La Cámara de Diputados de San Juan concluyó este jueves 7 de abril, la Primera Sesión del período ordinario en cuyo transcurso aprobó la designación de autoridades; conformó las Salas Acusadora y Juzgadora; ratificó la ley de necesidad y urgencia que dispone un subsidio a los municipios y resolvió aceptar la renuncia de un ministro de la Corte de Justicia.
La sesión fue conducida en forma alternada por el vicegobernador y Presidente Nato de la Cámara de Diputados, Marcelo Lima y el vicepresidente primero del cuerpo, José Rubén Uñac.
Designación de las autoridades
En primer término, los parlamentarios designaron como Vicepresidente Primero al diputado José Rubén Uñac; Vicepresidente Segundo, legislador César Aguilar y Vicepresidente Alterno, el parlamentario Mauro Marinero, todo ello conforme al Artículo 5º del Reglamento Interno de la Cámara de Diputados modificado por el Artículo 145º de la Constitución de la provincia.
El vicegobernador Marcelo Lima, invitó al estrado de Presidencia uno a uno a los Vicepresidentes Primero, Rubén Uñac; Segundo, César Aguilar y Alterno, Mauro Marinero y les tomó el juramento de práctica.
Cabe señalar que el Artículo 145º de la Constitución Provincial establece que “El Vicegobernador de la provincia es el Presidente nato de la Cámara de Diputados, pero no tiene voto, excepto en los casos de empate. La Cámara nombra anualmente en su primera sesión ordinaria, un Vicepresidente Primero y un Vicepresidente Segundo de entre sus integrantes, quienes cuando ejerzan la presidencia de la Cámara tendrán voto y decidirán en caso de empate”.
Salas Acusadora y Juzgadora
A continuación, tuvo lugar el sorteo para la integración de las Salas Acusadora y Juzgadora, a los fines de la tramitación del Juicio Político (artículos 220º y 221º de la Constitución Provincial).
Como miembros de la Sala Acusadora resultaron los siguientes diputados: Eduardo Banega Allende, Miguel Sepúlveda, Jorge Barifusa, Marcela Monti, Cristina López, Carlos Munisaga, Silvia Pérez, Alfredo Amín, Edgardo Sancassani, Juan José Orrego, Graciela Seva, Federico Hensel, Rodolfo Jalife, Mauro Marinero, Pablo García Nieto, Daiana Luna Font, Jorge Frías y Gustavo Usín.
En tanto que en la Sala Juzgadora, salieron sorteados los siguientes legisladores: César Aguilar, Eduardo Cabello, Rolando Cámpora, Eduardo Castro, Andrés Chanampa, Amanda Días, Jorge Espejo, Leonardo Gioja, Susana Laciar, Pedro Mallea, Carlos Maza Pezé, Sergio Miodowsky, Fernando Moya, Héctor Pérez, Carlos Platero, Romina Solera, Mario Tello y José Rubén Uñac.
Tras un breve cuarto intermedio, el cuerpo designó como presidente de la Sala Acusadora al diputado Pablo García Nieto y como titular de la Sala Juzgadora al legislador José Rubén Uñac y los integrantes de la Comisión Investigadora conformada por los diputados Pablo García Nieto, Marcela Monti, Cristina López, Carlos Munisaga y Mauro Marinero.
El vicegobernador Marcelo Lima tomó el juramento de estilo a los parlamentarios las Salas Acusadora y Juzgadora y a continuación, juraron los secretarios Legislativo y Administrativo de la Cámara de Diputados, Mario Herrero y Juan Sánchez, respectivamente, para el caso de Juicio Político
Comisión Legislativa Reforma del Estado
El cuerpo parlamentario resolvió designar luego a los legisladores que conformarán la Comisión Legislativa Especial, Ley Nº 532-A, de Reforma del Estado, cuya comisión estará integrada por los diputados Pablo García Nieto, Mario Tello, Rodolfo Jalife, Marcela Monti, Carlos Munisaga, Jorge Espejo y Eduardo Castro.
La Ley de Reforma del Estado indica en su Artículo 23º la conformación de una Comisión Legislativa y manifiesta “Créase una Comisión Legislativa Especial integrada por siete (7) Diputados a elegir seno de la Cámara, la que establecerá su estructura interna. Dicha Comisión tendrá como misión ejercer la coordinación entre la Cámara de Diputados y el Poder Ejecutivo, a los efectos del cumplimiento de la presente Ley y sus resultados, debiendo informar a la Cámara sobre todo el proceso que se lleve adelante conforme a las disposiciones de esta Ley”
Consejo Provincial del Ambiente
Posteriormente, el plenario consideró la designación de los diputados para la integración del Consejo Provincial del Ambiente, Ley Nº 513-L y así surgió como miembro titular el diputado Jorge Barifusa y como suplentes los legisladores Andrés Chanampa y Gustavo Usín.
En este sentido, la Ley Nº 513 L, manifiesta en el Artículo 16º acerca de la integración del Consejo Provincial que “El Consejo Provincial del Ambiente estará integrado por un representante del Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos o del organismo competente en materia ambiental que el Poder Ejecutivo designe, quien lo presidirá, por un representante del Poder Legislativo y uno del Poder Judicial, un representante de las Universidades, un representante por cada una de las ONG's constituidas legalmente, un representante de los municipios. Asimismo por invitación del Consejo o del Poder Ejecutivo, podrán integrarlo aquellas entidades que por su accionar demuestren preocupación por los temas ambientales”.
Violencia Familiar
Luego tuvo lugar la designación de los diputados, miembros titulares y suplentes para integrar el Órgano Coordinador Provincial de Seguimiento, Evaluación y Prevención de la Problemática de la Violencia Familiar, Ley Nº 989-E.
En tal sentido, como titulares resultaron los diputados Silvia Pérez, Susana Laciar, Fernando Moya y Jorge Espejo, en tanto que como suplente resultó elegidas las legisladoras Amanda Días y Romina Solera.
Sobre el particular el Artículo 54º de la Ley Nº 989 - E, sobre la composición expresa que “El Órgano Coordinador Provincial estará integrado por representantes de los tres poderes del Estado, de rango jerárquico superior en la estructura funcionarial pertinente, con la siguiente composición:
a) Poder Ejecutivo: cuatro (4) miembros titulares y dos (2) miembros suplentes asegurando la representación los siguientes organismos: Ministerios de Desarrollo Humano y Promoción Social; Ministerio de Gobierno; Ministerio de Educación; Ministerio de Salud Pública.
b) Poder Legislativo: cuatro (4) miembros titulares y dos (2) miembros suplentes.
c) Poder Judicial: cuatro (4) miembros titulares y dos (2) miembros suplentes”.
Comisión del Fondo Solidario Hospitalario
La designación de los diputados miembros, para la integración de la Comisión del Fondo Solidario Hospitalario, Ley Nº 426-Q, recayó en los legisladores Miguel Sepúlveda y Graciela Seva.
La Ley Nº 426 - Q, puntualiza en el Artículo 5º que “Los recursos del “fondo” y la aplicación de los mismos serán administrados por una Comisión formada por seis (6) miembros, integrada del siguiente modo:
a) Dos (2), en representación de las cooperadoras hospitalarias y nominados entre las mismas.
b) Dos (2) funcionarios de la Secretaría de Salud Pública, con rango no inferior a Director.
c) Dos diputados designados por la Cámara de Diputados.
Actuará como Presidente de la Comisión alguno de los representantes de la Secretaría de Salud Pública. La Comisión Administradora se dará su propio reglamento dentro de los treinta (30) días de su constitución. La Secretaría de Salud Pública de San Juan, efectuará el apoyo administrativo y logístico para el cumplimiento de la presente Ley. Los miembros de la Comisión son nominados anualmente por quien corresponda y sus funciones serán ad honórem”.
Comisión de Emergencia Agropecuaria
Asimismo, los legisladores Leonardo Gioja, Eduardo Castro, Mauro Marinero, Carlos Platero y Mario Tello fueron los designados por el plenario para integrar la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria, Ley Nº 368-A.
En el Artículo 2º, la Ley Nº 368-A, destaca que “La Comisión Provincial estará integrada por un titular y un suplente: del Ministerio de Hacienda y Finanzas, del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, de la Subsecretaría de Agricultura y Ganadería; del Banco San Juan S.A. y del Ministerio de Gobierno, todos ellos con nivel no inferior a Director; de cada una de las entidades representativas del quehacer agropecuario provincial legalmente constituidas y con cinco Diputados designados por la Cámara. Asimismo el Poder Ejecutivo invitará a integrar esta Comisión a representantes de entidades y organismos nacionales que correspondan”.
Consolidación de leyes del Digesto Jurídico
Con despacho favorable emitido por la Comisión Permanente, el cuerpo parlamentario resolvió aprobar el proyecto de ley que consolida las leyes sancionadas y publicadas desde el 01/04/2015 al 31/12/2015 y todas aquellas que se vean afectadas por éstas y son incorporadas al Digesto Jurídico de la provincia de San Juan.
Asimismo, determina que sean suprimidas las denominaciones “Capítulo I Conmemoraciones Provinciales” y “Capítulo II Feriados Provinciales y días no laborables” contenidas en la Ley Nº 14-P y además son suprimidas las denominaciones “Capítulo I Escuelas y Colegios” y “Capítulo II Unidades y Centros Educativos” contenidas en la Ley Nº 16-H.
Por último, es ratificada la Resolución Nº 10/2014, rectificatoria de la Ley de Necesidad y Urgencia Nº 8426 (Ley 1148-Q).
Sobre el particular, de acuerdo con la Ley Nº 1260-E, artículo 18º en la primera sesión ordinaria del período legislativo, la Cámara de Diputados de la provincia debe consolidar las leyes provinciales publicadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año anterior.
Subsidio a los municipios de la provincia
Los legisladores ratificaron el Mensaje Nº 0012 y Ley de Necesidad y Urgencia Nº 1408-I, remitido por el Poder Ejecutivo, por el que acuerda subsidio a los municipios de la Provincia.
En tal sentido, la Ley Nº 1408-I, propone acordar un subsidio por la suma de Peos Doscientos Noventa y Seis Millones Doscientos Quince Mil Cuatrocientos ($296.215.400,00), a los municipios de la provincia, a distribuir conforme la metodología que establezca el Poder Ejecutivo, a los fines de auxiliar financieramente para los aumentos salariales por ellos a otorgar, para el año 2016.
Asimismo, propone facultar al Poder Ejecutivo para que, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, realice las modificaciones presupuestarias que fueren necesarias y determine la forma en que será transferido el subsidio acordado.
Es oportuno recordar el Artículo 157º de la Constitución de la provincia que estipula que “El Poder Ejecutivo puede dictar leyes de necesidad y urgencia cuando las circunstancias no hicieren posible aplicar alguno de los trámites ordinarios dispuestos por esta Constitución. En estos casos en el mismo acto, el Poder Ejecutivo, debe, bajo sanción de nulidad, elevar la respectiva ley a la Cámara de Diputados, para su consideración. Si el cuerpo se encontrare en receso, dicha elevación sirve de acto de convocatoria y las leyes de necesidad y urgencia serán ratificadas o rectificadas en el término de treinta días. Si en ese período no hubiere pronunciamiento de la Cámara, la ley quedará aprobada. Rectificada o vetada la ley por el Poder Legislativo, no pueden quedar afectados los derechos adquiridos como consecuencia de su aplicación.
No pueden ser materia de legislación de necesidad y urgencia las decisiones legislativas, ni las leyes de base o programas legislativos, ni las atribuciones otorgadas por esta Constitución al Poder Legislativo en el Artículo 150º, salvo en sus incisos 1, 3, 9, 12, 14 y 16 primera parte”.
Renuncia de ministro de la Corte de Justicia
Por unanimidad resultó aprobada la renuncia al cargo de Ministro de la Corte, presentada por el Dr. Carlos Eduardo Vicente Balaguer, conforme lo previsto en el artículo 22º) del Acuerdo General 24/98 de la Corte de Justicia.
En tal sentido, la citada renuncia está condicionada a partir del 1 de febrero de 2016.