Mario Contreras

La Cámara de Diputados de San Juan celebró este viernes 29 de noviembre, la Sesión Preparatoria que  convocó a los legisladores electos en las elecciones del 2 de junio último, quienes designaron la Comisión de Poderes, encargada de examinar las actas y presentar dictamen acerca de la elección y los títulos.

La sesión comenzó a la hora 10 y fue encabezada por el vicegobernador y presidente nato de la Cámara de Diputados, Marcelo Jorge Lima, secundado por el secretario Legislativo del cuerpo, Mario Herrero y contó con la presencia de treinta y cinco legisladores electos el pasado 2 de junio, con la sola ausencia del diputado Alberto Valentín Hensel.

En la ocasión, fue el legislador Fabián Aballay el encargado de izar las Banderas Nacional y Provincial.

El vicegobernador y presidente de la Cámara de Diputados,  Marcelo Jorge  Lima, al dirigirse al plenario, señaló que “esta Presidencia quiere informar al cuerpo que conforme lo establece la Constitución Provincial en su artículo 154º, la Cámara de Diputados es el único juez de la elección y de los títulos de los diputados”.

Continuó diciendo que “considerando que ustedes han resultado electos en la última elección del día 2 de junio próximo pasado, deben ustedes someter a consideración del cuerpo la elección y los títulos de los diputados electos”.

“Razón por la cual -añadió- se hace menester que esta Cámara, conforme lo establece el Reglamento Interno, conforme una Comisión de Poderes para la evaluación de los títulos de la elección y de las eventuales impugnaciones que hayan surgido”.

Sostuvo en ese sentido que “ese informe que ustedes elaboren en el día de la fecha va a ser remitido al día 10 de diciembre a la Cámara constituida que es la única que puede aprobar o rechazar ese informe. No puede hacerse antes, porque ustedes todavía no cumplen los requisitos necesarios para constituirse en diputados, hoy son diputados electos”.

Por último, afirmó que “entonces vamos a dar cumplimiento a lo que establece el Orden del Día recientemente aprobado por ustedes”.

A continuación, el diputado electo Juan Carlos Abarca solicitó la palabra y mocionó un cuarto intermedio para constituir la Comisión de Poderes, que después del cuarto intermedio quedó conformada por los legisladores electos: Juan Carlos Abarca, Juan Carlos Gioja, Fabián Aballay, José Luis Esteve, Celina Ramella, María Fernanda Paredes, Horacio Quiroga, Sergio Miodowsky, Graciela Seva, Gustavo Usín y Andrés Chanampa.

Posteriomente, el parlamentario electo Juan Carlos Abarca solicitó un nuevo cuarto intermedio, que fue aprobado por el cuerpo, para la elaboración del informe que evaluará los títulos de la elección y analizará si hay impugnaciones.

Finalmente, Abarca informó que estaba conformado el correspondiente informe que será remitido a la Cámara de Diputados el próximo 10 de diciembre, tras lo cual finalizó la sesión.

Los antecedentes

El Artículo 154º de la Constitución de la provincia de San Juan  bajo el título Validez de títulos – Remoción expresa que “La Cámara de Diputados es el único juez de la validez de la elección, título, correcciones, remoción y exclusión de sus miembros, puede, con dos tercios de los votos presentes, corregir a cualquiera de sus miembros por desorden de conducta en el ejercicio de sus funciones, o removerlo por inhabilidad física, psíquica, legal o moral sobreviniente a su incorporación y hasta excluirlos de su seno. En todos estos casos debe asegurarse al legislador su derecho de defensa. Las sesiones en que se trate la remoción de un legislador son públicas si este no solicitare lo contrario. Para decidir sobre la renuncia que voluntariamente hicieren a sus cargos los Diputados, bastará la simple mayoría de los votos de los presentes.

Por otra parte, al considerar el Reglamento Interno de la Cámara de Diputados, en el Capítulo I bajo el título De las Sesiones Preparatorias – Fecha de las sesiones preparatorias – Citación, el Artículo 2º del Reglamento Interno con el título Incorporación de diputados, indica que “cuando correspondiera la incorporación de diputados electos en su primera sesión preparatoria, la Cámara designará una Comisión de Poderes que procederá inmediatamente, en la misma sesión, a examinar las actas y a presentar su dictamen”.

El Artículo 3º con el título Dictamen sobre los diplomas manifiesta que “el dictamen sobre la elección será votado en general y particular, pudiendo los diputados electos, cuyos diplomas fueren impugnados, tomar parte en las discusiones pero no votar, al decidirse en particular, de su propio diploma”.

Mientras que el Artículo 23º bajo el título Atribuciones y deberes del Presidente indica en su inciso 6º) con el título Orden del día de la sesión siguiente reza en forma textual “designar los asuntos que han de formar el orden del día de la siguiente sesión” y en el inciso 9º) con el título Citación a sesiones sostiene “citar a los diputados a las sesiones ordinarias, extraordinarias y especiales que se resolviese efectuar”.

 

 

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