Aprueba convenio celebrado entre el Gobierno Nacional y la Provincia de San Juan, relacionado con la coparticipación.

LEY N.º 1356-I

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTÍCULO 1º.-       Apruébase el convenio celebrado en fecha 12 de mayo de 2015 entre el Gobierno Nacional, representado por los señores Jefe de Gabinete de Ministros, contador doctor Aníbal Domingo FERNÁNDEZ, y Ministro de Economía y Finanzas Públicas, doctor Axel KICILLOF, por una parte; y la Provincia de San Juan, representada por el señor gobernador, ingeniero José Luis GIOJA, por la otra parte, en el marco de las facultades conferidas por el Artículo 16 de la Ley de Presupuesto Año 2015 Nº 1275-I, ratificado por Decreto Provincial Nº 0915-MHyF, de fecha 16 de julio de 2015.

ARTÍCULO 2º.-       El Poder Ejecutivo Provincial cede pro solvendo irrevocablemente a favor del Estado Nacional, los derechos sobre las sumas a percibir por el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los Artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por la Ley Nacional Nº 25570, o el régimen que lo sustituya, hasta la total cancelación del capital más los intereses, y autorízase a la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas para retener automáticamente del régimen citado, los importes necesarios para la ejecución del convenio bilateral aprobado en el Artículo 1º.

ARTÍCULO 3º.-       Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a un día del mes de octubre del año dos mil quince.