Facundo Ribeyrolles

La Cámara de Diputados de San Juan celebró este jueves la Novena Sesión del período ordinario, en cuyo transcurso aprobó una iniciativa de ley, autoría de la legisladora Fernanda Paredes, por la que la provincia adhiere a la Ley Nacional N° 27.709 denominada Lucio Dupuy  (en memoria del niño asesinado), por el que establece en la provincia el Plan Federal de Capacitación de carácter continuo, permanente y obligatorio para la protección de los Derechos de la Infancia y Prevención Contra las Violencias de los Niños, Niñas y Adolescentes.,

Por otro lado, aprobó cuatro proyectos de Ley que declararon como bienes integrantes del Patrimonio Cultural al “Museo Provincial de Bellas Artes Franklin Rawson- Ex Casino Provincial”; el “Banco de Germoplasma Nacional de Olivo; la tumba donde yace Don Eusebio de Jesús Dojorti "Buenaventura Luna" y, por último, el edificio Legislativo.

Asimismo, el cuerpo Legislativo otorgó acuerdo a un proyecto de Ley que dispone la donación de un inmueble, ubicado en Santa Lucía, a favor de la entidad denominada "Asociación Civil Club Atlético Minero".

También, la Legislatura modificó las leyes Nº 1851-O Código Procesal Penal; la N° 1993-O Sistema Procesal Penal de la provincia; y la Nº 941-R - Código de Faltas de la provincia.

Además, el cuerpo parlamentario aprobó las renuncias de los titulares a los cargos de vicepresidente y de vocal del Tribunal de Cuentas de la provincia.

La sesión fue conducida en forma alternada por el vicegobernador Roberto Gattoni y el vicepresidente primero de la Legislatura, diputado Eduardo Cabello. Acompañaron los secretarios Legislativo, Nicolás Alvo; y Administrativo, Roberto Iglesias.

Adhesión a la Ley Nacional denominada Lucio Dupuy

Por iniciativa de la diputada Fernanda Paredes, la Legislatura adhirió a la ley Nacional denominada "Lucio Dupuy", que dispara la creación de una serie de mecanismos y herramientas para la protección de los Derechos de la Infancia y Prevención Contra la Violencia de los Niños, Niñas y Adolescentes.

Durante la presentación, la legisladora Fernanda Paredes recordó “el pasado 13 de abril de 2023, el Congreso de la Nación sancionó la Ley Lucio, basada en el caso de Infanticidio que se cometió en la provincia de Neuquén.

La víctima Lucio Dupuy murió el 26 de noviembre de 2021, como consecuencia de un "edema cerebral con enclavamiento, asociado a múltiples golpes violentos". Según la investigación judicial, el niño de cinco años había sido víctima de "una modalidad abusiva crónica" durante los meses anteriores, por las que habría sufrido múltiples lesiones. Por esos hechos, el 17 de febrero de 2023, la justicia argentina condenó a prisión perpetua a Magdalena Espósito Valenti, madre de Lucio Dupuy, por el homicidio triplemente calificado de su hijo; y a Abigail Páez, pareja de la mujer, de homicidio doblemente calificado del menor y también de abuso sexual con objeto fálico”.

Seguidamente, Fernanda Paredes señaló que “la norma sancionada, dispone la capacitación con carácter continuo, permanente y obligatorio, en derechos de las infancias y violencias contra los niños, niñas y adolescentes para todos aquellos que ejercen la función pública en el Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Dicha capacitación, es acompañada de otras herramientas que contribuyen a reforzar lo normado por la Ley 26.061 de "Protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes".

Las herramientas son:

  • La implementación de un protocolo de actuación de las fuerzas de seguridad, organismos de la niñez y jueces con competencia en familia, a elaborar en forma conjunta por los órganos Ejecutivo y Judicial.
  • La realización, por parte del Estado, de campañas de concientización en forma semestral.
  • La implementación obligatoria de la Línea 102 , de atención gratuita.
  • La reserva de identidad de aquellas personas, que con conocimiento de alguna situación de maltrato infantil, realizan la denuncia”.

“En consecuencia, ante estas situaciones de violencia familiar, acoso o indiferencia de la que muchos niños, niñas y adolescentes son víctimas cada día, es que el Estado provincial aúna esfuerzos con el Estado nacional, consagrando mecanismos legales de protección de las infancias. Es muy importante involucrar a todos los sectores, y que todas las fuerzas políticas puedan correrse de lo partidario y puedan reflexionar, repensar el sistema de protección y promoción de los derechos. La autoridad de aplicación será el Ministerio de Desarrollo Humano y Promoción Social, a través de la Dirección de la Niñez, Adolescencia y Familia y se invita a los municipios a adherir”, informó la diputada.

Luego, hizo hincapié en la obligatoriedad de la normativa y sostuvo que "la autoridad de aplicación está haciendo una campaña fuerte de concientización. Lo que se busca con esto es desnaturalizar los maltratos; también visibilizar la violencia hacia la infancia, hay que hacer llegar la campaña a través de las redes sociales, medios de comunicación, entidades públicas con la finalidad de promover y defender los derechos y garantías y el buen trato. Tenemos que aprender a escuchar a los niños, niñas y adolescentes. Tenemos que empatizar y escucharlos".  También señaló la importancia de tener estadísticas de los casos y acceso a los datos, como así también el compromiso de denunciar un hecho de violencia y no ser cómplice y que haya una protección al denunciante.

En la ocasión, realizaron sus aportes y manifestaron su apoyo a la normativa las legisladoras Nancy Picón, Graciela Seva, Florencia Peñaloza y los diputados Andrés Chanampa y Horacio Quiroga

Durante el tratamiento de este tema estuvieron presentes las referentes Sandra Castro y Emilia Palacios, de la Asociación Civil “Papás en Lucha”.

Declararon bien del Patrimonio Cultural a tres monumentos

Durante el desarrollo de la Décima Sesión, la Cámara de diputados declaró a tres monumentos como Bienes integrantes del Patrimonio Cultural:

Museo de Bellas Artes Franklin Rawson

En primer lugar, la Legislatura declaró Bien integrante del Patrimonio Cultural de la Provincia, dentro de los alcances de la Ley Provincial N° 571-F al 'Museo Provincial de Bellas Artes Franklin Rawson- Ex Casino Provincial" ubicado en Avenida Libertador General San Martin 902, Oeste, Capital, provincia de San Juan designándolo como Monumento Histórico y Artístico en los términos del artículo 4°, inciso A) apartado 2.

La diputada Mariela Limerutti fue la encargada de brindar los argumentos de este punto del orden del día. Durante su discurso, explicó que “esta designación del Museo en los términos descriptos obedece principalmente al valor histórico, cultural, socio económico que el mismo representa para nuestra provincia. El edificio fue construido en el año 1964, bajo el diseño minucioso del arquitecto rosarino Carlos Arias Sanz, quien fuera convocado por el Consejo de Reconstrucción en 1948, por cuanto en aquella época en la provincia se experimentaba el post terremoto de 1944 y comenzaron a aparecer nuevas necesidades sociales, entre las cuales estaba contar con un casino. Así fue que el edificio está originalmente diseñado para cumplir aquella función. Durante 20 años las salas permanecieron como tal hasta que el juego de ruletas fue perdiendo significado para la sociedad sanjuanina, sumado a ello que el Hotel de Turismo que funcionaba en la actual legislatura pasó a ser residencia estudiantil. El Casino como siempre fue reconocido está instalado en la sociedad y en la memoria colectiva de los sanjuaninos, representando para muchas generaciones el símbolo de una noche diferente, del show de moda en la época, de diversión y recreación, y hoy ese símbolo se ha transformado en un elemento cultural. El Casino se ubicaba entre los edificios que formaban el "Nodo Recreativo" siendo no solamente un referente urbano sino además un icono de la recreación y de esparcimiento que muchas generaciones de sanjuaninos disfrutaron”.

Seguidamente, enfatizó “hoy se ha convertido en nuestro Museo que con su programa de adquisiciones ha incorporado obras de artistas de destacada trayectoria y de piezas que representan un aporte al crecimiento cultural de la provincia con más de 1500 obras. El 14 de noviembre de 1934 se creó la primera Comisión de Bellas Artes situándose a lo largo de la historia en diferentes lugares tales como la Casa Italia, el Circulo de Periodistas, la Casa España entre otros. El Museo Provincial de Bellas Artes Franklin Rawson fue inaugurado oficialmente en su primera sede de calle Rivadavia entre Salta y España el 26 de noviembre de 1936, luego del terremoto del 44 se trasladó a locaciones de privados alquiladas. Más tarde, en 1955 fue trasladado a un sector de la Escuela Superior Sarmiento. En 1970 al sótano del Auditorio, para luego en 1980 mudarse al edificio de la escuela Normal San Martín donde permanecería por 30 años, hasta que el sueño del edificio propio se cumplió el 13 de octubre de 2011, en el original edificio del ex casino que reúne arquitectónicamente el pasado, el presente y el futuro de una nueva construcción, representando culturalmente realizando acontecimientos culturales y sociales que identifican a la provincia, ofreciendo a los ciudadanos una de las colecciones de arte más importantes del país”.

Por último, señaló que “reviste claros valores económicos, funcionales, educativos, sociales y hasta políticos. Representa un elemento auténtico desde la mano de obra original, en los materiales originales y el del diseño”.

Banco de Germoplasma Nacional de Olivo

Asimismo, la Legislatura declaró bien integrante del Patrimonio Cultural de la provincia al Banco de Germoplasma Nacional de Olivo ubicado en las calles Sarmiento y San Juan del departamento San Martín de la provincia de San Juan, designándolo como "Patrimonio Científico" en los términos del artículo 4°, inciso "C" apartado 5 de la mencionada Ley.

En la ocasión, habló el diputado José Luis Esteve quien recordó que “en los años cuarenta del siglo XX, se desarrollaron las denominadas "Juntas Reguladoras" creadas con el fin de combatir la sobreproducción y la baja rentabilidad de los productos agropecuarios. En San Juan se formó la Junta Reguladora de Vinos que implementó una serie de medidas restrictivas a la producción de uva y de vino cuyo objetivo era solucionar el problema de la disminución de la demanda a partir de la regulación de la producción. A fines de 1930 y principios de 1940, se implementó la Ley Nacional de Fomento de la Olivicultura, que conllevó a la organización de la Corporación Nacional de Olivicultura. En este contexto, en la provincia surgió la Colección de Olivo Dante Floreal Mársico' creado por la Corporación Nacional de Olivicultura. La misma, enmarcada dentro de la Red Nacional de Ensayos Experimentales de Variedades, tenía como objetivo fundamental realizar tareas de experimentación e investigación tendientes a analizar la aptitud ecológica-económica de las distintas zonas olivícolas, para determinar la ampliación o limitación de la superficie de cultivo a nivel nacional”.

Seguidamente, agregó que “los olivos de la Colección de Olivo 'Dante Floreal Mársico' llevan implantados en la provincia casi un siglo y, al haber logrado un vínculo sumamente estrecho con el territorio, constituyen un verdadero legado para San Juan. Este grupo de valores está relacionado con los lazos emocionales de la sociedad hacia objetos y sitios específicos. En este caso particular, de los olivos y sus productos derivados, puede mencionarse que a través de los años la comunidad sanjuanina ha desarrollo una fuerte apropiación del olivo como un bien conformante de su identidad local. Esto es visible en los numerosos eventos provinciales, nacionales e internacionales en los que la población sanjuanina ha participado promocionando productos regionales derivados del olivo, como aceites, aceitunas, diversos alimentos procesados e incluso artículos cosméticos y medicinales. También debe destacarse que la provincia cuenta con un circuito turístico temático denominado "Ruta del olivo". El mismo permite recorrer el sector olivícola provincial en toda su extensión, visitando establecimientos olivícolas que abren sus puertas para dar a conocer cómo se realiza el-riego por goteo, la poda, el cultivo de la oliva y los procesos industriales que posibilitan la elaboración de los productos derivados”.

“En este sentido, la Colección de Olivo 'Dante Floreal Mársico' del INTA- EEA San Juan — Campo Anexo San Martín reviste un grandísimo valor en cuanto a su originalidad representatividad o singularidad. Fue creada por la Corporación Nacional de Olivicultura durante el año 1944 y los olivos que conforman esta colección constituyen un verdadero legado para la provincia de San Juan ya que, durante el largo tiempo que llevan implantados, han logrado un vínculo sumamente estrecho con el territorio. Por otro lado, debe señalarse que, con el transcurso de los años, han desaparecido prácticamente todas las colecciones nacionales creadas en la misma época por la Corporación Nacional de Olivicultura, por lo que este bien significa un testimonio único y un valioso patrimonio natural, histórico y cultural tanto a nivel provincial como nacional”, explicó el legislador.

Luego, agregó “desde una valoración educativa de la declaratoria propuesta incluye tanto su potencial para el turismo cultural, como la concienciación sobre la cultura y la historia que promueve al integrar los bienes históricos con el presente. El potencial para el turismo cultural de la Colección de Olivo Dante Floreal Mársico, encuentra un sólido fundamento al ser un exponente único del pionero trabajo de promoción e investigación de la actividad olivícola emprendido por el Estado Nacional. Por eso mismo, puede aseverase que también contribuye de manera significativa a la concienciación sobre la cultura y la historia. Además, el valor social de un bien patrimonial se vincula con las actividades sociales tradicionales y con los usos actualmente compatibles con las mismas. Incluye también la interacción social de la comunidad con el bien y tiene incidencia en el establecimiento de la identidad socio-cultural. En lo que respecta a la Colección de Olivo Dante Floreal Mársico, el valor social respecto a la relación entre las actividades sociales tradicionales y los usos actuales, consiste en que el bien en cuestión sigue involucrado en actividades similares a las que desempeñaba en el momento de su creación hace ya casi un siglo atrás: tareas de experimentación e investigación tendientes a mejorar el cultivo del olivo en la región. Esto implica una interacción viva con la comunidad, ya que el bien no solo 'tiene un valor económico, cultural y educativo. También cumple una función social actual, en la cual la población sanjuanina tiene un rol activo y, por lo tanto, facilita el establecimiento de la identidad socio-cultural en las nuevas generaciones”.

Tumba de Eusebio Dojorti - “Buenaventura Luna”

Por otra parte, el cuerpo declaró Bien integrante del Patrimonio Cultural de la Provincia, a la tumba donde yace Don Eusebio de Jesús Dojorti "Buenaventura Luna" ubicada en el cementerio de la localidad de Huaco (sobre la Ruta Nacional N° 40 que a su vez conecta con la Ruta Provincial N° 150), departamento Jáchal, designándolo como "Solar Histórico" en los términos del artículo 4°, inciso "B" apartado 2.

En esta oportunidad, el diputado Jorge Barifusa fue el encargado de fundamentar como miembro informante. Durante su presentación expuso que “tiene una valoración innegable de carácter cultural en el que se considera al patrimonio como la base fundamental, tangible e intangible, de la identidad de una comunidad con elementos y valores a través de los cuales socialmente nos reconocemos y somos reconocidos. El desarrollo de la identidad permite generar el sentido de pertenencia entre un determinado grupo social y así diferenciarse de otro. Eusebio del Jesús Dojorti "Buenaventura Luna" es un ejemplo de cómo un pueblo pequeño en su extensión, pero inmensamente grande a los ojos del poeta y músico genera un marcado sentido de identidad del pueblo de Huaco y Jáchal. Dotado además de un reconocido e inconmensurable valor artístico basado en los méritos personales de Buenaventura Luna, conjugado con el paisaje campestre conforman Patrimonio Inmaterial del lugar y los materiales autóctonos utilizados para la representación funeraria”.

Además, destacó que “en valor social se relaciona con patrimonio cultural de un grupo social, país o nación es el conjunto de sitios, objetos, expresiones y p6rIónas que materializan simbólicamente los contenidos ideológicos que mantienen cohesionada a esa colectividad y que le otorgan, por medio de la producción, consumo y resignificación constante de esos sitios, objetos, expresiones y personas, su sentido de identidad cultural y de legitimación política frente a otros grupos sociales. Lo social íntimamente unido a la identidad, en este caso, del pueblo de Huaco que es reconocido y aceptado por la provincia en su totalidad. La activación del valor social va a repercutir directa y positivamente sobre la comunidad de Huaco, sobre su territorio y eventualmente en Jáchal y la provincia, incluso podemos decir que trascenderá los límites provinciales. Es allí donde radica la importancia de la función social del Patrimonio Cultural: Aportar beneficios sociales, culturales, educativos y económicos sobre el territorio y las personas”.

Edificio de la Cámara de Diputados

Y, por último, la Cámara aprobó un proyecto de Ley presentado por el diputado Rubén Carrión a través del cual se declaró al edificio Legislativo como Monumento Histórico Provincial a fin de que el mismo sea parte del Patrimonio Cultural y Natural de la Provincia, conforme a la definición y caracteres previstos por la Ley N° 57I-F en su artículo 4) inciso A) apartado 1).

El diputado Carrión fue el encargado de fundamentar este punto del Orden del Día. En el transcurso de su discurso señaló que “En el marco de conmemorarse el "40° Aniversario de la Democracia Ininterrumpida en la República Argentina con el fin de "promover los valores democráticos, impulsar, concientizar y resaltar la importancia y el significado histórico, político y social que posee la democracia para la Nación, el pueblo argentino y la región", surge el presente proyecto de Ley de declarar al edificio de la Legislatura, el cual fue asignado como sede permanente de la Legislatura sanjuanina después del retorno a la democracia, como Monumento Histórico Provincial. Y es que el entrañable edificio de la Legislatura Provincial no solo representa parte de la historia democrática de los sanjuaninos, sino que producto de su arquitectura única y sus hermosos jardines ha sido un punto turístico de nuestra provincia sumamente importante. Todo ello es fruto 'de la creación y expresión cultural de artistas extranjeros que tuvieron paso por nuestra provincia y nos obsequiaron su talento a través de sus obras. Así sucede con el arquitecto italiano Ernesto Puppo, quien diseñó el edificio de la actual legislatura dentro de un programa de gobierno justicialista, en el marco del denominado Primer Plan Quinquenal, formando parte de una red nacional de edificios hoteleros destinados a fomentar el turismo interno y particularmente el turismo social de la época, concepto prácticamente inédito para el año 1949, año en que se proyectó”.

“En el mismo sentido, podemos mencionar al destacado escultor uruguayo Miguel Ángel Sugo, quien realizó la obra artística de relieve en la fachada exterior suroeste del volumen esquinero del edificio, único en su diseño y estilo, el cual cuenta con 53 piezas de material terracota de color natural, tiene un tamaño de 9.70 metros de alto por 5 metros de ancho y manifiesta tres momentos históricos y de gran importancia para la provincia de San Juan como son su fundación; el terremoto del año 1944 y su posterior reconstrucción”, agregó el legislador.

Posteriormente, sostuvo que “la construcción de este emblemático edificio comenzó en el año 1952, por ese entonces sería llamado Hotel de Turismo "Parque de Mayo" y luego del fallecimiento de Evita nombrado Hotel de Turismo "Eva Perón," nombre que, durante el periodo del Golpe de Estado iniciado en 1955, se hallaría proscripto. Desde entonces, producto del retraso en materia de Turismo, el edificio fue destinado como "Residencia de Maestros Sanjuaninos" denominándolo "Domingo F. Sarmiento", en un intento vano de borrar su historia e identidad. Posteriormente, el mismo fue utilizado como residencia universitaria y sede sanjuanina de la Universidad Nacional de Cuyo hasta la década del 60, donde se reacondicionaría como Hotel, tomando la concesión la empresa hotelera Sussex. Paralelamente, la Legislatura de San Juan venía funcionando en el edificio del Estadio de Parque de Mayo desde 1946. Con el Golpe de Estado de 1977 la misma cerró y sus funciones fueron arrogadas a los gobiernos de facto. Paradójicamente el edificio fue utilizado en su lugar, como centro de Detención Clandestino”.

Seguidamente, agregó que “la vida histórica de este edificio va encontrar su momento culmine a mediados del año 1983 con el retorno de la democracia, cuando comienza a reacondicionarse y es destinado a la Legislatura Provincial para albergar el cuerpo Legislativo que hasta la fecha no había tenido una sede propia. Finalmente, el 24 de noviembre de 1984, se dejó inaugurada la Legislatura Provincial, sede del Poder Legislativo del Gobierno de San Juan, donde funciona en la actualidad. En este sentido, y para finalizar, también es importante destacar que el edificio de la Legislatura se encuentra ubicado en la zona del país sujeta a mayor amenaza sísmica conocida. Por este motivo, el edificio se construyó siguiendo los lineamientos del Código de Edificación de San Juan (CESJ), y luego en la etapa de su reacondicionamiento también se consolida mediante las técnicas convencionales del momento. Sin embargo, era necesario rehabilitar las alas norte y sur del edificio para que cumplan con la nueva reglamentación IMPRES-CIRSOC 103. De ahí, el trabajo que se viene llevando a cabo para la Consolidación del edificio con un sistema de aislamiento sísmico basal en base a la tipología de péndulo friccional. Este sistema, se implementa actualmente desde el subsuelo de la edificación y altera mínimamente el aspecto final del edificio logrando que la capacidad sísmica del edificio original sea más que suficiente para soportar sismos sustancialmente mayores a los que ya ha sobrevivido, compatibles con la demanda sísmica establecida en la norma INPRES-CIRSOC 103 pero, sin sufrir daño alguno tanto el edificio como su contenido. Es decir, que este proyecto de consolidación formará parte de la conservación y preservación del Patrimonio Provincial. De esta forma vemos como el actual edifico de la Cámara de Diputados de la Provincia de San Juan no solo es interprete y representación de cultura sino que es parte de la historia y el presente de todos y cada uno de los sanjuaninos, este edifico es expresión de la democracia lograda en nuestro país y en nuestra provincia, es el ámbito de expresión de voluntad y expresión del pueblo de la provincia de San Juan, ya sea manifestando opiniones, criticas, acompañando iniciativas y canalizando peticiones”.

En la oportunidad, también habló el legislador Andrés Chanampa quien destacó la importancia y valor histórico del edificio Legislativo.

Donaron inmueble a la Asociación Club Atlético Minero

Los diputados aprobaron el Mensaje N° 85 y proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que dona un inmueble, ubicado en calle Roque Sáenz Peña sin número, departamento Santa Lucía, perteneciente al dominio privado del Estado Provincial en favor de la entidad denominada "Asociación Civil Club Atlético Minero".

La fundamentación estuvo a cargo del legislador Horacio Quiroga quien destacó que será destinado a construir la sede social por parte de la entidad donataria.

Incorporaron nuevos tipos Penales al Sistema Acusatorio

Posteriormente la legisladora Florencia Peñaloza tuvo la responsabilidad de poner en contexto este proyecto de Ley presentado por el Poder Judicial, que el cuerpo parlamentario aprobó en favor de la modificación de la Ley 1851-O, Código Procesal Penal, de manera tal de incorporar nuevos tipos penales al Sistema Procesal Penal Acusatorio Adversarial.

Al respecto desde la Corte advirtieron necesario y oportuno ampliar los delitos alcanzados por el Sistema Acusatorio Adversarial, atendiendo a la pauta de progresividad establecida en la Ley 1993-O.

En nuestra provincia fue cumplida la implementación progresiva del Sistema Acusatorio, comenzando por los delitos de mayor gravedad y sensibilidad, tal como lo prevé el artículo 3° de la ley 1993-0. En base a esa pauta, se asegura el buen funcionamiento del sistema, afianzando la aprobación ciudadana de la que goza en la actualidad. Por el proyecto que se acompaña, se incorpora al ámbito de aplicación de la Ley 1851-0 la totalidad de los delitos tipificados en la Ley 26.388. Entre ellos, los denominados delitos informáticos, que constituyen modernas formas de criminalidad y representan una tendencia creciente y sostenida en San Juan.

Al respecto, esto resulta una herramienta indispensable en la lucha contra la actividad delictiva que compromete la seguridad de la información de bases de datos públicos o privados, la protección de correspondencia electrónica, la defraudación mediante cualquier técnica de manipulación informática, la ilegal transmisión de datos, imágenes y representación de contenido sexual, que afecte a niños, niñas y adolescentes, grooming, violación de secretos y de la intimidad, entre otros.

Asimismo, se destaca que la ampliación de tipos delictivos que se someten al sistema de la LP 1851-0, requiere de la dotación de recursos humanos, tornando necesaria la creación de cargos al efecto.

El texto del proyecto de Ley quedó redactado así:

“Artículo 1°- Se incorpora al ámbito de aplicación del Código Procesal Penal Ley 1851-0, la investigación y juzgamiento de la totalidad de los Delitos Informáticos y demás tipificados en la Ley 26.388.

Artículo 2° - A los efectos del cumplimiento de lo establecido en esta ley, se crean los siguientes cargos:

Dos (2) cargos de Agente Fiscal cuyos titulares serán designados como Fiscal de Primera Instancia.

Un (1) cargo de Defensor Oficial.

Las respectivas designaciones de los miembros del Ministerio Público serán formalizadas a requerimiento de la Corte de Justicia por pedido del Fiscal General de la Corte.”

En este sentido, formularon aportes y contribuciones los legisladores Edgardo Sancassani y Juan Carlos Gioja en pos de destacar la ineludible y necesaria presencia del Estado, en el abordaje de esta situación.

Modificaron el Sistema Procesal Penal de San Juan

En tanto que la titular de la comisión de Justicia y Seguridad, diputada Celina Ramella, ofreció la fundamentación del proyecto de Ley que propició la modificación de la modificación de la Ley N° 1993-O, Sistema Procesal Penal de la provincia de San Juan, impulsada por la Corte de Justicia provincial.

En tal sentido, la referida modificación propone lo siguiente:

Artículo 1° - Se sustituye el artículo 10° de la Ley N° 1993-0, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 10°: Competencia del Colegio de Jueces: Los Magistrados que componen el Colegio de Jueces de la Primera Circunscripción Judicial tienen la competencia que les confieren los Artículos 68°, 71° y 72° de la Ley 1851-0, y las que resultan inherentes conforme las facultades que dicha ley les atribuye.

El Colegio de Jueces de la Segunda Circunscripción Judicial posee idéntica competencia, salvo la inherente al juzgamiento de los delitos dolosos, cuando el fiscal, en oportunidad de formular el requerimiento acusatorio, pretende una pena privativa de libertad de más de diez (10) años, en cuyo supuesto intervendrá el Colegio de Jueces de la Primera Circunscripción.

Los Magistrados que componen el Colegio de Jueces de la Segunda Circunscripción Judicial tienen la competencia que establece el artículo 73° de la Ley 1851-0. Asimismo, son competentes para entender en la aplicación del procedimiento de Juicio Abreviado previsto en el Art. 413, ss y cc. de la LP 1851- O, siempre que el acuerdo sobre la pena no supere los diez (10) años de prisión. En tal caso, la competencia corresponde al Colegio de Jueces de la Primera Circunscripción Judicial.

Modificación al Código de Faltas de la provincia

A instancias del legislador Edgardo Sancassani, el cuerpo resolvió aprobar un proyecto de Ley que establece la modificación del artículo 19º de la Ley 941-R - Código de Faltas de la provincia de San Juan.

Sobre el particular, el artículo 19°, quedó redactado de la siguiente forma:

Artículo 19° - Multa – Jus - La pena de multa obligará al contraventor a pagar una suma de dinero. La unidad para determinar la cuantía de la multa es el Jus (1J) equivale a veinte unidades tributarias (20 U.T.). En las infracciones que no se fijaren un mínimo, éste nunca será inferior a diez Jus (10 J). El valor actualizado de la Unidad Tributaria (U.T.) es de exhibición obligatoria en la sede de cada Juzgado.

Renuncias en el Tribunal de Cuentas

Por unanimidad el cuerpo resolvió aceptar la renuncia a su cargo de vice presidente del Tribunal de Cuentas, Graciela Ester Chaves, quien de esta manera pone un final a su tarea en el organismo.

De idéntica manera ocurrió con la renuncia a su cargo del vocal del Tribunal de Cuentas, Víctor Aldo Molina.

Resoluciones

Por otra parte, los legisladores resolvieron declarar de Interés:

  • Artístico, cultural, social, turístico y educativo al "Festival de Tango San Juan", que tendrá lugar en nuestra provincia del 07 al 11 de diciembre de 2023. (diputada Celina Ramella) y
  • Social, Educativo y Científico las Jornadas del II Congreso Provincial de Seguridad e Higiene en el Trabajo, organizadas por el Instituto Superior de Formación Docente “Sagrado Corazón”, a realizarse los días 1|4 y 15 de noviembre, en el Auditorio Eloy P. Camus. (diputado Gustavo Usín).

 

Por último, el legislador Horacio Quiroga solicitó la palabra para tributar un homenaje por celebrarse el próximo 17 de noviembre, el Día del Militante, fecha que fue tomada como referencia a partir del regreso al país en 1972 de Juan Domingo Perón.

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