LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTÍCULO 1º.- Ratifícase la ADDENDA al “CONVENIO DE FINANCIAMIEN-TO ENTRE LA PROVINCIA DE SAN JUAN Y EL ESTADO NACIONAL”, de fecha 24 de octubre del año 2002, suscripta en el mes de diciembre de 2002, entre la Provincia de San Juan, representada en este acto por el señor GOBERNADOR, DR. WBALDINO ACOSTA, por una parte, y el Estado Nacional, representado por el señor MINISTRO DE ECONOMÍA DE LA NACIÓN, LIC. ROBERTO LAVAGNA y el señor MINISTRO DEL INTERIOR DE LA NACIÓN, DR. JORGE MATZKIN, el que como Anexo, forma parte de la presente Ley.-

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-


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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil tres.-