Adhiere a la Ley Nacional Nº 26.363, (Creación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial). El Poder Ejecutivo Procederá a la reglamentación a fin de adecuar su aplicación en el marco normativo vigente en nuestra Provincia.-

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTÍCULO 1º.- Adhiérese la Provincia de San Juan a la Ley Nacional N.º 26.363 (Creación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial), sancionada el 9 de Abril de 2008.-

ARTÍCULO 2º.- El Poder Ejecutivo procederá a emitir la reglamentación pertinente con el objeto de adecuar su aplicación al marco normativo vigente en la Provincia de San Juan.-


ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-


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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los doce días del mes de junio del año dos mil ocho.-