULO 2º.-       Dispónese que todos los documentos oficiales de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la provincia, hasta el 31 de diciembre del año 2015, deberán contener en el margen superior derecho, la siguiente leyenda: "Año del Bicentenario de la visita a San Juan, del Gobernador Intendente de Cuyo, General Don José de San Martín".

ARTÍCULO 3º.-       El Poder Ejecutivo auspiciará actividades, seminarios, conferencias y programas educativos que contribuyan a la difusión en la provincia de los hechos alusivos al Bicentenario de la visita del General Don José de San Martín a San Juan, como Gobernador Intendente de Cuyo.

ARTÍCULO 4º.-       Invítase a todos los municipios a adherir a la presente ley.

ARTÍCULO 5º.-       Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los nueve días del mes de abril del año dos mil quince.