San Juan, 17 de Mayo de 2016.

DECRETO N.º 0449-P

 VISTO:

                                   Los distintos asuntos ingresados a la Cámara de Diputados para su tratamiento; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Lo dispuesto por el Artículo 23, Incisos 2), 6) y 9) del Reglamento Interno de la misma;

 POR ELLO:

VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN Y

 PRESIDENTE NATO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

 D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1º.- Convocar a la Cámara de Diputados a celebrar la CUARTA SESIÓN ORDINARIA, para el día jueves 19 de mayo de 2016, a las 09:00 horas, con el objeto de tratar el siguiente Orden del Día:

ASUNTOS ENTRADOS

 

Comunicaciones Oficiales

 

0906

1.         Mensaje N.º 0025 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba convenio y adenda celebrados entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Dirección Provincial de Vialidad, con el objeto de la realización de la obra: "Separación de calzadas, construcción de colectoras, cruces a desnivel y control de accesos en la Ruta Nacional N.º 40, en las inmediaciones de la Ruta Provincial N.º 179 (calle 8) hasta las inmediaciones de la Ruta Provincial N.º 155 (calle 5) en la provincia de San Juan".

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            HACIENDA Y PRESUPUESTO

            OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

0907

2.         Mensaje N.º 0026 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que modifica la Ley N.º 346-R, Servicio Penitenciario Provincial.

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            JUSTICIA Y SEGURIDAD

            HACIENDA Y PRESUPUESTO

0908

3.         Mensaje N.º 0027 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que declara Bien Integrante del Patrimonio Cultural de la Provincia y lo designa como Pueblo Histórico, al pueblo de Colangüil, ubicado en el departamento Iglesia.

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA

            TURISMO, AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

0932

4.         Mensaje N.º 0028 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el convenio recíproco de colaboración, celebrado entre el Ministerio de Planificación e Infraestructura de la Provincia y la Municipalidad de Rawson, cuyo objeto es construir y poner en funcionamiento el "CENTRO CULTURAL Y DEPORTIVO EX BODEGA LA SUPERIORA".

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            HACIENDA Y PRESUPUESTO

            OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

0933

5.         Mensaje N.º 0029 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el convenio marco celebrado entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Dirección Provincial de Vialidad, con el objeto de la realización de la obra: "Ruta Nacional N.º 20-Provincia de San Juan-Tramo: empalme RP 270 (km 556,36)-Empalme RN A014 (km 580,78), Sección I: empalme RP 270 (km 556,36)-Puente río San Juan (km 563,21); Sección II: puente río San Juan (km 563,21)-Acceso Aeropuerto (km 571,99) y Sección III: acceso Aeropuerto (km 571,99)-Empalme RN A014 (km 580,78)".

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            HACIENDA Y PRESUPUESTO

            OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

1036

6.         Mensaje N.º 0030 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Convenio de Desarrollo de Parque Turístico Deportivo, celebrado entre la Provincia y el Municipio de Albardón, para la construcción de un autódromo.

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            HACIENDA Y PRESUPUESTO

            OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

1037

7.         Mensaje N.º 0031 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba la adenda modificatoria del convenio celebrado entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Dirección Provincial de Vialidad, con el objeto de la realización de la obra: "Ruta Provincial N.º 215 (calle 11), tramo: calle Mendoza – Ruta Nacional N.º 40, departamento Pocito-Provincia de San Juan".

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            HACIENDA Y PRESUPUESTO

            OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

1043

8.         Mensaje N.º 0032 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba la adenda al Convenio Particular N.º 1 del Convenio Marco Autovía Ruta Nacional N.º 40 (San Juan-Albardón), celebrado entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Dirección Provincial de Vialidad.

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            HACIENDA Y PRESUPUESTO

            OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

1136

9.         Mensaje N.º 0033 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Convenio Marco de Asistencia y Cooperación, celebrado entre la Provincia y la Fundación Barrera Zoofitosanitaria Patagónica.

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            ECONOMÍA Y DEFENSA AL CONSUMIDOR

1137

10.       Mensaje N.º 0034 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que faculta al Poder Ejecutivo a realizar oferta de adjudicación en liquidación de los bienes que componen la Sociedad de Beneficencia Hospital Español.

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            HACIENDA Y PRESUPUESTO

1135

11.       Acuerdo Legislativo N.º 0001 remitido por el Poder Ejecutivo, para hacer efectiva la designación en el cargo de Subcontador General de la Provincia, al CPN Juan Antonio Sánchez.

 

            HACIENDA Y PRESUPUESTO

1169

12.       Nota del Consejo de la Magistratura, mediante la cual eleva ternas para cubrir cargos vacantes de: Juez de Cámara Penal y Correccional (Sala III); Juez de Primera Instancia (4º Juzgado de Instrucción); Juez de Paz del Departamento Calingasta; Juez de Paz del Departamento Rawson; y Fiscal de Primera Instancia (Fiscalía de Instrucción N.º 4).

 

            JUSTICIA Y SEGURIDAD

0938

13.       Nota de la Defensoría del Pueblo, mediante la que presenta informe anual correspondiente a la labor desplegada entre 01/01/2015 y 31/03/2016, en cumplimiento del artículo 8º, inciso h) de la Ley N.º 334-E.

 

            A CONOCIMIENTO

0948

14.       Nota del Tribunal de Cuentas, mediante la que envía la rendición de cuentas Ejercicio 2015, de ese organismo, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 4º, inciso e) y artículos 116 y 118 de la Ley N.º 1100-E.

 

            HACIENDA Y PRESUPUESTO

0976

15.       Nota del Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE), mediante la que eleva Anuario EPRE 2015, en cumplimiento de la Ley N.º 524-A, Marco Regulador de la Actividad Eléctrica Provincial.

 

            OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

1038

16.       Nota del Tribunal de Cuentas, mediante la que remite Protocolo de Actas, año 2015 de ese tribunal, en cumplimiento del Artículo 38, in fine, de la Ley N.º 1100-E.

 

            HACIENDA Y PRESUPUESTO

 

 

Comunicaciones Particulares

 

0936

17.       Nota de la profesora Delia Beatriz González, mediante la que presenta copia de su libro: Los desaparecedores.

 

            A CONOCIMIENTO

0968

18.       Nota de la CTA de los Trabajadores-San Juan y de la CTA Autónoma-San Juan, por la que elevan petitorio.

 

            A CONOCIMIENTO

 

 

DESPACHOS DE COMISIÓN

 

 

ASUNTO I

0868

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Obras y Servicios Públicos; y de Hacienda y Presupuesto, en el Mensaje N.º 0023 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba convenios y adendas, celebradas entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Municipalidad de Calingasta, cuyo objeto es la realización de la obra: "Ruta Nacional N.º 149, tramo: Barreal-Sorocayense, sección: empalme calle Belgrano-Empalme calle Roca, departamento Calingasta, provincia de San Juan".

 

 

ASUNTO II

0869

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Obras y Servicios Públicos; y de Hacienda y Presupuesto, en el Mensaje N.º 0024 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba adenda, celebrada entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Dirección Provincial de Vialidad, cuyo objeto es la realización de la obra: "Ruta Nacional N.º 149-Tramo: Pachaco-Calingasta-Sección IB: km 100-km 121 y Sección II: km 121-Acceso puente de Calingasta, provincia de San Juan".

 

 

ASUNTO III

0391

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Obras y Servicios Públicos; y de Economía y Defensa al Consumidor, en el Mensaje N.º 0008 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba la Adenda N.º 3 y modificación al Anexo B, a la Carta Acuerdo N.º 5 al Convenio de Asistencia Técnica e Investigación, para la ejecución del "Proyecto desarrollo de áreas bajo riego de la margen sur del río San Juan, Canal Céspedes-Sarmiento".  

 

ASUNTO IV

0084

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Obras y Servicios Públicos; y de Hacienda y Presupuesto, en el Mensaje N.º 0002 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba convenio y acta de adhesión, celebrada entre la Unidad Ejecutora del Programa de Infraestructura Vial Productiva II, la Dirección Provincial de Vialidad de San Juan, y la UTE "Panedile Argentina S.A.-Techint Cía. Técnica Internacional S.A.", para la realización de la segunda modificación y ampliación (calle Las Moras) de la obra: "Ruta Provincial N.º 12, Tramo: Dique Caracoles-Cerro Blanco, departamento Zonda, provincia de San Juan".

 

 

ASUNTO V

0829

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Hacienda y Presupuesto; y de Economía y Defensa al Consumidor, en el Mensaje N.º 0021 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que ratifica la Adenda N.º 1 a la Carta Acuerdo N.º 9, Convenio de Asistencia Técnica e Investigación-Servicios de Cooperación y Consultoría para la ejecución del proyecto "Mejora de la red secundaria de riego, del área Proyecto Desarrollo Agrícola y Gestión del Área Bajo Riego: Canal del Norte-25 de Mayo-Provincia de San Juan".

 

 

ASUNTO VI

0718

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Turismo, Ambiente y Desarrollo Sostenible, en el Mensaje N.º 0019 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, sobre el desarrollo de un sistema integral de gestión de cauchos de desecho generados en la Provincia.

 

 

ASUNTO VII

0656

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica; y de Turismo, Ambiente y Desarrollo Sostenible, en el Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara Monumento Histórico Provincial, a la iglesia Nuestra Sra. del Carmen, ubicada en el departamento Calingasta.

 

ASUNTO VIII

0591

Despacho de la Comisión de Salud y Deporte, en el Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés deportivo y social, la 5ª edición del Desafío Ansilta 42-65 km, organizado por Adventure PRO.

 

ASUNTO IX

0762

Despacho de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica, en el Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Compromiso Federal, por el que declara de interés cultural el libro: La barra, de Daniel David Rodríguez.

 

 

ASUNTO X

0439

Despacho de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica, en el Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Bloquista, por el que solicita al Poder Ejecutivo, se incorpore en la reglamentación de la Ley N.º 1327-H, la contribución de la memoria histórica de la Provincia, a través del análisis e interpretación de procesos relevantes y períodos históricos de los departamentos.

 

 

ASUNTO XI

0949

Despacho de la Comisión de Justicia y Seguridad, en el Proyecto de Comunicación presentado por interbloques, por el que solicita al Poder Ejecutivo, informe en relación a políticas anti narcotráfico implementadas; criterios empleados en los últimos ascensos de personal policial; y al operativo antinarcóticos llevado a cabo el día 28 de abril del corriente, en el marco de una investigación que presuntamente involucra a personal policial jerárquico, recientemente ascendido de la División de Drogas Ilegales y de comisarías.

 

 

Proyectos presentados

 

0939

1.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble denominado Baños Termales La Laja, en el departamento Albardón.

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            HACIENDA Y PRESUPUESTO

            OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

0987

2.         Proyecto de Ley presentado por interbloques, mediante el que crea el boleto gratuito para los adultos mayores.

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

            HACIENDA Y PRESUPUESTO

1046

3.         Proyecto de Ley presentado por interbloques, por el que adhiere a la Ley Nacional N.º 27043, que declara de interés nacional el abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA).

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            SALUD Y DEPORTE

            HACIENDA Y PRESUPUESTO

1047

4.         Proyecto de Ley presentado por interbloques, por el que adhiere a los decretos nacionales N.º 228/2016 y 1766/2011, y crea el Sistema de prevención del tráfico ilegal en rutas provinciales y límites interprovinciales.

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            JUSTICIA Y SEGURIDAD

            HACIENDA Y PRESUPUESTO

1057

5.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Dignidad Ciudadana, por el que modifica la Ley N.º 528-R, estableciendo la obligatoriedad de luces bajas encendidas para mejor visibilidad de los vehículos, en cualquier arteria y horario.

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            JUSTICIA Y SEGURIDAD

1180

6.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que modifica la Ley N.º 575-F, de residencias geriátricas.

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            SALUD Y DEPORTE

            DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS

1184

7.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Juntos por San Juan, por el que crea el cargo de Defensor del Paciente.

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            SALUD Y DEPORTE

            HACIENDA Y PRESUPUESTO

0940

8.         Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés educativo, cultural y social, la campaña "Alimentando voluntades. Una campaña saludable para chicos solidarios".

 

            PETICIONES Y PODERES

0971

9.         Proyecto de Resolución presentado por interbloques, por el que declara de interés educativo, social y cultural, los actos conmemorativos previstos para la celebración de los 70 años de vida del Instituto Preuniversitario Escuela de Comercio Libertador General San Martín, dependiente de la Universidad Nacional de San Juan.

 

            SOBRE TABLAS

 

 

 

1009

10.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Bloquista, por el que declara de interés cultural y legislativo, la tesis doctoral elaborada por el investigador Mariano Álvarez, sobre el aporte que provincias argentinas y regiones chilenas hacen a la relación bilateral.

 

            EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA

1019

11.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés social, cultural y turístico, la 11ª cabalgata patria a Punta del Agua, a llevarse a cabo en el departamento 25 de Mayo.

 

            SOBRE TABLAS

1022

12.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés cultural, científico y académico, el II Congreso Curricular de Ciencias de la Computación.

 

            SOBRE TABLAS

1055

13.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés social, cultural y educativo, el concurso de murales: "Dejando huellas en el Bicentenario de la Independencia Argentina".

 

            EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA

1142

14.       Proyecto de Resolución presentado por interbloques, por el que declara de interés cultural, social, científico y legislativo, la realización del XXVIII Congreso Nacional de Trabajo Social: "Ejercicio profesional en el marco de la Ley Federal. Proyectos socio-profesionales en debate".

 

            EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA

1151

15.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés educativo, histórico y cultural, la "VII Jornada de Difusión y Socialización de Conocimiento Histórico y del Patrimonio Documental en el Bicentenario de la Declaración de la Independencia".

 

            EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA

1152

16.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés cultural, social y ambiental, el "Festival de Tecnologías Ambientales FesTecA 2016".

 

            TURISMO, AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

1191

17.       Proyecto de Resolución presentado por interbloques, por el que declara de interés deportivo, educativo y turístico, el Encuentro Cuyano de Minibásquetbol "Amistad 2016".

 

            SOBRE TABLAS

0909

18.       Proyecto de Comunicación presentado por interbloques, por el que solicita al Poder Ejecutivo, el ensanche y repavimentación de un tramo de la calle comandante Cabot, en el departamento Rivadavia.

 

            OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

0941

19.       Proyecto de Comunicación presentado por interbloques, por el que solicita al Poder Ejecutivo, la creación de un gabinete interdisciplinario a disposición del Colegio Secundario EPET N.º 9 Dr. René Favaloro, ubicado en el departamento Ullum.

 

            EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA

1007

20.       Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Convicción Federal, por el que solicita al Poder Ejecutivo, informe sobre la aplicación de la Ley 1413-J, de agricultura familiar.

 

            CONTROL Y SEGUIMIENTO LEGISLATIVO

1183

21.       Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Dignidad Ciudadana, por el que solicita al Poder Ejecutivo, informe sobre la aplicación de la Ley N.º 759-H, creación y funcionamiento de los Consejos Escolares.

 

            EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA

1185

22.       Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Convicción Federal, por el que solicita al Poder Ejecutivo, informe en relación a la Ley N.º 571-F, que regula la protección de los bienes que conforman el Patrimonio Cultural y Natural de la Provincia de San Juan

 

            TURISMO, AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

 

ARTICULO 2º.- Por Secretaría Legislativa cítese a los señores Diputados para  dar cumplimiento a lo dispuesto en el  Artículo 1º del presente.

 

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese y  archívese.

 

FIRMAN:

                        Marcelo Jorge Lima – Vicegobernador de San Juan y Presidente Nato C. D.

                        Mario Alberto Herrero – Secretario Legislativo C. D.

 

ASUNTO I

DESPACHO DE LAS COMISIONESDE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS; Y DE HACIENDA Y PRESUPUESTO (868-16)

 

CÁMARA DE DIPUTADOS.

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Obras y Servicios Públicos; y de Hacienda y Presupuesto, han estudiado el Mensaje N.º 0023 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el  convenio marco de fecha 15/12/2014 y el convenio particular de fecha 05/05/2015, celebrados entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Municipalidad de Calingasta; la adenda convenio particular de fecha 30/09/2015 y la Adenda I, de fecha 17/11/2015, modificatoria del convenio particular, celebradas entre la Dirección Nacional de Vialidad, la Dirección Provincial de Vialidad y la Municipalidad de Calingasta; con el objeto de la realización de la obra: "Ruta Nacional N.º 149, tramo: Barreal-Sorocayense, sección: Empalme calle Belgrano-Empalme calle Roca, departamento Calingasta,y; por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente  despacho con modificaciones:

 

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el convenio marco de fecha 15/12/2014 y el convenio particular de fecha 05/05/2015, celebrados entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Municipalidad de Calingasta; la adenda convenio particular de fecha 30/09/2015 y la Adenda I, de fecha 17/11/2015, modificatoria del convenio particular, celebradas entre la Dirección Nacional de Vialidad, la Dirección Provincial de Vialidad y la Municipalidad de Calingasta; con el objeto de la realización de la obra: "Ruta Nacional N.º 149, tramo: Barreal-Sorocayense, sección: Empalme calle Belgrano-Empalme calle Roca, departamento Calingasta, provincia de San Juan", aprobados por Decreto N.º 645-MPeI, de fecha 20 de abril del 2016.

 

ARTÍCULO 2º.- Facúltase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a modificar el presupuesto de gastos y de recursos y financiamiento, para atender el gasto que genere lo dispuesto en la presente ley.

 

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO II

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS; Y DE HACIENDA Y PRESUPUESTO (869-16)

CÁMARA DE DIPUTADOS.

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Obras y Servicios Públicos; y de Hacienda y Presupuesto, han estudiado el Mensaje N.º 0024 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba la Adenda de fecha 21/10/2015, modificatoria del convenio de fecha 02/08/2013, aprobado por Decreto N.º 1379-MI/2013 y Ley N.º 1207-A; celebrada entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Dirección Provincial de Vialidad,  con el objeto de la realización de la obra: "Ruta Nacional N.º 149-Tramo: Pachaco-Calingasta-Sección IB: Km. 100-Km. 121 y Sección II: Km. 121-Acceso puente de Calingasta; y, por las razones que os dará su miembro informante aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:

 

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la adenda de fecha 21/10/2015, modificatoria del convenio de fecha 02/08/2013, aprobado por Decreto N.º 1379-MI/2013 y Ley N.º 1207-A; celebrada entre la Dirección Nacional de Vialidad  y la Dirección Provincial de Vialidad, con el objeto de la realización de la obra: "Ruta Nacional N.º 149-Tramo: Pachaco-Calingasta-Sección IB: Km. 100-Km. 121 y Sección II: Km. 121-Acceso puente de Calingasta, provincia de San Juan"; ratificada por Decreto N.º 0644-MPel, de fecha 20 de abril del 2016.

 

ARTÍCULO 2º.- Facúltase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a modificar el presupuesto de gastos y de recursos y financiamiento, para atender el gasto que genere lo dispuesto en la presente ley.

 

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO III

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS; Y DE ECONOMÍA Y DEFENSA AL CONSUMIDOR (0391-16)

CAMARA DE DIPUTADOS:

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Obras y Servicios Públicos; y de Economía y Defensa al Consumidor, han estudiado el Mensaje N.º 0008 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba la Adenda N.º 3 y modificación al Anexo B, a la Carta Acuerdo N.º 5 al Convenio de Asistencia Técnica e Investigación, para la ejecución del "Proyecto desarrollo de áreas bajo riego de la margen sur del río San Juan, Canal Céspedes-Sarmiento”, y; por las razones que os dará su miembro informante aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:

 

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.- Apruébase en todas sus partes la Adenda N.º 3 y la modificación al Anexo B, a la Carta Acuerdo N.º 5 al convenio de Asistencia Técnica e Investigación, que fuera suscripta con fecha 30 de octubre de 2015 entre el Gobierno de la Provincia de San Juan, representado, en ese acto,  por el  Ministro de Producción y Desarrollo Económico, Lic. Marcelo Alós; y la Fundación ArgenINTA, representada, en ese acto por el Dr. Roberto Javier Ortega, para la ejecución del "Proyecto Desarrollo de Áreas Bajo Riego de la Margen Sur del Río San Juan, Canal Céspedes-Sarmiento", ratificado por Decreto N.º 0387-MPyDE, de fecha 02 de marzo de 2016.

 

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO IV

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS; Y DE HACIENDA Y PRESUPUESTO  (0084-16)

CAMARA DE DIPUTADOS.

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Obras y Servicios Públicos; y de Hacienda y Presupuesto, han estudiado el Mensaje N.º 0002 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba convenio y acta de adhesión, celebrada entre la Unidad Ejecutora del Programa de Infraestructura Vial Productiva II, la Dirección Provincial de Vialidad de San Juan, y la UTE "Panedile Argentina S.A.-Techint Cía. Técnica Internacional S.A.", para la realización de la segunda modificación y ampliación (calle Las Moras) de la obra: "Ruta Provincial N.º 12, Tramo: Dique Caracoles-Cerro Blanco, departamento Zonda, provincia de San Juan”, y; por las razones que os dará su miembro informante aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho con modificaciones:

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el convenio y su acta de adhesión, celebrados en fecha 3 de diciembre de 2015, entre la Unidad Ejecutora del Programa de Infraestructura Vial Productiva II, la Dirección Provincial de Vialidad de San Juan, y la UTE "Panedile Argentina S.A.-Techint Cía. Técnica Internacional S.A.", con motivo de la realización de la segunda modificación y ampliación (calle Las Moras) de la obra: "Ruta Provincial N.º 12, Tramo: Dique Caracoles-Cerro Blanco, departamento Zonda, provincia de San Juan", aprobados por Decreto N.º 0059-MPeI, del Poder Ejecutivo Provincial, de fecha 15 de enero de 2016.

 

ARTÍCULO 2º.- Facúltase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a modificar el presupuesto de gastos y recursos y financiamiento, para atender el gasto que genere lo dispuesto en la presente ley.

 

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO V

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE HACIENDA Y PRESUPUESTO; Y DE ECONOMÍA Y DEFENSA AL CONSUMIDOR (0829-16)

CAMARA DE DIPUTADOS:

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Hacienda y Presupuesto; y de Economía y Defensa al Consumidor, han estudiado el Mensaje N.º 0021 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que ratifica la Adenda N.º 1 a la Carta Acuerdo N.º 9, Convenio de Asistencia Técnica e Investigación-Servicios de Cooperación y Consultoría para la ejecución del proyecto "Mejora de la red secundaria de riego, del área Proyecto Desarrollo Agrícola y Gestión del Área Bajo Riego: Canal del Norte-25 de Mayo-Provincia de San Juan", y; por las razones que os dará su miembro informante aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:

 

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Adenda N.º1 a la Carta Acuerdo N.º 9-Convenio de Asistencia Técnica e Investigación-Servicios de Cooperación y Consultoría para la ejecución del proyecto: "Mejora de la red secundaria de riego del área proyecto Desarrollo Agrícola y Gestión del Área Bajo Riego: Canal del Norte-25 de Mayo-Provincia de San Juan", suscripta con fecha 29 de enero de 2016 entre el Gobierno de la Provincia de San Juan-Ministerio de Producción y Desarrollo Económico-Entidad de enlace-Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP)- y la Fundación ArgenINTA; ratificado por Decreto N.º 620-MPyDE, de fecha 10 de abril de 2016.

 

ARTÍCULO 2º.- Autorícese al Poder Ejecutivo, a suscribir modificaciones al convenio aprobado, que resulten procedentes a fin de dar eficiente ejecución al mismo; siempre que las mismas no impliquen cambios sustanciales en su objeto.

 

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

  

ASUNTO VI

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; Y DE TURISMO, AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE (0718)

CAMARA DE DIPUTADOS:

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Turismo, Ambiente y Desarrollo Sostenible, han estudiado el Mensaje N.º 0019 y  Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que establece normas de protección ambiental para el desarrollo de un Sistema Integral de Gestión de Cauchos de Desecho generados en la provincia, y; por las razones que os dará su miembro informante aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:

 

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

 SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

 

ARTÍCULO 1º.- OBJETO: Las disposiciones de la presente ley establecen normas de protección ambiental para el desarrollo de un Sistema Integral de Gestión de Cauchos de Desecho generados en la Provincia de San Juan, propiciando el manejo sustentable y determinando las responsabilidades jurisdiccionales del gobierno provincial y de los diferentes generadores públicos y privados de dicho descarte.

 

ARTÍCULO 2º.- Son objetivos de la presente Ley:

 

a)       Otorgar el marco normativo que propicie la gestión integral y ambientalmente responsable para prevenir que los pasivos de cauchos de desechos provoquen afectaciones al ambiente y a la salud humana, derivados de una disposición final inadecuada.

b)      Implementar planes de acción multisectorial coordinada a fin de asegurar que los distintos sectores privados y públicos asuman su responsabilidad post-consumo como productores y usuarios de este desecho.

c)       Promover la reutilización, el reciclado y otras formas de valorización de dicho pasivo ambiental.

d)      Fomentar el correcto manejo, manipulación, disposición final y uso mediante campañas educativas y de concientización a la población.

e)       Crear sistemas de trazabilidad que permitan controlar y cuantificar el pasivo ambiental generado en la Provincia.

f)        Hacer cumplir a los grandes, medianos y pequeños generadores de cauchos en desecho las normativas aplicables en la Ley 504-L de Impacto Ambiental, Ley 25612 Gestión Integral de Residuos Industriales y de actividades de servicios, Ley 25675 General de Ambiente, Ley Provincial N.º 1114-L; Ley N.º 24051 de Residuos Peligrosos y su Ley de adhesión N.º 522-L; y toda otra norma atinente.

g)      Fomentar el manejo y recolección diferenciada de los cauchos de desechos.

h)       Prohibir la quema indiscriminada a cielo abierto de cauchos de desechos.

i)         Divulgar y propiciar las mejores técnicas para el tratamiento de cauchos de desechos disponible y mejores prácticas ambientales en la materia en el sector industrial que corresponda.

j)         Promover la construcción y desarrollo en la Provincia de San Juan de un Centro de Tratamiento y Disposición de Cauchos de Desechos a efectos del rehúso o industrialización de estos residuos acumulados por la actividad en la provincia y aquellos provenientes de otras jurisdicciones provinciales o del exterior.

k)       Resolver los pasivos ambientales existentes por acumulación de cauchos, en particular de los neumáticos de desechos.

 

ARTÍCULO 3º.- DEFINICIONES: A los fines de esta ley, se entiende por:

 

a)       Caucho: es el componente principal utilizado para la fabricación de objetos como neumáticos, cámaras, cintas transportadoras, mangueras y otros.

b)      Neumático: elemento construido básicamente por caucho y materiales de refuerzo, fabricado recientemente, usado o reconstruido, que se monta sobre una llanta para ser utilizado en el rodamiento de todo tipo de vehículo.

c)       Neumático fuera de uso: son aquellos neumáticos usados cuyo estado de desgaste no reúne las condiciones para seguir siendo utilizado como tal, es almacenado por el consumidor o usuario final, pero mediante un proceso de reconstrucción o recauchutado puede ser reutilizado para su rodamiento.

d)      Cauchos de desecho: son aquellos que no pueden usarse para el propósito que se fabricaron originalmente, careciendo de condiciones técnicas necesarias para las diseñadas originalmente, o los cuales su poseedor ha transformado en residuos por propia decisión.

e)       Descarte de cauchos de producción: se incluye en esa definición el scrap de caucho generado en el proceso de producción, fabricación, reconstrucción, remodelado o recauchutado de neumáticos (esté o no vulcanizado), cintas transportadoras, mangueras y otros.

f)        Manejo sustentable de cauchos: procesos que priorizan las mejoras prácticas disponibles y técnicas ambientales asociadas a la producción, uso, consumo, transformación, valorización (reutilización y reciclaje) tratamiento (desmontaje, desarmado, desensamblado, trituración, valorización) y disposición final de neumáticos como producto, usados y de desecho.

g)      Transformación: es el tratamiento físico, químico o combinado de los cauchos de desecho para modificar sus características o aprovechar sus componentes o su potencial.

h)       Reutilización: toda operación que permita prolongar su uso o el de alguno de sus componentes, luego de su utilización original.

i)         Reciclaje: todo proceso de extracción y transformación de los componentes o elementos de los cauchos que han llegado al término de su vida útil pero que admite un uso adicional.

j)         Tratamiento: toda actividad de desmontaje, desarmado, desensamblado, trituración, valorización o preparación para su disposición final y cualquier otra operación que se realice con tales fines.

k)       Valorización: toda acción o proceso que permita el aprovechamiento de los neumáticos, así como de los materiales que los conforman, siempre que no dañe el ambiente o la salud humana. Se encuentran comprendidos en la valorización de los procesos de reutilización y reciclaje.

l)         Disposición final: destino último ambientalmente seguro, de los elementos residuales que surjan como remanente del tratamiento de los cauchos de desecho.

 

ARTÍCULO 4º.- PRINCIPIOS. La gestión de cauchos de desechos deberá regirse por los principios:

 

a)       Reducción de fuentes y ciclo de vida integrado (producción, uso, reutilización, reciclaje, valorización, tratamiento o disposición final).

b)      Prevención de efectos negativos que sobre el ambiente se pueden producir.

c)       El que contamina paga, a fin de evitar y resolver los problemas ocasionados por la inadecuada gestión.

 

CÁPITULO II

DE LOS GENERADORES Y RESPONSABILIDADES

 

ARTÍCULO 5º.- Se considera generador a toda persona física o jurídica, pública o privada que como resultado de sus actos, procesos productivos, operaciones o de actividades de servicios, genere caucho (cualquiera fueren sus presentaciones) como desechos.

 

ARTÍCULO 6º.- De los tipos de generadores categorizados según cantidad y características de cauchos (presentados en objetos como cubiertas, cintas, mangueras y otros) que produzcan mensualmente o su equivalente anual:

 

a)       Pequeño: cantidades comprendidas entre 1 y 10 neumáticos descartados de rodado de motos, autos o camionetas (menores a 70 kg) de desecho.

b)      Mediano: cantidades comprendidas entre 70 kg y 700 kg de cauchos de desechos.

c)       Grandes: cantidades superiores a 700 kg de caucho de desecho.

 

ARTÍCULO 7º.- Créase el padrón de medianos y grandes generadores de cauchos de desechos. A tal fin la autoridad de aplicación realizará un censo o relevamiento en toda la provincia de San Juan.

 

ARTÍCULO 8º.- Los generadores de cauchos de desechos deberán instrumentar las medidas necesarias para:

 

a)       Minimizar su generación como desecho.

b)      Separar o diferenciarlo del residuo sólido urbano y demás residuos para facilitar todas las etapas de gestión.

c)       Llevar un control cuantitativo y cualitativo de dicho pasivo ambiental.

d)      Tratar adecuadamente y poner sus desechos de cauchos a disposición de la gestión para ser procesados en plantas de tratamiento debidamente habilitadas.

 

ARTÍCULO 9º.- El generador de cauchos deberá brindar a la autoridad competente la información necesaria solicitada correspondiente a:

 

a)       Tipo de actividad que realiza.

b)      Cantidad generada mensual y anualmente.

c)       Tipo de desecho y cualidades.

d)      Tipo de tratamiento o trazabilidad para su destino final, en caso de que lo hubiere.

e)       Modo de almacenamiento o acopio temporal si hubiere.

 

ARTÍCULO 10.-Para los pequeños generadores se otorga la responsabilidad de trasladar sus neumáticos de desecho hasta Centros de Recolección o a la Planta de Procesos habilitada por la autoridad de aplicación y los distintos municipios de la Provincia.

 

CAPÍTULO III

CICLO DE VIDA

 

ARTÍCULO 11.-La trazabilidad de los cauchos se extiende en la jurisdicción, comprendiendo entre otras, las siguientes etapas:

 

a)       Puesta en el mercado de los cauchos presentados en sus distintos tipos de productos;

b)      Utilización de los mismos por parte de los usuarios;

c)       Acopio transitorio antes de su destino final;

d)      Entrega a centros habilitados para su reconstrucción;

e)       Retiro y transporte del mercado de los cauchos de descarte;

f)        Transformación de los cauchos para recuperar sus componentes o aprovechar su potencial;

g)      Utilización de los componentes recuperados;

h)       Disposición final apropiada de los materiales o constituyentes que ya no sean utilizables en ninguna forma.

 

CAPÍTULO IV

DE LAS DISPOSICIONES FINALES

 

ARTÍCULO 12.-TRATAMIENTO AMBIENTALMENTE RESPONSABLE. A título enunciativo se considera tratamiento ambientalmente responsable de los cauchos fuera de uso a: aprovechamiento de cauchos triturados; a los usados como fuente de energía (mediante adecuado tratamiento de efluentes gaseosos) o como combustible alternativo en hornos de cemento, en plantas de generación de energía eléctrica, en procesos industriales, los presentados como neumáticos de desecho enteros fuera de uso entre otros.

 

CAPÍTULO V

DE LAS TECNOLOGÍAS

 

ARTÍCULO 13.-Las tecnologías utilizadas para el tratamiento de los cauchos de desecho deben responder a los principios establecidos en el Capítulo IV Artículo 17 de la Ley Nacional N.º 25612.

 

ARTÍCULO 14.-Cualquier tipo de tratamiento utilizado por toda persona física o jurídica, pública o privada, deberá fundamentar ante las autoridades correspondientes, la elección de las tecnologías a utilizar en la gestión integral de neumáticos de desecho y obtener la autorización correspondiente.

 

CAPÍTULO VI

AUTORIDAD DE APLICACIÓN

 

ARTÍCULO 15.-Será autoridad provincial de aplicación la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, o el órgano que en el futuro lo reemplace.

 

CAPÍTULO VII

DE LOS CENTROS DE ACOPIO Y CONFINAMIENTOS TEMPORALES

 

ARTÍCULO 16.-Todo vertedero de cauchos o centros de acopio que no hayan sido previamente autorizados por las autoridades competentes, será declarado clandestino e inmediatamente clausurado, ello sin perjuicio de las sanciones previstas en esta ley y el Código de Faltas de la Provincia de San Juan u otra legislación vigente.

 

ARTÍCULO 17.-Los recolectores autorizados deberán respetar los circuitos de acopio establecidos por el municipio correspondiente.

 

ARTÍCULO 18.-PROHIBICIÓN. Queda prohibido el abandono, vertido o la eliminación no autorizada de cauchos (incluida la quema), en la jurisdicción provincial.

 

ARTÍCULO 19.-Declárase de interés provincial la construcción de un Centro de Tratamiento y Disposición Final de Cauchos en Desuso.

 

ARTÍCULO 20.-Posteriormente a la construcción y la puesta en operación del Centro de Tratamiento, será de carácter obligatorio a las empresas inscriptas en el padrón de generadores de caucho, la gestión adecuada para el tratamiento y disposición final de los cauchos acumulados a esa fecha.

 

ARTÍCULO 21.-Se prohíbe el enterramiento, en rellenos sanitarios de los Centros de Tratamiento y Disposición Final que integran el Programa Estratégico Provincial de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos, de cauchos en cualquiera de sus presentaciones (neumáticos, cintas transportadoras, mangueras de gran tamaño, etc.). Autorizándose únicamente el acopio y posterior traslado al Centro de Disposición Final de Caucho en desuso.

 

ARTÍCULO 22.-RÉGIMEN DE CONTROL Y SANCIONES. Todo el transportista que recolecta este residuo de mediano y gran generador, deberá ser autorizado y constar con una orden de transporte que permita identificar su procedencia, recorrido y disposición, identificando al generador, transportista y sitio de destino final. En un todo de acuerdo con la Ley N.º 1114-L (ley de gestión integral de RSU-Provincia de San Juan) Artículos 5º; 13; 14; 15; 17; y 18. Las contravenciones que se detecten o corroboren, serán sancionadas según la normativa vigente Ley N.º 941-R (Artículos 98; 99; 162; 167; y 169) o lo estipulado en la Ley N.º 1114-L.

 

ARTÍCULO 23.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO VII

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; TURISMO, AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE; Y DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA (0656-16)

 CÁMARA DE DIPUTADOS:

Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Turismo, Ambiente y Desarrollo Sostenible; y de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica, han estudiado el Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara Bien Integrante del Patrimonio Cultural y Natural de la Provincia de San Juan, a “Iglesia Nuestra Señora Del Carmen”, ubicada en el  Departamento Calingasta; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:

 

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y:

 

ARTÍCULO 1º.- Declárase Bien Integrante del Patrimonio Cultural y Natural de la Provincia de San Juan, dentro de los alcances de la Ley Provincial Nº 571-F, a “La Capilla” de la Sidrera, bajo la advocación de Nuestra Señora del Carmen, ubicada en la Ruta Provincial Nº 412, NC Nº 16-50-726576, lote 1,  inscripción de dominio folio real, matrícula N.º 16-00846, año 1990, departamento Calingasta.

 

ARTÍCULO 2º.- Desígnese a “La Capilla” de la Sidrera, bajo la advocación de Nuestra Señora del Carmen, como “Monumento Histórico Provincial”, encuadrado en el Artículo 4º, Inciso A), Apartado 1), según lo establece la Ley Provincial Nº 571-F.

 

ARTÍCULO 3º.- La Autoridad de aplicación notificará a la Dirección Provincial de Geodesia y Catastro, a la Municipalidad del Departamento Calingasta, a la Dirección de Planeamiento y Desarrollo Urbano y al Registro General Inmobiliario de la Provincia, a fin de efectuar la anotación marginal definitiva.

 

ARTÍCULO 4º.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO VIII

DESPACHO DE LA COMISIÓN DE SALUD Y DEPORTE (0591-16)

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Vuestra Comisión de Salud y Deporte, ha estudiado Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés deportivo y social, la 5ª edición del Desafío Ansilta 42-65 km, organizado por Adventure PRO; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho: 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

R E S U E L V E:

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Deportivo y Social, la “5ª Edición del Desafío Ansilta 42-65 km”, organizada por Adventure PRO, a realizarse el día 21 de mayo de 2016, en la provincia de San Juan.

 

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, insértese en el Libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.

 

-----000-----

 

                        Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil dieciséis.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO IX

DESPACHO DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA,  CIENCIA Y TÉCNICA (0762-16)

CÁMARA DE DIPUTADOS:

Vuestra Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica, ha estudiado el Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Compromiso Federal, por el que declara de interés cultural, el libro La Barra-Anécdotas; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

R E S U E L V E:

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de interés cultural, el libro titulado: La Barra-Anécdotas, de autoría de Daniel David Rodríguez.

 

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, insértese en el Libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.

 

-----00000-----

 

                        Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados, a los diez días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO X

DESPACHO DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA,  CIENCIA Y TÉCNICA  (0439-16)

CÁMARA DE DIPUTADOS:

Vuestra Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica, ha estudiado el Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Bloquista, por el que se le solicita al Poder Ejecutivo incorporar en la reglamentación de la ley 1327-H, Artículo 46, Inciso c), la contribución de la memoria histórica de la provincia a través del análisis e interpretación de los procesos relevantes y períodos históricos de los departamentos; y; por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:

 

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

C O M U N I C A:

 

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, por intermedio del Ministerio de Educación, considere incorporar en la reglamentación del Artículo 46, Inciso c), de  la Ley N.º 1327-H, la contribución a la memoria histórica de la Provincia, a través del análisis e interpretación de procesos y períodos históricos relevantes para los departamentos, en el espacio curricular de ciencias sociales del 3º (tercer) año del ciclo básico del secundario.

 

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Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados, a los diecinueve  días del mes de abril de dos mil dieciséis.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO XI

DESPACHO DE LA COMISIÓN JUSTICIA Y SEGURIDAD (0949)

CAMARA DE DIPUTADOS.

            Vuestra Comisión de Justicia y Seguridad, ha estudiado el Proyecto de Comunicación presentado por interbloques, por el que solicita al Poder Ejecutivo, informe en relación a políticas anti narcotráfico implementadas; criterios empleados en los últimos ascensos de personal policial; y programas de formación, capacitación y perfeccionamiento al personal policial,  y; por las razones que os dará su miembro informante aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:

 

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

C O M U N I C A:

 

Que el Poder Ejecutivo, a través del Ministro de Gobierno, se sirva informar, de manera circunstanciada, respecto a los siguientes puntos:

 

1.- Qué políticas, programas o planificación anti narcotráfico se han implementado a partir del 10 de diciembre de 2015 a la fecha.

 

2.-  Si los criterios empleados en el último ascenso del personal policial, se efectuaron según las Leyes N.º  298-R y N.º 328-R, caso contrario indique razones de la decisión adoptadas.

 

3.- Si los programas de formación, capacitación y perfeccionamiento están destinado también a agentes, sub oficiales y oficiales, en particular de la División Drogas Ilegales de la Policía de la Provincia de San Juan.

 

4.- Indique el protocolo de actuación ante el decomiso de estupefacientes ilegales.

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             Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados, a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.