Mario Contreras

Este martes 18 de agosto fue cumplida la reunión de Labor Parlamentaria donde fueron definidos los temas que integrarán el orden del día de la Octava Sesión del período ordinario que será cumplida el próximo jueves 20, a partir de las 9.30 horas.

El encuentro celebrado en el recinto fue encabezado por el vicegobernador Roberto Gattoni junto al secretario Legislativo, Nicolás Alvo,  y convocó a los vicepresidentes primero, segundo y tercero, legisladores Eduardo Cabello, Carlos Platero y Edgardo Sancassani respectivamente;  los presidentes de los bloques legislativos diputados Juan Carlos Abarca (Justicialista); Sergio Miodowsky (Producción y Trabajo); Andrés Chanampa (Bloquista); Florencia Peñaloza (Convicción Federal CONFE); Marcelo Mallea (Del Este); Horacio Quiroga (Frente Grande); Gustavo Usín (ACTUAR); Enrique Montaño (San Juan Primero) y Enzo Cornejo (PRO).

Modificación al Código de Faltas

Sobre tablas será considerado el Mensaje Nº 92 y proyecto de Ley remitido por el Ejecutivo por el que el cuerpo deberá expresar su ratificación a  la Ley de Necesidad y Urgencia Nº 2105-R por la que modifica el Código de Faltas de la provincia de San Juan, Ley Nº 941-R.

En tal sentido, propone la modificación parcial del artículo 162º de la ley N° 941-R, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 162º - Normas sobre salud pública, sanidad e higiene: El que infrinja las

normas sobre salud pública, sanidad e higiene, salvo lo establecido en el inciso a) y 1) del presente artículo es sancionado, conjunta o alternativamente, con pena de multa de hasta tres mil Jus (3.000 J), trabajos de utilidad pública, clausura, decomiso y/o arresto de hasta treinta (30) días. Se consideran especialmente faltas a la salud, sanidad e higiene el incumplimiento de las normas sobre:

  • Desinfección o agentes transmisores.
  • Uso o condiciones higiénicas de vestimentas reglamentarias.
  • Documentación sanitaria exigible.
  • Higiene de lugares públicos, privados o vehículos sujetos a contralor de la autoridad encargada de velar por la salud pública.
  • Recolección, adquisición, venta, transporte, almacenamiento o manipulación de residuos domiciliarios.
  • Tenencia de animales domésticos.
  • Obligación de esterilización de elementos o instrumentos usados en peluquerías, podología, manicura, depilación, acupuntura, tatuajes, piercing, cosmetología, spa o cualquier otra actividad en la que se utilicen elementos punzantes o cortantes.
  • Residuos peligrosos.
  • Construcción, mantenimiento y funcionamiento de piletas y/o piscinas de uso público.
  • Protección al no fumador.
  • Habilitación de locales y/o de personas que realicen prácticas quirúrgicas, tatuajes, colocación de piercing u otras prácticas que pueden involucrar la salud de las personas.

Si la infracción es a normas dictadas por autoridad competente en el marco de la

declaración de emergencia sanitaria con el fin de contener una epidemia o pandemia, y el hecho no configurase ilícito penal, se aplica, multa de hasta ciento cincuenta mil pesos ($150.000) o arresto de hasta treinta días.

Si durante la vigencia de la ley de Necesidad y Urgencia 2035 A, se evade un control de ingresos de personas a la provincia, con el .fin de evitar el examen para la detección de algún virus, o el cumplimiento de la cuarentena establecida en la norma vigente, o se realicen fiestas; o consumo en el interior de negocios gastronómicos violando las normas enunciadas en el inciso 1) de este artículo y/o protocolo y reglamentación Covid 19 publicada en la página oficial Si San Juan, la sanción prevista en ese inciso se agrava para el infractor con una pena, conjunta o alternativa, de multa de hasta veinte mil (20.000) Jus, clausura, decomiso y/o arresto de hasta 60 días.

Adhesión al DECNU Distanciamiento Social

También sobre tablas el cuerpo considerará si ratifica o no el Mensaje Nº 93 y proyecto de Ley de Necesidad y urgencia Nº 2106-P remitido por el Poder Ejecutivo por el que adhiere la provincia de San Juan al DECNU Nº 641-2020, Títulos Uno y Dos (Capítulo Uno), en lo específicamente aplicable al Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio

Asimismo, recomienda a los habitantes de la provincia de San Juan, mantener

el aislamiento social y preventivo.

Renuncia del juez Pablo Flores

También sobre tablas, los legisladores deberán considerar si otorgan acuerdo a la Comunicación Oficial remitida por el Poder Judicial por el que da noticia de la renuncia del Juez de Primera Instancia, Pablo Sebastián Flores.

En tal sentido, la nota firmada por la titular de la Corte de Justicia de San Juan, Adriana García Nieto da cuenta de la presentación de la renuncia efectuada por el Juez de Primera Instancia, Pablo Sebastián Flores, para lo cual remite mediante oficio de estilo a la Cámara de Diputados de la provincia y al Jurado de Enjuiciamiento para su conocimiento y consideración, dejándose copia certificada de las presentes actuaciones en el legajo personal del mismo.

Proyectos de Resolución

Los diputados deberán considerar además los siguientes proyectos de Resolución que proponen declarar de Interés:

  • Educativo y Social el Congreso Mundial de Derecho de Familia: “Familia y Crisis: atravesando la pandemia”, organizado por la International Society of Family Law y Thomson Reuters, que será desarrollado entre el 26 y el 28 de agosto de 2020, de manera virtual. (diputada Celina Ramella);
  • Cultural y Científico el libro “Rufino Blanco Fombona – Paladín de la la lucha por la Patria Grande Latinoamericana”, de autoría de Norberto Galasso, de editorial Imprex Ediciones, publicado en junio de 2020. (diputada Fernanda Paredes) y

Además una iniciativa Interbloque que propone la postergación de la entrega de la Distinción "Mención de Honor Maestro Mario Pérez", establecidas en el Artículo 1° de la Ley N° 1984-P, para cuando las condiciones sanitarias así lo permitan.

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