Revoca el dominio del inmueble que fuera donado a la Agrupación San Juan de Radioaficionados Oncemetristas, Ley Nº 6049, por incumplimiento del cargo.

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE L E Y:

ARTICULO 1º.- Restituir el Dominio al Estado Provincial (Instituto Provincial de la Vivienda) del inmueble ubicado en el Departamento Capital Zona “B” sobre calle Doncel sin número, identificado como fracción “B” del Plano de Mensura 01/18510/89, Nomenclatura Catastral 01-30-392912, inscripción de dominio Nº 26143 Fº 43 Tº 245 Capital zona B-1990, que fuera donado con cargo a la Agrupación San Juan de Radioaficionados Oncemetristas por Ley 6049, en virtud del incumplimiento del cargo establecido por Ley Nº 3046, en su Artículo 53.- 

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-


-----00000-----

Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los doce días del mes de junio del año dos mil ocho.-