Emmanuel Moreta

En el transcurso de la mañana la diputada Fernanda Paredes otorgó formalmente el texto oficial de la Ley  sobre la adhesión a la Ley Nacional Nº 27.197, de Lucha contra el Sedentarismo y creación del Consejo Provincial de Lucha contra el Sedentarismo presidido por el ministro de Salud.

La entrega fue realizada en el Hall Central del edificio legislativo. Recibió la normativa impresa una comitiva del Ministerio de Salud Pública integrada por la titular de la Dirección de Programas de Salud, Teresa Laciar; la jefa de la División de Nutrición, Érica García; y la referente del Programa de Actividad Física, Cecilia Pérez, acompañada por un equipo de profesores de Educación Física.

La presente ley fue aprobada en la Décima Sesión llevada a cabo el pasado jueves 19 de agosto. Fue una iniciativa impulsada a través de dos proyectos presentados por las parlamentarias Fernanda Paredes y Florencia Peñaloza.

En su artículo primero, instituye la adhesión de la provincia a lo establecido por la Ley Nº 27.197, que promueve la salud mediante la actividad física, con una mirada holística, en el marco de las políticas públicas sobre prevención y control de enfermedades crónicas no transmisibles y de todas otras aquellas que ayuden al bienestar total de la persona.

Por otro lado, en el artículo segundo instaura: “Créase el Consejo Provincial de Lucha contra el Sedentarismo, presidido por el ministro de Saludo quien este designe integrado por un (1) representante de cada uno de los siguientes organismos:

a) Ministerio de Desarrollo Humano y Promoción Social.

b) Ministerio de Educación.

c) Secretaría de Deportes.

d) Colegio Médico de San Juan.

 e) Escuela Universitaria de Ciencias de la Salud de la U.N.S.J.

f) Instituto Superior de Educación Física.

g) Organizaciones de la sociedad civil que nucleen a personas que padecen enfermedades crónicas no transmisibles.

 La pertenencia y participación de los integrantes del consejo es ad honórem.”

Cabe recordar que durante la asamblea legislativa, las diputadas autoras del proyecto argumentaron que “establece como deber a la consecución de acciones para ayudar a la población a llevar una vida saludable mediante la actividad física, desalentar las conductas sedentarias que constituyen un riesgo para la salud integral. Para ello se prioriza el aseguramiento del acceso y difusión de los objetivos de la Ley nacional en el ámbito escolar y laboral”

Además, hicieron referencia a algunos estudios que indican que “es necesario en adultos al menos 30 minutos de actividad física moderada de tipo aeróbica la mayor parte de los días (en lo posible todos), y al menos dos días a la semana de actividades de fortalecimiento muscular. En niños y adolescentes se consideran necesarios 60 minutos diarios de actividad estimulando un correcto crecimiento y desarrollo. Teniendo en cuenta las dinámicas laborales y de ocio en la actualidad es importante no permanecer demasiado tiempo sentado. Así, se considera que por cada hora que se está sentado, se debería realizar una pausa activa de cinco minutos. Esta puede consistir simplemente en pararse y caminar lentamente. Cuando esto último falta se puede decir que se lleva una vida sedentaria. La falta de ejercicio físico y una vida sedentaria está asociada con una serie de enfermedades crónicas no hereditarias, como las cardiovasculares, la obesidad, la diabetes, entre otras. Para prevenirlas y tratarlas resulta necesario generar consciencia sobre la importancia de la actividad física y los perjuicios de una vida sedentaria”.

Por último, enfatizaron en la importancia de abordar esta problemática desde un compromiso interministerial fundamento regido en el artículo Nº 2 de Ley.

 

  • 2021-08-25 Entrega de la Ley de la Lucha Contra el Sedentarismo