Legisladores dieron acuerdo a la modificación de la Ley de Ministerios propuesta por el Poder Ejecutivo

Asimismo, por ley:

  • La provincia adhirió a la Ley Nacional Nº 26.704, que estipula que las remuneraciones en dinero debidas al trabajador, podrán pagarse mediante la acreditación en cuenta abierta a su nombre en entidad bancaria o en institución de ahorro oficial, y
  • Declararon de utilidad pública y sujeto a expropiación, dos fracciones de terreno en el departamento Jáchal, con el objeto de permitir la accesibilidad al "Campo Caballo Anca", desde la Ruta Nacional Nº 150

En el transcurso de la Quinta Sesión Ordinaria, la Cámara de Diputados de San Juan resolvió entre otros temas, dar acuerdo al mensaje y proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo que modifica la Ley de Ministerios y eleva al rango de Secretaría de Estado a la actual subsecretaría de Ciencia y Técnica; adhirió a la Ley Nacional 26.704 sobre remuneraciones en dinero debidas al trabajador y declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación terrenos en Jáchal para permitir la accesiblidad al Campo Caballo Anca, desde la Ruta Nº 150.

La sesión fue conducida por el Vicegobernador y Presidente Nato de la Cámara de Diputados, Sergio Uñac.

Modificación a la Ley de Ministerios

En virtud de un mensaje y proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, los diputados analizaron y dieron acuerdo a la modificación de la Ley Nº 8.193, Ley de Ministerios, con el objetivo de elevar el rango de Secretaria de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación a la actual Subsecretaría de Ciencia y Técnica.

Adhesión a Ley Nacional Nº 26.704

A propuesta del legislador Javier Ruiz, el plenario consideró y aprobó el proyecto de ley, por el cual la provincia de San Juan adhiere a la Ley Nacional Nº 26.704, que estipula que las remuneraciones en dinero debidas al trabajador, podrán pagarse mediante la acreditación en cuenta abierta a su nombre en entidad bancaria o en institución de ahorro oficial e incluye también a los beneficiarios del sistema provisional y de los planes del gobierno nacional.

Expropian terreno en Jáchal

A partir de la iniciativa del legislador Pedro Horacio Espejo, el cuerpo declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación, dos fracciones de terreno en el departamento Jáchal, con el objeto de permitir la accesibilidad al "Campo Caballo Anca", desde la Ruta Nacional Nº 150.

Sobre el particular, ello ocurrirá en los términos de Ley Nº 7966, para declarar de utilidad pública y sujetos a expropiación a dos fracciones de terreno pertenecientes al inmueble de mayor extensión, ubicado en el departamento Jáchal, denominado "Campo Punta del Agua", e identificado con la Nomenclatura Catastral Nº 1898/500600 Parcial; inscripto en el Registro de la Propiedad al Nº 66, Fº 66, Tº 41, Jáchal Año 1983. La superficie a expropiar de las dos fracciones es de aproximadamente 2.503 hectáreas, o lo que resulte del plano de mensura definitivo y ocupa toda la zona llana o con ondulaciones suaves entre la Ruta Nacional Nº 150 y "Campo Caballo Anca".

Finalmente, para el cumplimiento de lo anterior, el Ministerio de Hacienda y Finanzas utilizará los respectivos créditos, conforme a los valores determinados por el Tribunal de Tasaciones mediante Acta Acuerdo Nº 4498 de fecha 28 de Marzo del 2012 y cuyos valores son de Pesos Trescientos Noventa y Dos Mil ($392.000) fracción A y de Pesos Dieciséis Mil Cuatrocientos ($16.400) fracción B.

Venta de elementos ópticos

A propuesta de la diputada Lucía Sánchez, el cuerpo consideró y aprobó un proyecto de ley por el cual fueron estipulados las condiciones y requisitos para la venta al público de elementos ópticos que se interpongan en el campo visual prescriptos médicamente.

En tal sentido, establece que el despacho o venta al público de elementos ópticos sólo podrá realizarse en los lugares habilitados para tal fin por el Ministerio de Salud Pública de la Provincia, debiendo encontrarse estos a cargo de un óptico técnico debidamente matriculado.

Asimismo, los locales comerciales que no se encuadren en lo establecido tendrán un plazo de noventa días corridos a partir de la promulgación de la Ley, a los efectos de su cumplimiento. Vencido dicho plazo y constatado el incumplimiento, se procederá a la clausura preventiva del establecimiento.

Traslado de embarazadas y niños en moto

A instancias de la legisladora Lucía Sánchez, los legisladores consideraron y aprobaron la modificación del Artículo 3º de la Ley Nº 8.069, que prohíbe a embarazadas y niños de hasta diez años, la circulación a bordo de motocicletas, ciclomotores y cuatriciclos, con el objeto de incrementar las multas de 30 a 50 UF (Unidades Fijas), además de retener e vehículo a quienes incumplan con la normativa.

Juez de Paz de San Martín

A partir de la terna remitida por el Consejo de la Magistratura, integrada por los doctores Federico Esteybar, Antonio Gaitano y Gerardo Norberto Jonson, el cuerpo resolvió designar como nuevo Juez de Paz Letrado del departamento San Martín al doctor Gerardo Norberto Johnson.

Resoluciones

Por otra parte, los legisladores luego de considerar y analizar los proyectos de resolución, resolvieron declarar de Interés:

  • Legislativo el "1er. Congreso Nacional de Rescate y Emergencia", organizado por la Agrupación Rescate Profesional San Juan, a realizarse durante los días 9 y 10 de junio de 2012 en el Centro de Convenciones Provincial. (diputado Hugo Ramírez);
  • Legislativo y Cultural la octava edición de la "Cabalgata de Integración Cultural a Punta del Agua", que organizada por la Municipalidad de 25 de Mayo, Asociación de Agrupaciones Gauchas Regional 25 de Mayo, Parroquia Santa Rosa, Hermanas de la Consolación y Escuela Padre Federico Maggio de Punta del Agua, se realizará el día 26 de mayo de 2012. (diputado Juan Carlos Quiroga Moyano);
  • Educativo, Científico y Social la "II Jornada de Infectología aplicada a la Atención Primaria de la Salud", organizada por el Laboratorio de Análisis Clínicos y Bacteriológicos del Hospital Dr. César Aguilar del departamento Caucete, a llevarse a cabo los 1 y 2 de junio de 2012. (diputado Víctor Doña);
  • Legislativo y Educativo al Primer Congreso Provincial sobre Prevención Vial, denominado: "Juntos hacia la seguridad vial", a realizarse en la Sala de Vicegobernadores, los días 11 y 18 de junio de 2012. (diputada Amanda Días),
  • Cultural el I Salón Provincial de Fotografía "Miradas del Vino", organizado por la Mesa Vitivinícola de San Juan. (diputado José Amadeo Soria);
  • Cultural y Social a las actividades que serán realizadas el día 30 de mayo, con motivo de celebrarse el "Día Nacional de la Donación de Órganos". (diputado Griselda Romera);
  • Legislativo, Educativo y Cultural al Congreso de Derecho Civil San Juan 2012 – Prospectiva frente al proyecto de unificación- Comisión Decreto Nº 191/11, que organizado por el Foro de Abogados de San Juan y la Secretaría Sanjuanina de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba, que será realizado los días 14 y 15 de junio en el Foro de Abogados de San Juan. (diputado Pablo García Nieto);
  • Social la Caminata Saludable y Feria de Promoción de la Salud, organizada por el Ministerio de Salud Pública, a realizarse el 2 de junio próximo de 10 a 12, en el Parque de Mayo (diputado Roberto Correa)
  • Legislativo y Deportivo a las "XIV Olimpiadas Nacionales de Profesionales de Ciencias Económicas", organizadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de San Juan, a realizarse en octubre de 2013 en San Juan. (diputado Javier Ruiz).

Comunicación

Por iniciativa de la legisladora Lucía Sánchez, el cuerpo consideró y aprobó una comunicación por la cual se requiere al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Gobierno y en un plazo no mayor de 20 días, informe sobre la reglamentación de la Ley Nº 7.992, Programa de Protección para Testigos y Peritos, según lo establecido en su Artículo 16º, sancionada el 28/04/2009 y publicada en el Boletín Oficial el día 06/08/2009.

Por último, a instancias del legislador Cristian Morales fue tributado un homenaje a los patriotas que protagonizaron los hechos de la Revolución de Mayo de 1810.

Artículo 1º de la Ley de Ministerios:

"ARTÍCULO 1º.- El despacho de los asuntos que competen al Poder Ejecutivo de la Provincia, estará a cargo de los siguientes ministerios y secretarías:

  1. MINISTERIO DE GOBIERNO.
  2. MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
  3. MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO.
  4. MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA.
  5. MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y PROMOCIÓN SOCIAL.
  6. MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS.
  7. MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA.
  8. MINISTERIO DE MINERÍA.
  9. MINISTERIO DE TURISMO Y CULTURA.

Funcionarán además con dependencia directa del Gobernador de la Provincia, con rango de Secretaría de Estado:

  1. SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN.
  2. SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.
  3. SECRETARÍA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN."

Por otra parte, a través del Artículo 2º, deroga el Inciso 6) del Artículo 18º de la Ley Nº 8.193.

En tanto que el Artículo 3º, quedó redactado de la siguiente manera:

"ARTÍCULO 3º.- Modificase el Artículo 21 de la Ley Nº 8193, el que quedará redactado conforme al siguiente texto:

"MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
ARTÍCULO 21.- Compete a este Ministerio los asuntos contables, presupuestarios, administrativos, tributarios y financieros y de políticas de personal del Estado.

En particular, es de su competencia:

  1. Estudio y elaboración del anteproyecto de Presupuesto General de la Provincia, con la intervención de los Ministerios o Secretarías, en el área específica de sus competencias.
  2. Entender en la optimización del Régimen Tributario Provincial, el control de la conducción de la Tesorería de la Provincia, el control de la conducción de la Contaduría General de la Provincia, la Contabilidad Provincial, y la Fiscalización de todo gasto e inversión que se ordene sobre el Tesoro Provincial.
  3. Entender en la fijación de los niveles de Gasto Público, en coordinación con los Ministerios y Secretarías, en el área de competencia de cada uno de ellos.
  4. Entender en todo lo atinente a las operaciones de crédito público que la Provincia realice, debiendo los Ministerios y Secretarías de Estado requerir su previa intervención al respecto.
  5. Entender en la elaboración de política de gestión innovadora que promueva la concreción de nuevas pautas culturales en la administración pública provincial, como así también en el estudio, implementación y seguimiento de nuevas rutinas de trabajo que tiendan a elevar el nivel de eficiencia y eficacia en aquellas.
  6. Entender en todo lo atinente a la administración de los recursos humanos provinciales, como así también en la formulación de la política salarial.
  7. Intervenir en todo acto administrativo que implique una modificación en la composición de la planta de personal, en las erogaciones que de ella se originen y en la estructura orgánica de las áreas que integran el Poder Ejecutivo.
  8. Controlar el desarrollo de los programas y proyectos, cuando este Ministerio delegue la ejecución de los mismos en otros organismos del Estado Provincial.
  9. Entender en el manejo de todos los fondos provenientes de organismos internacionales, y multilaterales a los que acceda la Provincia, tengan o no afectación específica a programas o proyectos; interviniendo en la ejecución y control de acuerdo a los convenios que se firmen para cada uno de los casos.
  10. Entender en la implementación, fiscalización y ordenamiento de los juegos de azar, y el destino de sus beneficios, determinando en cada caso el alcance y modalidad de cada uno."

Finalmente, el Artículo 4º quedó redactado de la siguiente manera:

"ARTÍCULO 4º.- Incorpórase como Artículo 26 bis de la Ley Nº 8193, el siguiente texto:

"SECRETARÍA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

ARTÍCULO 26 bis.- Compete a esta Secretaría de Estado definir, proponer, implementar y gestionar las políticas en Ciencia, Tecnología e Innovación dentro de la Provincia.

En particular es de su competencia:

  1. Consolidar un espacio de conocimiento provincial para apoyar el desarrollo tecnológico y la innovación de sectores específicos.
  2. Contribuir al fortalecimiento de las capacidades científicas y tecnológicas locales y facilitar su articulación con todas las instituciones de investigación y desarrollo nacionales e internacionales, para acrecentar el acervo de conocimiento provincial.
  3. Estimular la formación y perfeccionamiento de recursos humanos especializados en investigación científica – tecnológica e innovación.
  4. En acuerdo con el Ministerio de Educación provincial, apoyar las acciones tendientes a estimular las vocaciones científicas desde los primeros niveles de educación y a perfeccionar la enseñanza de las ciencias en todos los niveles educativos de jurisdicción provincial.
  5. Promover la producción y utilización de conocimiento que contribuya a la solución de las problemáticas provinciales y al aprovechamiento de las múltiples oportunidades que ofrece el mundo moderno.
  6. En acuerdo con el Ministerio de la Producción y Desarrollo Económico, apoyar a las empresas locales en sus procesos de modernización e innovación y fomentar y facilitar sus inversiones en el tema y su acceso a fuentes externas de financiamiento.
  7. También, en acuerdo con el Ministerio antes citado, impulsar acciones tendientes a la diversificación productiva provincial, mediante la creación de empresas de base tecnológica que elaboren y comercialicen bienes y servicios de alto contenido en conocimiento.
  8. Realizar actividades de transferencia – extensión – difusión de los resultados de las investigaciones locales, nacionales y mundiales, con el objeto de favorecer la apropiación social del conocimiento.
  9. Apoyar a todas la áreas del Gobierno Provincial y de los Gobiernos Municipales en lo relacionado a la producción y utilización del conocimiento científico – tecnológico. Trabajar en estrecha colaboración y coordinación con ellas.
  10. Implementar Programas y Planes que apoyen con recursos del Presupuesto Provincial o aportes nacionales e internacionales todas las iniciativas y acciones antes citadas. Obtener hacia la provincia la mayor cantidad de fondos de los Programas y Planes que se implementen al mismo fin a nivel nacional e internacional.
  11. Involucrar a la trama social y productiva local en las definiciones y acciones necesarias para el cumplimiento de estas directrices."