Dona una fracción de terreno, al Poder Judicial de San Juan de un inmueble ubicado en calle Blanco s/n entre las calles Meglioli y Cruz Godoy, Departamento San Martín, destinado a la construcción del salón y oficinas del Juzgado de Paz.

LEY N.º 1527-A

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

 

SANCIONA CON FUERZA DE

 

L E Y :

 

 

ARTÍCULO 1º.-       OBJETO. Dónase una fracción de terreno, al Poder Judicial de San Juan de un inmueble propiedad del Dominio Privado del Gobierno de la Provincia de San Juan, ubicado en calle Blanco s/n entre las calles Meglioli y Cruz Godoy, Departamento San Martín, identificado como lote “A”, Nomenclatura Catastral de Origen 12-40-680556, según plano de mensura registrado por la Dirección de Geodesia y Catastro bajo expediente Nº 12-1592-08, inscripto en el registro inmobiliario al Folio Real Matrícula Nº 12-1664, Dominio Privado, Departamento San Martín, Año 2005, con una superficie según título y mensura  de la que surge del plano de mensura correspondiente; cuyo monto total asciende a la cantidad de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS ($ 383.800,00), según surge de la valuación del Tribunal de Tasaciones de la Provincia de San Juan, en Acuerdo Nº 5734, de fecha 26 de agosto de 2016 y que será destinado a la construcción del salón y oficinas del Juzgado de Paz.

 

 

ARTÍCULO 2º.-       DELIMITACIÓN. La cosa inmueble objeto de donación y descripta en el Artículo 1º, linda y mide: NORTE: con calle Blanco, mide 50 m; SUR: con parcelas NC 12-40-685554; 12-40-685555; 12-40-685561; 12-40-685562; 12-40-685563, mide 50 m; ESTE: con parcela origen NC 12-40-680556,  mide 23,63 m y;  OESTE: con parcela NC 12-40-688553, mide 22.63m.

 

 

ARTÍCULO 3º.-       La Dirección de Geodesia y Catastro, será la encargada de realizar la mensura y división de la parcela afectada a dicha donación para la fehaciente determinación de los títulos correspondientes.

 

 

ARTÍCULO 4º.-       CARGO. La presente donación se efectuará en los términos de los Artículos 9º, 10, 12 y 13,  Incisos a), c), d) y e) de la Ley Nº 672-A y con cargo a realizar la construcción del salón y oficinas del Juzgado de Paz.

 

 

ARTÍCULO 5º.-       GRAVÁMENES. Los impuestos, tasas y contribuciones retributivas de servicios ordinarios y extraordinarios, sean nacionales, provinciales o municipales y que hagan a la cosa donada, serán a cargo del donatario a partir de su toma de posesión.

 

 

ARTÍCULO 6º.-       SANCIÓN POR INEJECUCIÓN DEL CARGO. La inejecución del cargo impuesto al donatario y el solo vencimiento del plazo acordado, dará lugar a la revocación automática de dicha donación, debiendo anotarse en su publicidad registral el cargo impuesto y el plazo de ejecución, conforme a lo dispuesto por el Artículo 13, Inciso d);  de la Ley Nº 672-A.

ARTÍCULO 7º.-       CAMBIO DE DESTINO. Constituirá también causal de revocación el cambio de destino de la afectación sin que previamente haya sido debidamente autorizado por ley, sin que ello implique alterar el plazo originario para el cumplimiento del cargo, en todo de acuerdo a lo establecido por el Artículo 13, Inciso c); de la Ley Nº 672-A.

 

 

ARTÍCULO 8º.-       Autorízase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a través de la Secretaria de Hacienda  a realizar los ajustes presupuestarios correspondientes y los trámites contables pertinentes.

 

 

ARTÍCULO 9º.-       TRANSFERENCIA DE DOMINIO: Autorizase al Poder Ejecutivo para que, a través de la Escribanía Mayor de Gobierno, instrumente la escritura traslativa de dominio del inmueble a favor del donatario, en la forma que prescribe la Ley N.º 672-A.

 

 

ARTÍCULO 10.-       Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

 

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                                   Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los tres días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.

 

 

 

 

 

  Mario Alberto Herrero                                                    Dr. José Rubén Uñac

      Secretario Legislativo                                                              Vicepresidente Primero 

      Cámara de Diputados                                                                   Cámara de Diputados