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San Juan, 16 de junio de 2026

 

DECRETO Nº 322-VPP-2026

 

VISTO:

La Constitución de la provincia de San Juan, artículo 150, inciso 11), Ley Nº 868-F, artículo 3º, 6º y 7º; el Reglamento Interno de esta Cámara de Diputados, artículo 189 inciso 3) y;

 

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el Reglamento Interno de esta Cámara de Diputados, Presidencia debe convocar a sesiones especiales cuando lo dispongan las leyes o la Constitución de la provincia de San Juan.

Que, la Constitución de la provincia de San Juan establece que la Cámara de Diputados tiene la atribución de otorgar honores por servicio de gran importancia prestados a la Provincia.

Que, la Ley N° 868-F instituye, entre otras, las distinciones de Ciudadano/a Ilustre de la provincia de San Juan y de Personalidad Destacada de la provincia de San Juan, con los requisitos o condiciones que deben observarse a tal fin. Dispone, así mismo, que deben ser entregadas en Sesión Especial en la semana de la Fundación de San Juan que comprende el 13 de junio de cada año.

Lo dispuesto por las normas citadas y los artículos 30, incisos 1), 188, siguientes y concordantes del Reglamento Interno de la Cámara de Diputados.

Que es necesario dictar el decreto de convocatoria a Sesión Especial.

 

POR ELLO:

 

EL VICEPRESIDENTE PRIMERO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°.- Se convoca a la Cámara de Diputados a celebrar la Primera Sesión Especial para el día 19 de junio del año 2026 a las 9 horas.

 

ARTÍCULO 2°.- Se cite, por Secretaría Legislativa, a los Diputados para el tratamiento del siguiente orden del día:

1)    Distinción de Personalidades Destacadas de la provincia de San Juan

a.    Presbítero Francisco Martín, “Padre Paquito”.

b.    Ricardo Héctor Zunino.

c.    Onofre José Monserrat.

d.    Zulma Beatriz Martínez de Armada.

e.    Mario Pulenta.

 

2)    Distinción de Ciudadanos Ilustres de la provincia de San Juan.

a.    Héctor Miguel Seguí, post mortem.

b.    Juan Horacio Quiroga, post mortem.

c.    Humberto Rodolfo Sierra.

 

ARTÍCULO 3°.- Se comunique y archive.

 

 

FIRMADO:

Enzo Cornejo, Vicepresidente Primero de la Cámara de Diputados.

Dr. Gustavo A. Velert, Secretario Legislativo de la Cámara de Diputados.