San Juan, 20 de abril de 2021.

 

DECRETO Nº 277-P-2021.

 

VISTO:

Los asuntos ingresados a la Cámara de Diputados para su tratamiento.

Lo dispuesto por el Decreto N° 0251-P-2020; y,

 

CONSIDERANDO:

Que, la Cámara de Diputados, reunida en Comisión de Labor Parlamentaria ha decidido fijar día y hora para la realización de la segunda sesión ordinaria del corriente año.

Que, en el marco de esta pandemia, con el objetivo de cumplir con los preceptos constitucionales, se emitió Decreto N° 251-P-2020, por el que se ordenan numerosas medidas de prevención para evitar la propagación del CORONAVIRUS – COVID 19 en el ámbito de la Cámara de Diputados.

Que, tales medidas son obligatorias para toda sesión que se convoque con posterioridad a la emisión del citado Decreto.

Lo dispuesto por el Reglamento Interno de la Cámara de Diputados, en el artículo 23, incisos 2, 6 y 9 y artículo 100;

 

 

POR ELLO:

 

EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN Y

PRESIDENTE NATO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°.- Se convoca a la Cámara de Diputados a celebrar la Segunda Sesión Ordinaria para el día 22 de abril del año 2021 a las 9.30 horas.

 

ARTÍCULO 2°.- Se cite, por Secretaría Legislativa, a las Señoras y Señores Diputados para el tratamiento del orden del día que se acompaña como Anexo I de este decreto.

 

ARTÍCULO 3°.- La sesión se va a llevar a cabo a puertas abiertas bajo la observancia de las estrictas medidas preventivas de seguridad sanitaria que son determinadas por Presidencia de la Cámara de Diputados.

 

ARTÍCULO 4°.- Se comunique y archive.

FIRMADO:

Dr. Roberto Guillermo Gattoni, Vicegobernador de San Juan y Presidente Nato de la Cámara de Diputados.

Dr. Nicolás E. Alvo López, Secretario Legislativo de la Cámara de Diputados.

ANEXO I

ORDEN DEL DÍA

SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA

 

1                               Aprobación de la versión taquigráfica correspondiente a la Primera Sesión Ordinaria llevada a cabo en fecha 1 de abril del año 2021.

 

Asuntos entrados y derivación a Comisiones:

 

Comunicaciones Oficiales

 

2     505-2021         Comunicación Oficial remitida por el Tribunal de Cuentas, por la que informa sobre la memoria anual del organismo, correspondiente al ejercicio año 2020.

  • Hacienda y Presupuesto.

 

3     554-2021         Comunicación Oficial remitida por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 42, por la que da noticia de la sanción de la Ley de Necesidad y Urgencia Nº 2205-P, por la que adhiere al DECNU 235-2021-APN-PTE sobre medidas generales de prevención en el marco de la pandemia actual.

  • Sobre Tablas.

 

4     613-2021         Comunicación Oficial remitida por el Ministro de Obras y Servicios Públicos por la que solicita que se suspenda el estudio del proyecto de ley presentado por el Poder Ejecutivo mediante mensaje Nº 36, que tramita por expediente Nº 461-2021.

  • A conocimiento.

 

5     616-2021         Comunicación Oficial remitida por el Tribunal de Cuentas de la Provincia de San Juan, por la que remite el Protocolo de Actas del año 2020.

  • A conocimiento.

 

Comunicaciones Particulares

 

6     603-2021         Nota Particular presentada por profesores de educación física de la provincia de San Juan en la que solicitan el tratamiento del proyecto de ley sobre la creación del Colegio de Profesionales de Educación Física.

  • A conocimiento.

 

7                                                         Despachos de Comisiones

 

I      3090-2020       Despacho de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Familia y Desarrollo Humano y de Hacienda y Presupuesto en el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 162 del año 2020, por el que se aprueba el Convenio de Ejecución Plan Nacional Argentina contra el Hambre suscripto entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la provincia de San Juan.

 

II     113-2021         Despacho de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica y de Economía y Defensa del Consumidor en el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 3, por el que se aprueba el convenio marco de cooperación y asistencia entre la Secretaría de Estado de Ciencia y Tecnología e Innovación y la Agencia Calidad San Juan SEM.

 

III    114-2021         Despacho de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales y de Sistema Municipal, en el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 4, por el que se aprueba el convenio de colaboración mutua entre el Ministerio de Hacienda y Finanzas y la Municipalidad de la Ciudad de San Juan.

 

IV   227-2021         Despacho de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, Hacienda y Presupuesto y de Obras y Servicios Públicos, en el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 19, por el que se aprueba el Modelo de Convenio de Mutuo de Asistencia Financiera y Adhesión entre el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional (FFFIR) y el Gobierno de la Provincia de San Juan.

 

V    249-2021         Despacho de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Hacienda y Presupuesto y de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica en el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 20, por el que se aprueba el convenio de subvención y Anexo I, suscripto entre el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva de la Nación y la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación de la provincia de San Juan.

 

VI   280-2021         Despacho de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Justicia y Seguridad y de Familia y Desarrollo Humano, en el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 24, por el que se aprueba el convenio marco de Asistencia y Cooperación Recíproca y su acta complementaria Nº 1, celebrada entre el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad y el Gobierno de la provincia de San Juan.

 

VII  425-2021         Despacho de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica y de Sistema Municipal en el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 28, por el que se aprueba el convenio marco de cooperación entre la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación y la Municipalidad de la Ciudad de San Juan.

 

VIII 426-2021         Despacho de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales y de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica en el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 29, por el que se aprueba el convenio marco de cooperación entre la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación del Gobierno de San Juan y el Consejo Profesional de Enólogos de San Juan.

 

IX   427-2021         Despacho de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica y de Sistema Municipal, en el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 30, por el que se aprueba el Convenio Marco de cooperación entre la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación del Gobierno de San Juan y la Municipalidad de Jáchal.

 

X    520-2021         Despacho de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales y de Hacienda y Presupuesto en el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 41, por el que se sustituye el artículo 5° de la Ley N° 615-S.

 

XI   451-2021         Despacho de la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales en el proyecto de Ley presentado por Comisión Permanente por el que se consolidan las leyes sancionadas y publicadas en el año 2020.

 

XII  2581-2020       Despacho de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica y de Peticiones y Poderes en el proyecto de ley presentado por el bloque Justicialista, por el que se impone el nombre de "El Jardín de Francesco" a la Escuela de Nivel Inicial E.N.I. N° 42.

 

XIII 320-2021         Despacho de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica y de Turismo, Ambiente y Desarrollo Sostenible en el proyecto de ley presentado por el bloque Justicialista por el que modifica la Ley N° 411-F de Patrimonio Cultural y Monumentos Históricos.

 

XIV 117-2021         Despacho de la comisión de Hacienda y Presupuesto, en la nota enviada por el Tribunal de Cuentas de la Provincia por la que eleva dictamen sobre la Cuenta General del Ejercicio 2019 de ese organismo del Estado.

 

Proyectos Presentados

 

8     540-2021         Proyecto de Ley presentado por el bloque Producción y Trabajo por el que modifica el artículo 44 del Reglamento Interno de la Cámara de Diputados.

  • Peticiones y Poderes.
  • Legislación y Asuntos Constitucionales.

 

9     541-2021         Proyecto de Ley presentado por el bloque Producción y Trabajo por el que se modifica la Ley Nº 325-E, Ley del Consejo de la Magistratura.

  • A sus antecedentes.

 

10   545-2021         Proyecto de Ley presentado por el bloque Justicialista por el que se instituye el uso e implementación de la "credencial violeta" a todas las mujeres y personas LGTBIQ+, víctimas de violencia de género que cuenten con medidas de protección vigentes.

  • Legislación y Asuntos Constitucionales.
  • Derechos Humanos y Garantías.

 

11   579-2021         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista por el que modifica la Ley Nº 1317-S, sobre creación del Consejo Provincial de Protección Integral de las Mujeres, Género y Diversidad.

  • Legislación y Asuntos Constitucionales.
  • Familia y Desarrollo Humano.

 

12   600-2021         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Producción y Trabajo por el que establece la obligatoriedad de desfibriladores en establecimientos educativos de la Provincia de San Juan.

  • Legislación y Asuntos Constitucionales.
  • Salud y Deporte.

 

13   607-2021         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Producción y Trabajo por el que crea Fondo Yo Puedo, para el desarrollo socioeconómico.

  • Legislación y Asuntos Constitucionales.
  • Familia y Desarrollo Humano.
  • Hacienda y Presupuesto.

 

14   622-2021         Proyecto de Ley presentado por el bloque CONFE Somos San Juan, por el que se declara el mes de abril como mes de la "Concientización sobre el Trastorno del Espectro Autista (TEA)".

  • Sobre Tablas.

 

15   512-2021         Proyecto de Comunicación presentado por el bloque Justicialista por el que solicita al Poder Ejecutivo que arbitre los recursos necesarios para la "Reconstrucción de la Ruta Nacional 40. Tramo: Campo Afuera, Departamento Albardón - Intersección con Ruta 150, localidad San Roque, Departamento Jáchal".

  • Obras y Servicios Públicos.

 

16   599-2021         Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Justicialista por el que solicita al Poder Ejecutivo que arbitre las medidas necesarias para otorgar becas a alumnos que se encuentren a más de 100KM de la Capital.

  • Educación, Cultura, Ciencia y Técnica.
  • Peticiones y Poderes.
  • Hacienda y Presupuesto.

 

17   614-2021         Proyecto de Comunicación presentado por el bloque PRO-Juntos por el Cambio por el que solicita al Poder Ejecutivo que arbitre las medidas necesarias para declarar a la educación obligatoria como servicio esencial y se declare la emergencia en materia educativa.

  • Educación, Cultura, Ciencia y Técnica.
  • Peticiones y Poderes.

 

18   615-2021         Proyecto de Comunicación presentado por el bloque PRO-Juntos por el Cambio por el que solicita al Poder Ejecutivo que considere a las personas con discapacidad como prioritarias en la campaña de vacunación contra el coronavirus.

  • Salud y Deporte.
  • Peticiones y Poderes.
  • Discapacidad

 

19   647-2021         Proyecto de Comunicación presentado por el bloque Justicialista por el que solicita al Poder Ejecutivo que instale cámaras de video vigilancia en el Departamento de Valle Fértil.

  • Justicia y Seguridad.
  • Peticiones y Poderes.

 

 

SOBRE TABLAS

 

Asunto 3 - Expte. Nº 554-2021

LEY N° 2205-P

EL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY

ARTÍCULO 1°: Adhiérase la provincia de San Juan al DECNU-2021 -235-APN-PTE.

 

ARTÍCULO 2°: La adhesión establecida en el artículo anterior es en forma parcial y de acuerdo a las condiciones sanitarias provinciales y la delegación de facultades de nación a provincia.

 

ARTÍCULO 3°: Delégase facultades al Ministerio de Salud Pública para que dicte la normativa pertinente para hacer operativo lo establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia al que se adhiere.

 

ARTÍCULO 4°: La presente Ley es de Necesidad y Urgencia, de conformidad a lo establecido en los artículos 157 y 189, inciso 17 de la Constitución Provincial.

 

ARTÍCULO 5°: Remítase la presente norma legal a la Cámara de Diputados de la Provincia, a los fines del tratamiento previsto en el Artículo 157 de la Constitución de la Provincia.

 

ARTÍCULO 6°: Publíquese en el Boletín Oficial.

Sancionada por el Poder Ejecutivo a los 9 días del mes de abril de dos mil veintiuno.

 

 

 

DESPACHOS DE COMISIONES

 

 

ASUNTO I - 3090-2020

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Familia y Desarrollo Humano y de Hacienda y Presupuesto estudiaron el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 162 del año 2020, por el que aprueba Convenio de Ejecución Plan Nacional Argentina contra el Hambre suscripto entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la provincia de San Juan. Por las razones que dará su miembro informante, aconsejan se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y

 

ARTÍCULO 1°.-        Se aprueba el Convenio de Ejecución Plan  Nacional Argentina Contra el Hambre, suscripto el 10 de diciembre de 2020, entre la Secretaria de Inclusión Social del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y el Ministerio de Desarrollo Humano y Promoción Social de la Provincia de San Juan, el que tiene por objeto financiar acciones tendientes a garantizar la seguridad alimentaria de personas en condiciones de vulnerabilidad social, ratificado por Decreto Nº 0589-MDHyPS-2020, del 16 de diciembre de 2020.

 

ARTÍCULO 2°.-       Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

ASUNTO II - 113-2021

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica y de Economía y Defensa del Consumidor estudiaron el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 3, por el que aprueba convenio marco de cooperación y asistencia entre la Secretaría de Estado de Ciencia y Tecnología e Innovación y la Agencia Calidad San Juan SEM. Por las razones que dará su miembro informante, aconsejan se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

LA CÁMARA DE DIPUTADO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FURZA DE

L E Y:

 

ARTÍCULO 1°.-       Se aprueba  el Convenio Marco de Cooperación y Asistencia, suscripto el 30 de octubre de 2020, entre la Secretaría de Estado de Ciencia, Técnica e Innovación y la "Agencia Calidad San Juan SEM"; que tiene por finalidad la de establecer canales de comunicación y colaboración con el objetivo de crear herramientas de fomento de la competitividad en sectores productivos a través de la promoción e innovación tecnológica, en el marco de posibles proyectos y programas de cada una de las partes intervinientes; ratificado por Decreto N.º 0024-SECITI-2020,  del 4 de enero de 2021.

 

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

ASUNTO III - 114-2021

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales y de Sistema Municipal estudiaron el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 4, por el que aprueba convenio de colaboración mutua entre el Ministerio de Hacienda y Finanzas y la Municipalidad de la Ciudad de San Juan. Por las razones que dará su miembro informante, aconsejan se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

LA CÁMARA DE DIPUTADO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FURZA DE

L E Y:

 

ARTÍCULO 1°.-       Se aprueba el Convenio de Colaboración mutua entre el Ministerio de Hacienda y Finanzas y la Municipalidad de la Ciudad de San Juan, suscripto el 22 de octubre de 2020, entre el Ministerio de Hacienda y Finanzas; y la Municipalidad de la Ciudad de San Juan, cuyo objeto es la modernización de la Administración Pública Provincial y Municipal, asistiéndose material, técnica, instrumental y humanamente, ratificado por Decreto Nº 1731-MHF, del 23 de diciembre de 2020.

 

ARTICULO 2°.-       Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

ASUNTO IV - 227-2021

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, Hacienda y Presupuesto y de Obras y Servicios Públicos, estudiaron el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 19, por el que aprueba el Modelo de Convenio de Mutuo de Asistencia Financiera y Adhesión entre el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional (FFFIR) y el Gobierno de la Provincia de San Juan. Por las razones que dará su miembro informante, aconsejan se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

LA CÁMARA DE DIPUTADO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FURZA DE

L E Y:

 

ARTÍCULO 1°.-        Se aprueba el  Modelo de Convenio de Mutuo de Asistencia Financiera y Adhesión entre el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura  Regional  (FFFIR);  y el Gobierno de la Provincia de San Juan, a suscribir por hasta la suma de dólares estadounidenses cuarenta y nueve millones novecientos setenta y tres mil ciento veintisiete con 06/100 (USD 49.973.127,06), con más sus intereses, para el financiamiento del "Proyecto Túnel De Zonda", ratificado por Decreto Nº 202-MHF-2021, del 17 de febrero de 2021.

 

ARTÍCULO 2°.-       Los desembolsos a ser realizados mensualmente a LA JURISDICCION, serán registrados en dólares estadounidenses (U$S) al tipo de cambio establecido por el Banco de la Nación Argentina (BNA).

 

ARTÍCULO 3°.-       El plazo de financiamiento,  será de ciento veinte (120) meses, contados a partir del día 23 del mes en que se efectúe el primer desembolso; siendo el plazo de gracia de veinticuatro (24) meses o el plazo de ejecución previsto en los pliegos de licitación aprobados, el que sea menor.

 

ARTICULO 4°.-       Los Intereses compensatorios se pagarán en forma mensual y consecutiva los días 23 de cada mes o el día hábil siguiente si éste fuera inhábil, a partir del mes posterior al primer desembolso, durante el período total del financiamiento

 

ARTÍCULO 5°.-       A partir del primer desembolso y hasta la cancelación del crédito, los saldos deudores serán redeterminados mensualmente de la siguiente manera:

Kt = Kt-1 X (1+ it-1)

Siendo:

Kt= saldo deudor redeterminado al inicio del mes t

 

Kt-1= saldo deudor a la finalización del mes t-1 o sea el mes inmediato anterior al mes t.

it-1= Tasa equivalente mensual que surge de tomar el mínimo entre los dos siguientes índices:

-El 80% de la variación interanual de los últimos doce meses del índice de costo de la construcción (ICC), nivel general, elaborado y publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos.

-La variación interanual de los últimos doce meses del índice de precios al consumidor (IPC), nivel general, elaborado y publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos.

 

ARTÍCULO 6°.-       La jurisdicción pagará en concepto de intereses compensatorios la tasa de las Notas del Tesoro de los Estados Unidos de Norte América a diez (10) años más un margen del tres coma setenta por ciento (3,70%) anual (370 puntos básicos) o la tasa libo de trescientos sesenta (360) días más un margen del tres coma setenta por ciento (3,70%) anual (370 puntos básicos), de las dos la mayor. Esta tasa de interés se aplicará sobre los saldos deudores redeterminados según la Cláusula vigesimoprimera del Modelo de Convenio.

 

ARTÍCULO 7°.-       La aplicación de las tasas de interés compensatorio y punitorio, establecidas en las Cláusulas vigesimosegunda y vigesimocuarta, respectivamente, serán aplicadas bajo el concepto de tasas nominales anuales en un año de trescientos sesenta (360) días.

 

ARTÍCULO 8°.-       Facúltese al Poder Ejecutivo Provincial a afectar los recursos provenientes del Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por Ley Nacional N° 25.570 o aquel  que en el futuro lo reemplace, y de acuerdo a lo autorizado en el artículo 16 de la Ley de Presupuesto Año 2021 N° 2187-I, en garantía de las obligaciones que se contraigan con el Fondo Fiduciario Federal De Infraestructura Regional (FFFIR), hasta la cancelación del monto total del préstamo con más sus intereses y gastos. Esta facultad comprende la de suscribir los convenios o documentación que deberá cumplimentarse con el Estado Nacional para hacer efectiva la garantía mencionada.

 

ARTÍCULO 9º.-        Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

ASUNTO V - 249-2021

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Hacienda y Presupuesto y de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica estudiaron el proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 20, por el que aprueba convenio de subvención y Anexo I, suscripto entre el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva de la Nación y la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación de la provincia de San Juan. Por las razones que dará su miembro informante, aconsejan se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

LA CÁMARA DE DIPUTADO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FURZA DE

L E Y:

 

ARTÍCULO 1°.-        Se aprueba el Convenio de Subvención y Anexo I, suscripto el 26 de agosto de 2020, entre el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva de la Nación, la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Provincia de San Juan, como beneficiaria del Programa VITEF, y la Universidad Católica de Cuyo en su carácter de Unidad de Vinculación Tecnológica, el que tiene por finalidad profundizar y complementar la incorporación de graduados en el desarrollo de tareas de vinculación tecnológica, formulación de proyectos y desarrollo de planes de negocios en las áreas de Ciencia y Tecnología, además impulsar la realización de asesoramiento orientado a la integración de buenas prácticas y conocimiento de instrumentos de transferencia y vinculación tecnológica, tanto a nivel nacional como internacional; ratificado por Decreto N° 0164-SECITI-2021, del 8 de febrero de 2021.

 

ARTÍCULO 2°.-        Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

ASUNTO VI - 280-2021

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Justicia y Seguridad y de Familia y Desarrollo Humano, estudiaron el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 24, por el que aprueba el convenio marco de Asistencia y Cooperación Recíproca y su acta complementaria Nº 1, celebrada entre el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad y el Gobierno de la provincia de San Juan. Por las razones que dará su miembro informante, aconsejan se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

LA CÁMARA DE DIPUTADO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FURZA DE

L E Y:

 

ARTÍCULO 1°.-        Se aprueba el Convenio Marco de Asistencia y Cooperación Recíproca y su Acta Complementaria N° 1, celebrados entre el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, y el Gobierno de la Provincia de San Juan, el 13 de octubre de 2020, el convenio tiene por objeto articular acciones tendientes a desarrollar en forma conjunta o en cooperación programas o proyectos en materia de políticas de género, igualdad, diversidad, prevención y atención de situaciones de violencia por razones de género, en función de las capacidades y competencias propias y su acta definir los mecanismos de articulación interinstitucional para la implementación del "Programa de Apoyo y Acompañamiento a  Personas en Situación de Riesgo por la Violencia por Motivos de Género” (ACOMPAÑAR); ratificados por Decreto N° 0224-MG-2021 del 19 de febrero de 2021.

 

ARTÍCULO 2°.-        Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

ASUNTO VII - 425-2021

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica y de Sistema Municipal estudiaron el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 28, por el que aprueba en todas sus partes el convenio marco de cooperación entre la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación y la Municipalidad de la Ciudad de San Juan. Por las razones que dará su miembro informante, aconsejan se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

LA CÁMARA DE DIPUTADO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FURZA DE

L E Y:

 

ARTÍCULO 1°.-        Se aprueba el Convenio Marco de Cooperación, suscripto el 30 de julio de 2020, entre la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación y la Municipalidad de la Ciudad de San Juan; que tiene por fin la reciproca asistencia y cooperación en todos aquellos aspectos que tengan relación directa con actividades y fines propios de los organismo, sean de carácter técnicos, social, productivos y de todos aquellos que tengan por objeto el desarrollo organizado y sistemático de sus objetivos; ratificado por Decreto N° 0334-SECITI-2021, del 17 de marzo de 2021.

 

ARTÍCULO 2°.-       Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

ASUNTO VIII - 426-2021

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales y de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica estudiaron el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 29, por el que aprueba convenio marco de cooperación entre la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación del Gobierno de San Juan y el Consejo Profesional de Enólogos de San Juan. Por las razones que dará su miembro informante, aconsejan se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

LA CÁMARA DE DIPUTADO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FURZA DE

L E Y:

 

ARTÍCULO 1°.-        Se aprueba Convenio Marco de Cooperación, suscripto el 10 de noviembre de 2020, entre la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación del Gobierno de San Juan (SECITI) y el Consejo Profesional de Enólogos de San Juan, que tiene por finalidad establecer canales de comunicación y colaboración con el objetivo de crear herramientas de fomento de la competitividad en sectores productivos a través de la promoción e innovación tecnológica, en el marco de posibles proyectos y programas de cada una de las partes intervinientes, ratificado por Decreto N° 0332-SECITI-2021, del 16 de marzo de 2021.

 

ARTÍCULO 2°.-        Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

ASUNTO IX - 427-2021

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica y de Sistema Municipal, estudiaron el proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 30, por el que aprueba en todas sus partes el Convenio Marco de cooperación entre la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación del Gobierno de San Juan y la Municipalidad de Jáchal. Por las razones que dará su miembro informante, aconsejan se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

LA CÁMARA DE DIPUTADO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FURZA DE

L E Y:

 

ARTÍCULO 1°.-        Se aprueba el Convenio Marco de Cooperación, suscripto el 22 de septiembre de 2020, entre la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación del Gobierno de San Juan (SECITI); y la Municipalidad de Jáchal; que  tiene por finalidad la reciproca asistencia y cooperación en todos aquellos aspectos que tengan relación directa con actividades y fines propios de los organismos, sean de carácter técnico, social, productivo; ratificado por Decreto N° 0331-SECITI-2021, del 16 de marzo de 2021.

 

ARTÍCULO 2°.-       Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

ASUNTO X - 520-2021

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales y de Hacienda y Presupuesto en el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 41, por el que se sustituye el artículo 5° de la Ley N° 615-S. Por las razones que dará su miembro informante, aconsejan se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

LA CÁMARA DE DIPUTADO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FURZA DE

L E Y:

 

ARTÍCULO 1°.-        Se sustituye el artículo 5° de la Ley N° 615-S, el que quedará redactado de la siguiente forma:

ARTÍCULO 5°.-           Concédase a los veteranos de Guerra de Malvinas que cumplan con los requisitos establecidos por esta Ley, conforme las atribuciones previstas en el artículo 150, Inciso 11) de la Constitución Provincial, una pensión vitalicia equivalente al ciento cuarenta por ciento (140%) de una asignación de la categoría 24 del Escalafón del Empleado Público Provincial, que se denominará Pensión de Guerra de Malvinas, a partir del mes de abril del año 2021, debiendo consignarse en esta forma las solicitudes, recibos y credenciales. Extiéndase el beneficio anteriormente previsto a los causahabientes en caso de fallecimiento del titular, los que deberán acreditar fehacientemente su vínculo, conforme lo determina el artículo 53 de la Ley Nacional N° 24241 y sus modificatorias.

A partir del mes de abril del año 2022, la pensión vitalicia será equivalente al ciento sesenta por ciento (160%), de una asignación de la categoría 24 del Escalafón del Empleado Público Provincial"

 

ARTÍCULO 2°.-       Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

ASUNTO XI - 451- -2021

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

             La comisión de Legislación y Asuntos en el proyecto de Ley presentado por Comisión Permanente por el que se consolidan las leyes sancionadas y publicadas en el año 2020. Por las razones que dará su miembro informante, aconsejan se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

LA CÁMARA DE DIPUTADO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FURZA DE

L E Y:

 

ARTÍCULO 1º.-        Se consolidan las leyes sancionadas desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2020 que fueron publicadas desde el 1 de enero de 2020 al 31 de enero de 2021 y todas aquellas que se vean afectadas por éstas. Se enumeran en el Anexo I que forma parte integrante de la presente ley.

Se incorpora al Digesto Jurídico de la Provincia de San Juan, Ley Nº 1260-E, la normativa resultante de la consolidación citada en el párrafo anterior.

 

ARTÍCULO 2º.-        Se sustituye, de la Ley Nº 1260-E, el artículo 1º, por el siguiente:

 

ARTÍCULO 1º.- Digesto jurídico de la Provincia de San Juan: Se aprueba el Digesto Jurídico de la Provincia de San Juan, en un cuerpo unificado y ordenado temáticamente, consolidándose las leyes y decretos leyes sancionados hasta el 31 de diciembre de 2020 y publicados hasta el 31 de enero de 2021, conforme los anexos que forman parte de la presente Ley.”

 

ARTÍCULO 3º.-        Se rectifica de la Ley Nº 633-E, el artículo 32 inciso i) de la siguiente manera:

 

Donde dice:

“i)    Imponer apercibimiento o multa de hasta dos veces el salario básico del escalafón judicial correspondiente al personal administrativo, a quienes obstruyan el curso del proceso, cometan faltas en las audiencias, escritos o comunicaciones de cualquier índole, contra la autoridad, orden, dignidad o decoro de los miembros del Tribunal, Fiscal, Acusador Especial, Defensores, Secretario y denunciado.”

 

Debe decir:

“i)        Conducir y ordenar el debate”.

 

ARTÍCULO 4º.-        Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

ASUNTO XII - 2581- -2020

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica y de Peticiones y Poderes en el proyecto de ley presentado por el bloque Justicialista, por el que impone el nombre de "El Jardín de Francesco" a la Escuela de Nivel Inicial E.N.I. N° 42. Por las razones que dará su miembro informante, aconsejan se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

LA CÁMARA DE DIPUTADO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FURZA DE

L E Y:

 

ARTÍCULO 1º.-        Se impone el nombre de "El Jardín de Francesco" a la Escuela de Nivel Inicial E.N.I. N° 42, ubicada en calles Chacabuco y Juan de Dios Jofre s/n°, B° San Ricardo del departamento de Rawson, dependiente de la Dirección de Educación Inicial del Ministerio de Educación de la Provincia de San Juan.

 

ARTÍCULO 2º.-        Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

 

ASUNTO XIII - 320- -2021

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica y de Turismo, Ambiente y Desarrollo Sostenible en el proyecto de ley presentado por el bloque Justicialista por el que modifica la Ley N° 411-F de Patrimonio Cultural y Monumentos Históricos. Por las razones que dará su miembro informante, aconsejan se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

LA CÁMARA DE DIPUTADO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FURZA DE

L E Y:

 

ARTÍCULO 1º.- Se incorpora a la Ley N° 411-F, el artículo 186, el que queda redactado con el siguiente texto:

ARTÍCULO 186.- Se declara bien integrante del Patrimonio Cultural y Natural de la Provincia de San Juan, de conformidad con la Ley N° 571-F, la tumba donde yacen los restos de Emar Acosta, ubicados en el Cuartel 1°, Manzana 7ª, Columna 437 del Cementerio de la Capital”

 

ARTÍCULO 2º.- Se incorpora a la Ley N° 411-F, el artículo 187, el que queda redactado con el siguiente texto:

ARTÍCULO 187.- Se designa a la tumba, Lugar Natural e Histórico Provincial – Solar Histórico-, en los términos del inciso B, apartado 2, artículo 4° de la Ley N° 571-F”.

 

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

ASUNTO XIV - 117- -2021

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            La comisión de Hacienda y Presupuesto, estudió la nota enviada por el Tribunal de Cuentas de la Provincia por la que eleva dictamen sobre la Cuenta General del Ejercicio 2019 de ese organismo del Estado. Por las razones que dará su miembro informante, aconsejan se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

R E S U E L V E :

 

ARTÍCULO 1º.-        Se aprueba la Cuenta General Ejercicio 2019 del Tribunal de Cuentas de la Provincia, considerando el informe de la auditora, CPN Natalia Paola Romero Felicito, designada oportunamente por Resolución Nº 37/2020 de esta Cámara; y que se ha expedido el vocal interviniente, CPN Daniel Pérez Celedón.

 

ARTÍCULO 2º.-        Se ordena al Tribunal de Cuentas de la Provincia, abone al CPN; Natalia Paola Romero Felicito, lo dispuesto por el Artículo 121 de la Ley Nº 1100-E, en concepto de cancelación por los trabajos profesionales realizados a los fines del estudio de la Cuenta General del Ejercicio Año 2019 de ese Tribunal de Cuentas, por los dictámenes producidos y remitidos a la Vocalía IV de ese Tribunal, a cuyo fin deberá realizar la imputación del  gasto y la totalidad del trámite administrativo para realizar el pago, previa presentación de la factura correspondiente.

 

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, insértese en el Libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.

 

SOBRE TABLAS

Asunto 14 – Expte. Nº 622-2021

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y

 

ARTÍCULO 1º.- Declárese al mes de abril como el mes de la “Concientización sobre Trastorno del Espectro Autista (TEA)”

 

ARTÍCULO 2º.- El Poder Ejecutivo provincial a través de los organismos competentes, debe arbitrar las medidas necesarias para la organización de eventos y programas, destinados a orientar y fomentar la comprensión social, incluso a nivel familiar, sobre este Trastorno del Espectro Autista.

 

Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.