Emmanuel Moreta

Durante la reunión de Labor Parlamentaria quedó conformado el temario del Orden del Día de la Segunda Sesión del Período Ordinario 2021, a realizarse este jueves 22 de abril. El encuentro estuvo encabezado por el vicegobernador, Roberto Gattoni.

 

Participó el secretario Legislativo, Nicolás Alvo; los vicepresidentes primero, Eduardo Cabello; segundo, Carlos Platero y alterno, Edgardo Sancassani; y los presidentes de los bloques Justicialista, Juan Carlos Abarca; Producción y Trabajo, Sergio Miodowsky; Bloquista, Andrés Chanampa; San Juan Primero, Enrique Montaño; ConFe Somos San Juan, Florencia Peñaloza; Actuar, Gustavo Usín; Frente Grande- Unidad Ciudadana; Horacio Quiroga; bloque del Este, Andrés Mallea; y bloque Pro- Juntos por el Cambio, Enzo Cornejo.

Plan Nacional Argentina contra el Hambre

El cuerpo legislativo tratará en el recinto el proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo mediante mensaje Nº 162 que propone la aprobación en todas sus partes del Convenio de Ejecución Plan Nacional Argentina Contra el Hambre, suscripto el 10 de diciembre de 2020, entre la Secretaría de Inclusión Social del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y el Ministerio de Desarrollo Humano y Promoción Social de la Provincia de San Juan. El objeto del presente acuerdo consiste en financiar acciones tendientes a garantizar la seguridad alimentaria de personas en condiciones de vulnerabilidad social mediante la entrega de cuarenta y dos mil trescientos siete (42.307) módulos alimentarios, durante un periodo de tres meses.

Innovación tecnológica para la competitividad de los sectores productivos

Luego, deberá considerar el proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje nº 03 que propone ratificar el Convenio Marco de Cooperación y Asistencia, suscripto el 30 de octubre de 2020, entre la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación, representada por su titular Tulio Abel Del Bono y la "Agencia Calidad San Juan SEM", representada en este acto por su presidente, Eduardo D'Anna. La finalidad de este acuerdo consiste en establecer canales de comunicación y colaboración con el objetivo de crear herramientas de fomento de la competitividad en sectores productivos a través de la promoción e innovación tecnológica, en el marco de posibles proyectos y programas de cada una de las partes intervinientes.

En este sentido las partes se comprometen a impulsar un amplio intercambio profesional, a brindarse mutuo apoyo, a integrar grupos de trabajo para realizar acciones de interés común y a poner a disposición conocimientos tecnológicos, económicos y financieros de propiedad de cada una de las partes.

Modernización de la Administración Pública de la Ciudad de San Juan

A continuación, los legisladores abordarán el proyecto de Ley remitido por el  Poder Ejecutivo, mediante mensaje nº 04, que propone aprobar en todas sus partes el Convenio de Colaboración mutua entre el Ministerio de Hacienda y Finanzas y la Municipalidad de la Ciudad de San Juan, suscripto el 22 de octubre de 2020, entre el Ministerio de Hacienda Y Finanzas y la Municipalidad de la Ciudad de San Juan.

El presente acuerdo tiene por objeto esencial la cooperación y vinculación interinstitucional, ejecutando acciones de colaboración para desarrollar eficazmente y con el soporte de las nuevas tecnologías, las tareas que les son propias, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones y competencias, en el marco de la política de Modernización de la Administración Pública Provincial y Municipal, prestándose asistencia material, técnica, instrumental y humana que se requieran.

Cabe señalar que dicha cooperación se fundamente en el hecho de que la Ley N° 1483-A autorizó la utilización de expedientes, documentos, usuarios, notificación, comunicaciones y domicilios electrónicos, constituidos en todo tipo de actuaciones, procedimientos y procesos de cualquier naturaleza, que tramitan ante los Poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial y los Organismos de la Constitución Provincial, con idéntica eficacia jurídica y valor probatorio que sus equivalentes convencionales. Y el Ministerio de Hacienda y Finanzas está facultado, en el marco del inciso 6 del artículo 190 de la Ley N° 1101-A, a entender en lo atinente a la Modernización del estado en todo el ámbito de la Administración Pública Provincial, participando en la gestión de las acciones relacionadas a la tecnología; asimismo, entiende en todo lo relacionado a programas y proyectos vinculados a la Gestión Pública, a efectos de promover calidad, transparencia, eficiencia, eficacia y satisfacción del ciudadano.

Asistencia Financiera del Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional

Además, los parlamentario deberán abordar el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 19, que propone ratificar el convenio de Asistencia Financiera y Adhesión entre el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional  y el Gobierno de la Provincia de San Juan, para suscribir a la suma de 49.973.127 dólares, más sus intereses, para el financiamiento del Proyecto Túnel de Zonda en el marco del Plan Maestro del Corredor Turístico en la Quebrada de Zonda, por el cual se refuncionalizarán y pondrán en valor los recursos naturales de dicha zona.

Incorporación de graduados en áreas de Ciencia y Tecnología

También, deberán debatir si otorgan acuerdo al proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje nº 20, que propone ratificar el Convenio de Subvención y Anexo I, suscripto el 26 de agosto de 2020, entre el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva de la Nación, la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Provincia de San Juan, como beneficiaria del Programa VITEF, y la Universidad Católica de Cuyo en su carácter de Unidad de Vinculación Tecnológica.

La finalidad del presente acuerdo consiste en profundizar y complementar la incorporación de graduados en el desarrollo de tareas de vinculación tecnológica, formulación de proyectos y desarrollo de planes de negocios en las áreas de Ciencia y Tecnología; además impulsar la realización de asesoramiento orientado a la integración de buenas prácticas y conocimiento de instrumentos de transferencia y vinculación tecnológica, tanto a nivel nacional como internacional.

Convenio con el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad

Por otro lado, la Cámara abordará el proyecto de Ley enviado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje nº 24, que establece aprobar el Convenio Marco de Asistencia y Cooperación Recíproca y su Acta Complementaria N° 1, celebrados entre el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, representado por la ministra Elizabeth Victoria Gómez Alcorta, y la Provincia de San Juan, representada por el gobernador Sergio Uñac, suscriptos el 13 de octubre de 2020.

El objeto de este acuerdo consiste en articular acciones tendientes a desarrollar en forma conjunta o en cooperación programas o proyectos en materia de políticas de género, igualdad, diversidad, prevención y atención de situaciones de violencia por razones de género, en función de las capacidades y competencias propias, sin perjuicio de otro tipo de actividades que puedan llevarse a cabo en áreas de mutuo interés.

Asimismo, el Acta Complementaria N° 1 antes mencionado tiene por objeto definir los mecanismos de articulación interinstitucional para la implementación del "Programa de Apoyo y Acompañamiento a Personas e Situación de Riesgo por Violencia por Motivos de Género" (ACOMPAÑAR), creado por el Poder ejecutivo Nacional mediante el Decreto N° 734 de fecha 08 de septiembre de 2020, a fin de promover la autonomía de las mujeres y LGBTI+ que se encuentran en riesgo acreditado por situación de violencia por motivos de género, mediante el otorgamiento de una prestación económica y del fortalecimiento de redes de acompañamiento, destinado a cubrir los gastos esenciales de organización y desarrollo de un proyecto de vida autónomo y libre de violencias.

Cooperación mutua entre la Municipalidad de la Ciudad de San Juan y la Secretaría de Ciencia

Seguidamente, los diputados deberán considerar el proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje nº 28, que propone aprobar en todas sus partes el Convenio Marco de Cooperación, suscripto el 30 de julio de 2020, entre la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación y la Municipalidad de la Ciudad de San Juan.

El presente asunto tiene por finalidad la reciproca asistencia y cooperación en todos aquellos aspectos que tengan relación directa con actividades y fines propios de los organismo, sean de carácter técnicos, social, productivos y de todos aquellos que tengan por objeto el desarrollo organizado y sistemático de sus objetivos.

Convenio entre el Consejo de Enólogos y la Secretaría de Ciencia

Más tarde, abordarán otro proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje nº 29, que propone la ratificación del Convenio Marco de Cooperación, suscripto el 10 de noviembre de 2020, entre la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación del Gobierno de San Juan (SECITI), representada por su titular Tulio Abel Del Bono y el Consejo Profesional de Enólogos de San Juan, representada en este acto por su presidente, Pedro Pelegrina.

La finalidad de este acuerdo consiste en establecer canales de comunicación y colaboración con el objetivo de crear herramientas de fomento de la competitividad en sectores productivos a través de la promoción e innovación tecnológica, en el marco de posibles proyectos y programas de cada una de las partes intervinientes.

Asistencia recíproca entre Jáchal y la Secretaría de Estado de Ciencia

Luego, el cuerpo parlamentario deberá considerar el proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje nº 30, que propone aprobar en todas sus partes el Convenio Marco de Cooperación, suscripto el 22 de septiembre de 2020, entre la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación del Gobierno de San Juan, y la Municipalidad de Jáchal, con la finalidad de brindar reciproca asistencia y cooperación en todos aquellos aspectos que tengan relación directa con actividades y fines propios de los organismos, sean de carácter técnico, social, productivo y de todos aquellos que tengan por objeto el desarrollo organizado y sistemático de sus objetivos.

Incremento en la Pensión de Guerra de Malvinas

Después, deberá definir si otorga acuerdo al proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje nº 41, que propone modificar el artículo 5º de la Ley Provincial N° 615-S, por la cual se establecen disposiciones sobre beneficios a favor de los veteranos de guerra que consisten en incrementar desde abril de 2021 la pensión vitalicia de guerra.

Con la finalidad de atender los requerimientos que surgen de las necesidades de los Veteranos de Guerra de Malvinas y sus familias, y con el objetivo fundamental de atenuar las secuelas provocadas por el conflicto bélico; este asunto pretende otorgar un incremento respecto de la Pensión de Guerra de Malvinas, para que sus beneficiarios comiencen a percibir dicho aumento a partir del mes de abril de 2021

De esta manera, la modificación quedará redactada de la siguiente manera:

"ARTÍCULO 5°.-Concédase a los veteranos de Guerra de Malvinas que cumplan con los requisitos establecidos por esta Ley, conforme las atribuciones previstas en el Artículo 150, Inciso 11) de la Constitución Provincial, una pensión vitalicia equivalente al ciento cuarenta por ciento (140%) de una asignación de la categoría 24 del Escalafón del Empleado Público Provincial, que se denominará Pensión de Guerra de Malvinas, a partir del mes de abril del año 2021, debiendo consignarse en esta forma las solicitudes, recibos y credenciales. Extiéndase el beneficio anteriormente previsto a los causahabientes en caso de fallecimiento del titular, los que deberán acreditar fehacientemente su vínculo, conforme lo determina el Artículo 53 de la Ley Nacional N°24241 y sus modificatorias. A partir del mes de abril del ario 2022, la pensión vitalicia será equivalente al ciento sesenta por ciento (160%) de una asignación de la categoría 24 del Escalafón del Empleado Público Provincial."

Consolidación de las leyes sancionadas en el año 2020

Posteriormente, en virtud del artículo 18 de la Ley N° 1260-E, la Cámara de Diputados deberá tratar en esta segunda sesión ordinaria, el proyecto de consolidación que comprende todas las leyes aprobadas en el período legislativo 01/01/2020 hasta el 31/12/2020, elaborado por el Departamento de Digesto Jurídico.

Es importante remarcar que en el ordenamiento jurídico provincial solo existe una ley de consolidación identificada bajo el N° 1260-E. No obstante, dicha norma se actualiza anualmente, luego de un proceso de consolidación que comprende el relevamiento y análisis normativo de las leyes sancionadas y publicadas, análisis documental y epistemológico.

Informe Tribunal de Cuentas

Seguidamente, deberá considerar el informe de Auditoria Cuenta General de Tribunal de Cuentas de la provincia de San Juan del ejercicio 2019.

Imposición de nombre a una escuela de Nivel Inicial de Rawson

A continuación, los parlamentarios considerarán el proyecto de Ley de autoría de la diputada Graciela Seva y los diputados Juan Carlos Gioja y Leonardo Gioja del bloque Justicialista, que propone la imposición del nombre "El Jardín de Francesco" a la Escuela de Nivel Inicial, E.N.I. N°42, ubicado en calles Chacabuco y Juan de Dios Jofre sin número, Barrio San Ricardo del departamento Rawson.

Declaración de la tumba de Emar Acosta como Patrimonio Histórico

Por último, el cuerpo legislativo deberá considerar el proyecto de Ley de autoría de la diputada Celina Ramella, del bloque Justicialista, que propone declarar como Monumento Conmemorativo dentro del Patrimonio Histórico de la provincia de San Juan, la tumba donde yacen los restos de Emar Acosta. 

De esta manera, el presente proyecto establece la incorporación a la Ley 411-F, de los artículos 186, 187 y 188 que quedarán redactados de la siguiente manera:

“TUMBA DE EMAR ACOSTA ARTÍCULO 186.- Se declara, en los términos de la Ley N° 571-F, bien integrante del Patrimonio Histórico de la Provincia de San Juan, la tumba donde yacen los restos de Emar Acosta, primera diputada sanjuanina, argentina y latinoamericana, que se encuentra ubicada en el Cuartel 1°, Manzana 7a, Columna 437 del Cementerio de la Capital”.

“ARTÍCULO 187.- Se califica la tumba, como Monumento Conmemorativo, conforme el Artículo 4°, inciso A-5 de la Ley N° 571-F”.

“ARTÍCULO 188.- El Ministerio de Turismo y Cultura de la Provincia o quien lo reemplace en el futuro, tendrá a su cargo la promoción del lugar como sitio de interés histórico, turístico y cultural”.

  • 2021-04-20 Reunión de Labor Parlamentaria