Mario Contreras

Por tercera vez consecutiva, la sala de Vicegobernadores de la Legislatura provincial fue sede para que los senadores Rubén Uñac y Roberto Basualdo, participaran durante la tarde del jueves 4 de junio de una nueva sesión en forma remota de la Cámara Alta del Congreso de la Nación. La reunión fue conducida en forma simultánea por la vicepresidente y titular del Senado, Cristina Fernández de Kirchner y, la presidente provisional del Senado, Claudia Ledesma Abdala de Zamora. En la ocasión, aprobaron diez Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) pero no lograron el tratamiento sobre tablas de dos proyectos de Ley referidos al contrato de alquiler y educación a distancia, porque no alcanzaron las dos terceras partes de los votos a favor. 

Al comienzo de la tercera sesión virtual, la primera votación que se efectuó fue para habilitar o no, con los dos tercios, el tratamiento sobre tablas de iniciativas relacionadas a la regularización de los contratos de alquiler y otra para dar un marco legal a la educación a distancia, los cuales tienen media sanción de la Cámara de Diputados de la Nación.

Después de media hora de proceso de votación, con 42 votos a favor y 29 en contra, el grueso de la oposición impidió el debate de los proyectos de Ley antes mencionados y procedieron a abandonar la sesión con el argumento de que el bloque oficialista buscaba tratar asuntos que no correspondían a leyes vinculadas con la emergencia sanitaria. Los únicos opositores que acompañaron al Frente de Todos fueron la misionera Magdalena Solari Quintana y el rionegrino Alberto Weretilneck.

Luego del bloqueo a esas iniciativas, la sesión arrancó con el debate en conjunto de cuatro decretos y seis DNU firmados por Alberto Fernández; y dos DNU de los años 2015 y 2017, emitidos durante el gobierno de Cambiemos.

Los decretos aprobados que llevan la firma de Alberto Fernández, son el Nº 408/20 y el 459/20 que prorrogan el aislamiento social, preventivo y obligatorio; el 409/20, referido al cierre de fronteras; el 426/20 que impide la posibilidad de suspender el servicio prepago de telefonía móvil o internet por falta de abono; y el 457/20, criticado por la oposición ya que propone modificar el presupuesto general de la Administración Nacional para el ejercicio 2020.

También dieron acuerdo a los decretos Nº 391 y 404/20 sobre reestructuración de títulos públicos emitidos bajo legislación extranjera; el  Nº 52/19 que dispone la intervención de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI); el Nº 487/20 que prohíbe los despidos; y el  Nº 488/20, que establece un valor fijo para la comercialización del petróleo crudo para refinerías locales hasta el 31 de diciembre próximo.

Los dos decretos correspondientes a la gestión macrista, anulados hoy por el oficialismo y que pasarán a la Cámara Baja para su anulación definitiva, son el decreto Nº 256/15, que transfirió el Departamento de Interceptación y Captación de las Comunicaciones de la órbita de la Procuración General -entonces encabezada por Alejandra Gils Carbó- a la Corte Suprema de Justicia; y el decreto Nº 102/17, que puso a cargo del Poder Judicial la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado, en cabeza de los camaristas Martín Irurzun y Javier Leal de Ibarra.

Educación a distancia

El primer punto del temario que no pudo ser tratado fue la iniciativa que modifica el artículo Nº 109º de la Ley de Educación Nacional Nº 26.944, con el fin de darle un marco a la “excepcionalidad a distancia” transitoria para todos los niveles de educación, en el marco del aislamiento “social, preventivo y obligatorio” por la pandemia de coronavirus.

El proyecto, que cuenta con media sanción de Diputados, plantea que esta modalidad se usará cuando la escolaridad presencial sea inviable, en caso de epidemias, pandemias, catástrofes o razones de fuerza mayor que impidan la concurrencia a los establecimientos educativos.

Además, dispone que tendrán que adoptarse disposiciones para la reorganización pedagógica e institucional del régimen académico y de la capacitación docente. Asimismo, deberá atenderse la provisión de recursos tecnológicos y conectividad que promuevan la igualdad educativa con condiciones de calidad y la adopción de condiciones de salud y seguridad en el trabajo.

Regulación de contratos de alquileres

El segundo punto del orden del día sin poder ser tratado por no lograr los dos tercios de la Cámara, fue el proyecto -con media sanción de la Cámara baja- que modifica el Código Civil y Comercial de la Nación con el fin de regular los contratos de alquiler.

Como puntos centrales, la iniciativa extiende la duración del plazo del alquiler de dos a tres años y establece un mecanismo de actualización anual de los montos, en base a una combinación entre el índice de inflación y el de salarios (RIPTE).

También indica que la inscripción de los contratos deberá realizarse a través de la AFIP; amplía el menú de garantías que el inquilino podrá presentar al empleador (garantía propietaria, seguro de caución, aval bancario, recibo de sueldo o certificación de ingresos); y establece que las expensas extraordinarias quedarán a cargo del propietario y que los gastos por intermediación de un corredor inmobiliario también dejarán de estar a cargo del locatario.

  

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