El Digesto Jurídico, como expresión del ordenamiento legislativo, es uno de los pilares donde se apoya la democratización de la información jurídica y al mismo tiempo la absoluta necesidad de que los Estados democráticos afronten, a través de sus Poderes, la trascendente tarea de mantener sus sistemas normativos en equilibrio, libres de contaminación legislativa, accesibles y conocibles por todos sus ciudadanos.
Nuestra provincia pretende demostrar el grado de madurez democrática alcanzado con el devenir del tiempo, el que permite hacer frente a los desafíos propios de un mundo informatizado y globalizado, posicionándonos junto al escueto grupo de provincias que han podido alcanzar con éxito este desafío de conocer ordenadamente y con certeza su legislación vigente.
Con motivo de la Ley N° 8277, se estableció y tuteló el Digesto Jurídico de la Provincia de San Juan, entendiendo como tal el ordenamiento, actualización y publicidad de toda la legislación provincial, delimitando como objetivo el fijar los principios y procedimientos para contar con un régimen de consolidación de toda la legislación provincial, a través de la elaboración y aprobación del Digesto Jurídico Provincial.
En cumplimiento de lo establecido por la norma citada, se creó una Comisión Ad-Hoc interdisciplinaria cocoordinada por el Dr. Gustavo Arturo Velert y la Dra. Ana Graciela Doña.
Igualmente el Sr. Luis Segundo Varese, quien ha dedicado con pasión y empeño largos años de su vida a la recopilación ordenada de las normas provinciales, por su experiencia y conocimiento, fue designado como Asesor y Coordinador “Ad Honorem” del Digesto Jurídico de la Provincia.
Antecedentes Históricos
Hegel decía que: "Suspender las leyes en alto -como hizo el tirano Dionisio- o esconderlas en los meandros de doctos libros o colecciones de decisiones discordantes, y además, en un lenguaje extraño para que el conocimiento del derecho sea asequible sólo a aquellos que están adoctrinados en él, es un único y el mismo error".
La palabra digesto viene del latín "digestium", "digerere" y refiere a ordenar, distribuir. Así, el Digesto Jurídico es un producto que reúne, ordena y sistematiza la normativa existente posibilitando un mejor conocimiento del universo legal, cuestión de trascendental importancia.
Su origen se remonta al año 530 d.C., época en que el emperador bizantino Justiniano I ordenara la compilación y codificación de las obras jurídicas de los jurisconsultos romanos. El primer Digesto, codificado por Triboniano entre el 530 y 533 d.C. se conoce con el nombre de Digesta sive Pandecta iuris y es considerado como la recopilación jurídica más importante del mundo. Tiene el valor de haber permitido la conservación de la doctrina jurídica clásica, sirviendo de nexo con el derecho moderno, a través de las constantes citaciones y referencias, como precedente y justificante de doctrinas y opiniones en la legislación moderna. El objetivo histórico de esta compilación, estaba orientado, según la ambición de Justiniano, a la restauración del antiguo Imperio Romano, permitiendo rescatar su tradición jurídica y, al mismo tiempo, a la imposición de un conjunto de leyes uniforme sobre todo el vasto territorio de su imperio.
Antecedentes Nacional e Interprovincial
En nuestro país y como consecuencia de la ley N° 24.967, sancionada en mayo de 1998, se desarrolló el Proyecto Digesto Jurídico Argentino el que como consecuencia de la magnitud e importancia de la tarea aún no ha llegado a su fin. Téngase presente que han transcurrido más de 14 años y el mismo no ha culminado en la esperada Ley de Consolidación.
Sin embargo y conforme a las constancias del trabajo final de revisión resultaron vigentes el 15% aproximadamente de las normas legales sancionadas.
La sanción de la Ley Nacional del Digesto Jurídico Argentino y el desarrollo del Proyecto instaló en la sociedad argentina la idea de la necesidad de dar respuesta a los problemas de los diferentes sistemas normativos que conviven a diferentes niveles.
Así, muchas Provincias argentinas emulando lo que ocurría en la Nación comenzaron procesos de ordenamiento de sus sistemas normativos provinciales. De ellos, todos casos de éxito, citamos los de las Provincias de San Luis, Chubut y de Río Negro, en el sur del país, y el de la provincia de Misiones en el noreste.-
Antecedentes Provinciales
La tarea desempeñada en el orden nacional e interprovincial no resulta una idea original ni ajena a las buenas intenciones puestas de manifiesto en nuestra provincia por Legislaturas anteriores. Entonces, los resultados tuvieron idéntico fin, intentos fallidos de recopilación de normas y elaboración de textos ordenados.-
El 02 de octubre de 1934 se sancionó en nuestra provincia la Ley Nº 580, disponiendo la recopilación de las constituciones y leyes de la Provincia desde el año 1856 hasta la fecha de sanción de la misma (02 de octubre de 1934) y los respectivos decretos reglamentarios que se hubieren dictado, con nota marginal de las que hubieren sido derogadas, llevando como prólogo la Carta de Mayo.-
Se delegó en el Poder Ejecutivo la designación del personal competente, debiendo editarse oficialmente el trabajo por la Imprenta del Estado y demás detalles. En razón de ello, fue emitido el decreto Nº 130-G-1934, designando los miembros de la Comisión, pero ésta nunca llegó a concretarse, quedando trunco tal intento.
Asimismo, en septiembre de 1989, se sancionó la Ley Nº 5987, por la cual se encargó al Poder Ejecutivo la elaboración de una recopilación normativa y la consecuente confección de sus respectivos textos ordenados, procurando el agrupamiento por materias. Tarea que nunca se llevó adelante.
Importancia del Digesto Jurídico Provincial
El Digesto Jurídico, como expresión del ordenamiento legislativo, es uno de los pilares donde se apoya la democratización de la información jurídica y al mismo tiempo la absoluta necesidad de que los Estados democráticos afronten, a través de sus Poderes, la trascendente tarea de mantener sus sistemas normativos en equilibrio, libres de contaminación legislativa, accesibles y conocibles por todos sus ciudadanos.
Bien decía Justo José de Urquiza, hace ya más de un siglo y medio atrás, que “ni la paz puede ser duradera ni la libertad práctica sin buenas leyes, tanto en el orden civil, como en el político".
Ciertamente la legislación, con el correr de los años, y sin un método efectivo de ordenamiento e indexación, se ha ido tornando cada vez más compleja, multiplicándose enormemente, resultando que la sucesión temporal haga cada vez más difícil su conocimiento no sólo por quienes deben cumplirlas, sino también por aquellos que deben hacerlas cumplir.
Los principales problemas que afectan a nuestro sistema jurídico son patologías que se repiten en todos los sistemas provinciales. Son, por una parte, la proliferación de la legislación y la pérdida de certeza originada por la inseguridad acerca de cuál es el derecho en vigor y por la otra, la carencia de una precisa y uniforme técnica legislativa. La omisión de una adecuada reglamentación al respecto, experimentada durante más de cien años, ha dado por resultado un sistema de legislación totalmente anárquico. Resulta por ello sumamente necesario prever acciones tendientes a mantener el orden legislativo, adecuando los procesos de sanción de normas a técnicas legislativas adecuadas, a fin de no incurrir en similares errores advertidos.
En nuestra provincia se ha verificado el crecimiento sin pausa del número de textos normativos. Toda esta carga de leyes, algunas obsoletas, entran en un camino desordenado y de grandes baches confrontados no sólo con la realidad social, sino también con el capital humano que las administra, dirige, usa y sobrepone en determinados procesos administrativos y judiciales.
Sin embargo, a esta visión cuantitativa, debemos sumarle un problema sustancial de efectos cualitativos negativos, a decir: fragmentación de la normativa, antinomias, ambigüedades, redundancias, estratificaciones, abrogaciones innominadas, etc. Este desorden entre leyes aprobadas y en vigencia y las obsoletas y derogadas, provoca una dinámica de aprobación y promulgación excesiva, induciendo a choques entre varias normas jurídicas, lo que genera ineficacia legal, distorsiona el sistema jurídico actual y nos lleva a un probable estado de inseguridad jurídica.
Es difícil sostener la existencia de un Estado de Derecho en sociedades en las cuales sus ciudadanos y habitantes no pueden acceder a un verdadero conocimiento de las normas jurídicas que regulan sus vidas y derechos.
La culminación del Digesto Jurídico y la implementación de técnicas de legislación brindan seguridad para el trabajo legislativo y al mismo tiempo a todas aquellas personas que se relacionen con él, ya sea por su actividad pública o privada. Tanto para los profesionales del derecho como para el ciudadano común se facilita la consulta sobre las leyes existentes en determinada materia de educación, cultura, medio ambiente u otro tema de su interés, pudiendo acceder a ellas de una manera ordenada, fácil y accesible.
El Digesto Jurídico constituye así una suerte de garantía, ya que cuando alguien decide encarar una determinada iniciativa sobre un aspecto que quiere desarrollar, ya sea modificar una ley o proponer un nuevo proyecto, tiene la certeza respecto de la legislación vigente referente al tema en cuestión.
Con este proyecto se recopilló, ordenó, analizará, consolidó y sistematizó por materia, objeto y por sujeto emisor el universo jurídico de la Provincia.