Fotos: Raúl Ozán y Emmanuel Moreta

Aprobaron proyecto de ley que habilita el derecho a voto a los electores mayores de dieciséis años

La Cámara de Diputados de San Juan celebró este jueves la Décimo Novena Sesión Ordinaria, en cuyo transcurso debatió y aprobó el proyecto de ley, que modifica la ley del Código Electoral Provincial para permitir el derecho a sufragio a los ciudadanos mayores de dieciséis años, autoría de los legisladores Eduardo Bustelo, Gastón Díaz, Cristian Morales y Carla Muñoz.

La sesión fue conducida en forma alternada por el Vicegobernador y Presidente Nato de la Cámara de Diputados, doctor Sergio Uñac y el Vicepresidente Primero del cuerpo, licenciado Pedro Mallea.

Voto para ciudadanos mayores de 16 años.

A instancias de los legisladores Eduardo Bustelo, Gastón Díaz, Cristian Morales y Carla Muñoz, el cuerpo parlamentario consideró y aprobó el proyecto de ley denominado "Profundización de la Democracia – Modificación de la Ley Electoral Nº 5636 – Edad mínima de los electores personas mayores de 16 años".

El texto del proyecto de ley aprobado es el siguiente:

ARTÍCULO 1º.- Modificase el Artículo 2º de la Ley Nº 5636 "Código Electoral Provincial", "Electores", en un todo de acuerdo con lo establecido en la Constitución Provincial en su Artículo129, Inciso 2), el que quedará redactado de la siguiente forma:
"ARTÍCULO 2º.- Son electores los ciudadanos mayores de dieciséis (16) años que reúnan las condiciones previstas por la Constitución y por la presente Ley."

ARTICULO 2°.- Modifícase el Artículo 3° de la Ley N° 5636 "Código Electoral Provincial", "Prueba de esa Condición", en un todo de acuerdo a lo establecido en la Constitución Provincial en su Artículo 128, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"ARTICULO 3°.- La calidad de elector se prueba a los fines del sufragio, para los electores mayores de dieciséis (16) años exclusivamente por su inclusión en el registro electoral."

ARTICULO 3°.- Modifícase el Artículo 13 de la Ley N° 5636, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Constitución Provincial en su Artículo 129, Inciso 1), el que quedará redactado de la siguiente forma:

"ARTICULO 13°.- El voto será obligatorio salvo los casos en que la Constitución Provincial o una Ley establezca lo contrario. Quedan exentos de esa obligación: a) Los mayores de SETENTA (70) años; b) Los electores de 16 y 17 años. c) Los jueces y sus auxiliares que por imperio de esta Ley deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial; d) Los que el día de la elección se encuentren a más de QUINIENTOS (500) Kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Tales ciudadanos se presentarán el día de la elección a la autoridad policial más próxima, la que extenderá certificación escrita que acredite la comparecencia. e) Los enfermos o imposibilitados físicamente, o que razones de fuerza mayor suficientemente comprobados les impida asistir al acto; f) El personal de organismos y empresas de servicio público que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que les impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En ese caso el empleador o su representante legal comunicará al Tribunal Electoral la nómina respectiva con DIEZ (10) días de anticipación a la fecha de la elección expidiendo por separado la pertinente certificación. La falsedad de las certificaciones aquí previstas hará pasible a los que las hubiesen otorgado de las penas establecidas en el Artículo 292º del Código Penal. Las exenciones que consagra este Artículo son de carácter optativo para el elector."

ARTÍCULO 4°.- El Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Educación adecuará la currícula y la Secretaría de Cultura cursos, talleres de trabajo, programas, campañas, para explicar el sentido y la importancia de la participación de las niñas y niños en la política y en la ampliación de los derechos de ciudadanía.

Es oportuno consignar que durante el tratamiento del proyecto de ley estuvieron presentes para seguir las alternativas una considerable cantidad de jóvenes pertenecientes a agrupaciones sociales y políticas y también se encontraba presente el secretario general de la Juventud Universitaria Peronista, Juan Carlos Saintotte.

Estatuto y escalafón de enfermeros

Los legisladores abordaron el tratamiento y aprobaron el proyecto de ley, autoría del bloque Justicialista, que establece el Estatuto y Escalafón para personal técnico y auxiliar de la medicina y enfermería, personal administrativo sanitario, personal de mantenimiento y producción de servicios generales y agrupamiento profesional carrera administrativa del Ministerio de Salud Pública de la Provincia.

Al respecto, señala que las disposiciones serán aplicadas a todas las personas que, en virtud del nombramiento emanado de autoridad competente, presten servicios remunerados de carácter permanente en el ámbito del Ministerio de Salud Pública y en todos los hospitales y centros asistenciales dependientes de él, sean centralizados o descentralizados.

Asimismo, exceptúa a las personas que desempeñen funciones por elección popular; las autoridades superiores no escalafonadas; el personal de Oficinas Auxiliares Ley Nº 5806 y sus modificatorias; el personal comprendido en la Ley Nº 2580 y Nº 5110 y sus modificatorias y el personal que pertenezca a otro estatuto y escalafón, aunque transitoriamente cumplan funciones en el Ministerio de Salud Pública.

Designación de cargos en la Justicia

El cuerpo consideró luego el despacho de la Comisión de Justicia y Seguridad en la nota del Consejo de la Magistratura, que elevó ternas para cubrir vacantes en la Justicia y en este sentido, los legisladores designaron a los correspondientes jueces y funcionarios del Poder Judicial.

Sobre el particular, las ternas presentadas para los cargos vacantes fueron para Juez de Cámara Penal y Correccional (Sala II) José Atenágoras Vega, Mónica Lucero y Juan Bautista Bueno; Juez de Cámara Civil, Comercial y Minería (Sala I) Alejandra Dománico, Víctor Bazán y Juan José Victoria; Juez de Cámara Civil, Comercial y Minería (Sala III) Carlos Saffe, José Luis Bacigalupo y Daniel Olivares Yapur; Juez del Primer Juzgado de Menores, Jorge Toro, María Julia Camus y Sandra Gutiérrez; Juzgado Comercial Especial, Javier Antonio Vázquez, Jorge Serer Bordas y Juan Carlos Noguera y Fiscal Correccional, Eduardo Daniel Agudo, Roberto Narciso Mallea Marcucci y Ana Carolina Parra.

En tal sentido, los legisladores resolvieron designar en cada caso:

  • Juez de Cámara Penal y Correccional (Sala II) José Atenágoras Vega;
  • Juez de Cámara Civil, Comercial y Minería (Sala I), Juan José Victoria;
  • Juez de Cámara Civil, Comercial y Minería (Sala III), Daniel Olivares Yapur;
  • Juez del Primer Juzgado de Menores, Jorge Toro;
  • Juzgado Comercial Especial, Javier Antonio Vázquez, y
  • Fiscal correccional, Roberto Narciso Mallea Marcucci.

Convenio con Comisión de Energía Atómica

Los diputados sometieron a consideración del cuerpo el Mensaje Nº 0025 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo y dieron acuerdo a la aprobación del Convenio Marco celebrado entre la Provincia de San y la Comisión Nacional de Energía Atómica.

Acreditación del domicilio con el DNI

El plenario debatió y resolvió dar aprobación al Mensaje Nº 0027 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que establece que cuando sea necesario acreditar el domicilio, bastará con el que surja del Documento Nacional de Identidad.

A partir de la sanción de la norma, la Policía de San Juan no expedirá ningún certificado que permita constar el domicilio y/o convivencia, ni cualquier otra situación de hecho.

En el caso en que el domicilio denunciado no coincida con el que surge del Documento nacional de Identidad, dicha circunstancia deberá acreditarse mediante Declaración Jurada ante el funcionario público perteneciente al organismo en el que se lleve a cabo el trámite, ello bajo los apercibimientos contenidos en el Artículo 293º del Código Penal Argentino.

Asimismo las certificaciones de convivencia necesaria para efectuar trámites previsionales, asistenciales y de seguridad social, deberán acreditarse en la forma establecida en el párrafo anterior. En tanto que, la autoridad de aplicación, será el Ministerio de Gobierno de San Juan.

Fondo Solidario Hospitalario

Asimismo, los legisladores consideraron la nota remitida por el Ministerio de Salud Pública que elevó Decreto Nº 1350-MSP-12, sobre la Comisión Administradora del Fondo Solidario Hospitalario y al respecto el cuerpo designó a los diputados Juan Carlos Quiroga Moyano y José Ricardo Castro, como miembros integrantes de la Comisión del Fondo Solidario Hospitalario Provincial (Ley Nº 6270 y modificatorias), en representación de la Cámara de Diputados.

Proyectos de Resolución

El plenario debatirá los siguientes proyectos de Resolución por los que declara de Interés:

  • Legislativo, Educativo y Científico el "VII Congreso Nacional Ambiental 2012", que se desarrollará en la provincia de San Juan, organizado por PRODEA, los días 24, 25 y 26 de octubre del corriente. (diputado José Amadeo Soria);
  • Educativo y Cultural el proyecto educativo denominado: "Viajes de Sarmiento", organizado por la Fundación Banco de San Juan. (diputado Edgardo Sancassani), y de Interés
  • Cultural, Social y Turístico las actividades y acto central del 119º aniversario de la fundación de Villa Colón, hoy Ciudad de Caucete, a desarrollarse en el mes de octubre. (diputada Mariela Ginestar), y
  • Educativo y Cultural a la celebración de las XV Olimpiadas de Ciencias Naturales aplicadas a la Educación Agropecuaria, que se llevarán a cabo los días 25 y 26 de octubre, en la Escuela Agrotécnica "Cornelio Saavedra", del departamento Iglesia. (diputado Jorge Espejo).

A propuesta del diputado Pedro Mallea, el cuerpo aprobó la Resolución por el que dispone rendir homenaje y declarar su beneplácito por la conmemoración del 150º aniversario de la fundación del Colegio Nacional "Monseñor Pablo Cabrera".

Dispone además la colocación de una placa alusiva que deberá señalar "Los representantes del pueblo de San Juan y autoridades del Poder Legislativo Provincial, rinden homenaje al Colegio Nacional Monseñor Pablo Cabrera al conmemorarse el 150º aniversario de su fundación, como símbolo histórico, educativo y cultural de la provincia, teniendo presente el gran aporte de este establecimiento a la educación pública. Cámara de Diputados de la provincia de San Juan. Dr. Sergio Uñac. Vicegobernador de la Provincia y Presidente Nato. San Juan, 1 de octubre de 2012".

Comunicaciones

  • Finalmente, los legisladores consideraron y aprobaron las siguientes Comunicaciones que prevén solicitarle al Poder Ejecutivo que:
  • Informe sobre la reglamentación de la Ley Nº 8208, reconstrucción mamaria gratuita para mujeres a las que se les haya practicado ablación mamaria en hospitales públicos provinciales (diputada Lucía Sánchez), y que
  • Asista a la población escolar de los establecimientos educativos del departamento Iglesia, mediante gabinetes técnicos interdisciplinarios. (diputado Jorge Espejo).