San Juan, 10 de Noviembre de 2015.
DECRETO N.º 0837-P
VISTO:
Los distintos asuntos ingresados a la Cámara de Diputados para su tratamiento; y
CONSIDERANDO:
Lo dispuesto por el Artículo 23, Incisos 2), 6) y 9) del Reglamento Interno de la misma;
POR ELLO:
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN Y
PRESIDENTE NATO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º.- Convocar a la Cámara de Diputados a celebrar la DECIMOQUINTA SESIÓN ORDINARIA, para el día jueves 12 de noviembre de 2015, a las 09:00 horas, con el objeto de tratar el siguiente Orden del Día:
Aprobación de las Versiones Taquigráficas de las Sesión Ordinarias: 8ª, 9ª, 10ª, 11ª, 12ª y 13ª; todas del año 2015.
ASUNTOS ENTRADOS
Comunicaciones Oficiales
3602
1. Mensaje N.º 0066 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, relacionado con el Servicio Penitenciario Provincial y su planta permanente.
LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES
HACIENDA Y PRESUPUESTO
JUSTICIA Y SEGURIDAD
3603
2. Mensaje N.º 0067 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba convenios de cooperación, celebrados entre los municipios y el Ministerio de Desarrollo Humano y Promoción Social de la Provincia, relacionado con la ejecución y puesta en marcha de áreas específicas de la mujer.
LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES
FAMILIA Y DESARROLLO HUMANO
HACIENDA Y PRESUPUESTO
3648
3. Mensaje N.º 0068 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que declara de utilidad pública y sujeto a expropiación parcial, inmuebles en el departamento Rivadavia, destinados a garantizar el retiro de las instalaciones eléctricas E.T. Nueva San Juan 500/132 kV y Centro de Distribución E.T. Provincial La Bebida 132 kV.
LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES
HACIENDA Y PRESUPUESTO
OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
3649
4. Mensaje N.º 0069 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba Convenio Marco para la Utilización del Sistema Mundial de Comunicación Seguro I-24/7 y sus anexos, celebrado entre el Ministerio de Seguridad de la Nación y la Provincia.
LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES
HACIENDA Y PRESUPUESTO
JUSTICIA Y SEGURIDAD
3650
5. Mensaje N.º 0070 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba Convenio Específico para la construcción, instalación y funcionamiento del Radiotelescopio de China-Argentina (CART), en el Parque Nacional El Leoncito, departamento Calingasta.
LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES
HACIENDA Y PRESUPUESTO
OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
3651
6. Mensaje N.º 0071 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el "Acta de Entendimiento para la donación de terrenos para la Aduana de Pocito y la Empresa Energía Provincial Sociedad del Estado".
LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES
HACIENDA Y PRESUPUESTO
OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
3491
7. Nota del Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE), por la que eleva copia autenticada de la Resolución EPRE 1073/15, que dispone la realización del Proceso de Revisión Tarifara Ordinaria, convocando a tres audiencias públicas.
A CONOCIMIENTO
3492
8. Nota del Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE), por la que eleva copia autenticada de la Resolución EPRE 1012/15.
A CONOCIMIENTO
3494
9. Nota del Ejército Argentino, Sección de Inteligencia de Montaña "San Juan", por la que solicita se declare de interés cultural el uso del poncho sanmartiniano o sanjuanino, como prenda constitutiva del uniforme del personal de esa sección, en actos o desfiles.
A CONOCIMIENTO
3531
10. Nota de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de San Juan, mediante la que eleva informe conforme a la Ley N.º 868-F, en referencia a la distinción “Diploma de Honor Republicano: Dr. Eduardo Luis Leonardelli-Dr. Pablo Ramella, Grandes Defensores de la Constitución y de las Instituciones”.
EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA
3542
11. Nota de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Católica de Cuyo, mediante la que ele eleva informe conforme a la Ley N.º 868-F, en referencia a la distinción “Diploma de Honor Republicano: Dr. Eduardo Luis Leonardelli-Dr. Pablo Ramella, Grandes Defensores de la Constitución y de las Instituciones”.
EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA
Comunicaciones Particulares
3493
12. Nota de la Fundación Tuxi, por la que solicita se declare de interés, la realización del 1er. Concurso "El Emprendedor".
A CONOCIMIENTO
3386
13. Nota de FUNDAS y la ASDP, mediante la que solicitan se declare de interés, el evento académico "Dramatización Procesal" y "López Mesa & Leguizamón, diálogo entre maestros del Derecho de Fondo y Procesal – Las incidencias del nuevo C. C. y C., en el proceso judicial".
A CONOCIMIENTO
3475
14. Nota de la Junta de Estudios Históricos de San Juan, mediante la que solicita el aval a la "Jornada de Historia Departamental de Caucete en vísperas del Bicentenario de la Campaña Libertadora del General San Martín".
A CONOCIMIENTO
DESPACHOS DE COMISIÓN
ASUNTO I
2532
Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Economía y Defensa al Consumidor; y de Hacienda y Presupuesto, en el Mensaje N.º 0043 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Convenio N.º 136/2015 y sus anexos I, II y III, celebrado entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y la Provincia, cuya finalidad es la conformación de un fondo rotatorio para el otorgamiento de créditos con el fin de financiar la compra de insumos y contratación de servicios, vinculados al sistema Bag in box, que permita la incorporación de nuevas bodegas trasladistas a la etapa de fraccionamiento de vino, dentro el Programa de Desarrollo de las Economías Regionales Ejercicio 2015.
ASUNTO II
2563
Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Economía y Defensa al Consumidor; y de Hacienda y Presupuesto, en el Mensaje N.º 0047 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el acuerdo de constitución de un Consorcio Asociativo Público-Privado, denominado BIOPRODUCTORA SAN JUAN.
ASUNTO III
2645
Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Hacienda y Presupuesto; y de Economía y Defensa al Consumidor, en el Mensaje N.º 0049 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba la Addenda N.º 2, de la Carta Acuerdo N.º 4, al "Convenio de Asistencia Técnica e Investigación suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Juan (EE-PROSAP-UECPPA) y la Fundación ArgenINTA", para la ejecución del proyecto: Desarrollo Competitivo del Sector Semillero-Provincia de San Juan.
ASUNTO IV
2741
Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Hacienda y Presupuesto; y de Economía y Defensa al Consumidor, en el Mensaje Nº 0057 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba Convenio Específico Nº 307, suscrito el 11 de agosto de 2010, y Addenda Nº 01/2014 celebrada en fecha 29 de diciembre de 2014, entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y el Gobierno de la Provincia de San Juan.
ASUNTO V
2742
Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Hacienda y Presupuesto; y de Economía y Defensa al Consumidor, en el Mensaje Nº 0058 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba Convenio de Ejecución del Programa de Desarrollo Rural Incluyente (PRODERI) Nº 117/2015, suscripto el 29 de abril de 2015 entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y la Provincia de San Juan.
ASUNTO VI
3004
Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Hacienda y Presupuesto, en el Mensaje N.º 0060 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante el que aprueba el convenio celebrado entre la Provincia y el Gobierno Nacional, en referencia al Programa Federal de Desendeudamiento de las Provincias Argentinas.
ASUNTO VII
3375
Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Hacienda y Presupuesto, en el Mensaje N.º 0065 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que dispone la incorporación a planta permanente de personal contratado en el marco del Régimen de Contratos Administrativos de Servicios de Colaboración.
ASUNTO VIII
1873
Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica; y de Peticiones y Poderes, en el Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que impone el nombre de "San Juan Bautista", a la Escuela de Nivel Inicial N.º 28, del departamento Rawson.
ASUNTO IX
3020
Despacho de las Comisiones de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica, en el Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Cultural, Educativo y Social, el libro: Los Huarpes. Escucho, miro y cuento.
ASUNTO X
3457
Despacho de la Comisión de Peticiones y Poderes, en el Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Social y Cultural, la Convención Nacional 2015, organizada por la Asociación Cuyana de Modelismo Estático (ACME).
ASUNTO XI
3195
Despacho de la Comisión de Peticiones y Poderes, en el Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Justicialista, por el que solicita al Poder Ejecutivo, gestione ante el Banco San Juan S.A., la instalación de un cajero automático en la Delegación Oeste de la Municipalidad de Chimbas.
Proyectos Presentados
3505
1. Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que impone el nombre Escuela de Nivel Inicial Patricias Sanjuaninas, a la Escuela de Nivel Inicial N.º 31, del departamento Capital.
LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES
EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA
PETICIONES Y PODERES
3506
2. Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que impone el nombre: Escuela de Nivel Inicial Abuelito Sarmiento, al Nivel Inicial de la Escuela Normal Superior Fray Justo Santa María de Oro, del departamento Jáchal.
LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES
EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA
PETICIONES Y PODERES
3552
3. Proyecto de Ley presentado por los bloques Producción y Trabajo y Compromiso por San Juan, de régimen de distribución de recursos fiscales coparticipables entre el Estado Provincial y los municipios.
LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES
HACIENDA Y PRESUPUESTO
SISTEMA MUNICIPAL
3566
4. Proyecto de Ley presentado por los bloques Producción y Trabajo y Compromiso por San Juan, de ordenamiento del Código Tributario de San Juan, Ley N.º 151-I.
LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES
HACIENDA Y PRESUPUESTO
3644
5. Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que impone el nombre de Escuela de Nivel Inicial María Laura Devetach, a la Escuela de Nivel Inicial N.º 33, del departamento Pocito.
LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES
EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA
PETICIONES Y PODERES
3653
6. Proyecto de Ley presentado por interbloques, por el que adhiere a la Ley Nacional N.º 24742, que crea los Comités Hospitalarios de Bioética; y crea el Consejo de Bioética de San Juan.
LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES
SALUD Y DEPORTE
DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS
3662
7. Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que crea un programa de protección y promoción para el desarrollo integral de la mujer en situación de vulnerabilidad social.
LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES
FAMILIA Y DESARROLLO HUMANO
3530
8. Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Cultural y Educativo, la edición 55 de la Fiesta de la Tradición Jachallera.
SOBRE TABLAS
3593
9. Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Científico y Educativo, la "1ª Jornada sobre Enfermedades Prevalentes de Salud Mental en las Instituciones de San Juan".
SOBRE TABLAS
3594
10. Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Científico, las 3as. Jornadas Sanjuaninas de Geriatría y Gerontología, 1as. Jornadas Regionales de Médicos de Cabecera y 1as. Jornadas Intersectoriales Geronto-Geriátrica.
SOBRE TABLAS
3643
11. Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Cultural y Turístico, las Fiestas Patronales en Honor a Santa Bárbara, a llevarse a cabo en el departamento Pocito.
SOBRE TABLAS
3673
12. Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Cultural y Turístico, la Primera Fiesta de la Cerveza Artesanal Sanjuanina, que se llevará a cabo en el departamento Pocito.
SOBRE TABLAS
3683
13. Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Bloquista, por el que declara de Interés Socio-Cultural y Educativo, el trabajo de investigación llevado a cabo por alumnos de la Escuela Agrotécnica Cornelio Saavedra, del departamento Iglesia.
SOBRE TABLAS
3656
14. Proyecto de Comunicación presentado por interbloques, por el que solicita al Poder Ejecutivo, informe en relación a la inundación del Centro Cívico.
OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
ARTICULO 2º.- Por Secretaría Legislativa cítese a los señores Diputados para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1º del presente.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese y archívese.
FIRMAN:
Dr. Sergio Mauricio Uñac – Vicegobernador y Presidente Nato
Dr. Emilio Javier Baistrocchi – Secretario Legislativo
ASUNTO I
DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE ECONOMÍA Y DEFENSA AL CONSUMIDOR; Y DE HACIENDA Y PRESUPUESTO (2532-15)
CÁMARA DE DIPUTADOS:
Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Economía y Defensa al Consumidor; y de Hacienda y Presupuesto, han estudiado el Mensaje Nº 0043 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Convenio Nº 136/2015 y sus anexos I, II y III, suscripto el día 11 de mayo del año 2015, entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y el Gobierno de la Provincia de San Juan; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho:
PROYECTO DE LEY
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio Nº 136/2015 y sus anexos I, II y III, suscripto el día 11 de mayo de 2015, entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, representado por el señor ministro, Ing. Agr. Carlos Horacio Casamiquela, y el Gobierno de la Provincia de San Juan, representado por el señor gobernador, Ing. José Luis Gioja, ratificado por Decreto Provincial Nº 1066-MPyDE de fecha 21 de agosto de 2015, cuya finalidad es la conformación de un (1) fondo rotatorio para el otorgamiento de créditos, con el fin de financiar la compra de insumos y contratación de servicios vinculados al fraccionamiento mediante el sistema de Bag in box, de manera tal de permitir entre otras, la incorporación a nuevas bodegas trasladistas a la etapa de fraccionamiento de vino en envases novedosos, denominado Bag in box, a los efectos de integrar la cadena de valor, dentro del Programa de Desarrollo de las Economías Regionales Ejercicio 2015, con el objetivo de mejorar las condiciones competitivas de las empresas en un marco de desarrollo regional sustentable.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
ASUNTO II
DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE ECONOMÍA Y DEFENSA AL CONSUMIDOR; Y DE HACIENDA Y PRESUPUESTO (2563-15)
CÁMARA DE DIPUTADOS:
Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Economía y Defensa al Consumidor; y de Hacienda y Presupuesto, han estudiado el Mensaje N.º 0047 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Acuerdo de Constitución de un Consorcio Asociativo Público-Privado, denominado: "BIOPRODUCTORA SAN JUAN", celebrado el 25 de abril de 2014, entre la Provincia de San Juan, Fundación Parque Tecnológico Misiones, Iceberg Agrícola S.A. y la Agencia Calidad San Juan Sociedad de Economía Mixta; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:
PROYECTO DE LEY
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Acuerdo de Constitución de un Consorcio Asociativo Público-Privado denominado BIOPRODUCTORA SAN JUAN, celebrado el 25 de abril de 2014 entre la provincia de San Juan, representada por el señor Gobernador Ing. José Luis Gioja, y el señor Ministro de Producción y Desarrollo Económico, Lic. Marcelo Alós; la Fundación Parque Tecnológico Misiones, representada por su presidente, señor Luis Amado Jacobo; Iceberg Agrícola S.A., representada por su presidente señor Diego Manuel Iglesias; y la Agencia Calidad San Juan Sociedad de Economía Mixta, representada por su presidente, señor Marcelo Ureta, formalizado mediante Escritura Pública N.º 34, F.º 204 del Registro Notarial Especial del Estado Provincial de San Juan y ratificado por Decreto Provincial Nº 0590, de fecha 06 de mayo de 2015.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
ASUNTO III
DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE HACIENDA Y PRESUPUESTO; Y DE ECONOMÍA Y DEFENSA AL CONSUMIDOR (2645-15)
CÁMARA DE DIPUTADOS:
Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Hacienda y Presupuesto; y de Economía y Defensa al Consumidor, han estudiado el Mensaje N.º 0049 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba en todas sus partes la Addenda N.º 2, de la Carta Acuerdo N.º 4, al "Convenio de Asistencia Técnica e Investigación suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Juan (EE-PROSAP-UECPPA) y la Fundación ArgenINTA", referida al Proyecto "Desarrollo Competitivo del Sector Semillero-Provincia de San Juan", suscripta el 30 de abril de 2015, entre la entidad de enlace –PROSAP- Gobierno de San Juan que ejerce el Ministerio de Producción y Desarrollo Económico y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:
PROYECTO DE LEY
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTÍCULO 1º.- Apruébase en todas sus partes la Addenda N.º 2, de la Carta Acuerdo N.º 4, al "Convenio de Asistencia Técnica e Investigación suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Juan (EE-PROSAP-UECPPA) y la Fundación ArgenINTA", referida al Proyecto "Desarrollo Competitivo del Sector Semillero-Provincia de San Juan", suscripta el 30 de abril de 2015, entre la entidad de enlace –PROSAP- Gobierno de San Juan que ejerce el Ministerio de Producción y Desarrollo Económico, representado en ese acto por el señor ministro, Lic. Marcelo Alós, por una parte; y por la otra, la Fundación ArgenINTA representada por su director, Dr. Javier Ortega, ratificada por Decreto Provincial Nº 1118-MPyDE de fecha 01 de septiembre de 2015.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
ASUNTO IV
DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE HACIENDA Y PRESUPUESTO; Y DE ECONOMÍA Y DEFENSA AL CONSUMIDOR (2741-15)
CÁMARA DE DIPUTADOS.
Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Hacienda y Presupuesto; y de Economía y Defensa al Consumidor, han estudiado el Mensaje N.º 0057 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Convenio Específico N.º 307, suscripto el día 11 de agosto de 2010, entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y la Provincia de San Juan y aprueba la Addenda N.º 01/2014, al Convenio Específico N.º 307, celebrada en fecha 29 de diciembre de 2014, entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y el Gobierno de la Provincia de San Juan; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:
PROYECTO DE LEY
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTÍCULO 1º.- Apruébase, el Convenio Específico N.º 307, suscripto el 11 de agosto de 2010, entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, representado en ese acto por su titular, D. Julián Andrés Domínguez, y la Provincia de San Juan, representada en ese acto por el señor Gobernador, Ing. José Luis Gioja, ratificado por Decreto Provincial Nº 1467-MPyDE de fecha 09 de noviembre de 2010.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase la Addenda N.º 01/2014, al Convenio Específico N.º 307, celebrada en fecha 29 de diciembre de 2014, entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, representado por el señor Ministro, Ingeniero Agrónomo Carlos Horacio Casamiquela, y el Gobierno de la Provincia de San Juan, representado por el señor Gobernador, Ingeniero José Luis Gioja, ratificada por Decreto Provincial Nº 1133-MPyDE de fecha 03 de septiembre de 2015.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
ASUNTO V
DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE HACIENDA Y PRESUPUESTO; Y DE ECONOMÍA Y DEFENSA AL CONSUMIDOR (2742-15)
CÁMARA DE DIPUTADOS:
Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Hacienda y Presupuesto; y de Economía y Defensa al Consumidor, han estudiado el Mensaje N.º 0058 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Convenio de Ejecución del Programa de Desarrollo Rural Incluyente (PRODERI); y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:
PROYECTO DE LEY
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio de Ejecución del Programa de Desarrollo Rural Incluyente (PRODERI) N.º 117/2015, suscripto el 29 de abril del año 2015, entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, representado en ese acto por el señor Ministro, Ingeniero Agrónomo Carlos Horacio Casamiquela, y la Provincia de San Juan, representada por el señor Gobernador de la Provincia, Ingeniero José Luis Gioja, ratificado por Decreto Provincial Nº 1132-MPyDE de fecha 03 de septiembre de 2015 y cuya finalidad es concertar las condiciones y modalidades bajo las cuales la Provincia de San Juan participará en el Programa de Desarrollo Rural Incluyente (PRODERI), de acuerdo al Convenio de Préstamo I 848-AR y E-4-AR, celebrado entre la República Argentina, el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA) y el Fondo Fiduciario de España para la Cofinanciación de la Seguridad Alimentaría (Fondo Fiduciario), de acuerdo a lo prescripto por el Decreto Nacional N.º 1860 de fecha 16 de noviembre de 2011.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
ASUNTO VI
DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; Y DE HACIENDA Y PRESUPUESTO (3004-15)
CÁMARA DE DIPUTADOS:
Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Hacienda y Presupuesto, han estudiado el Mensaje N.º 0060 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante el que aprueba el Convenio celebrado entre la Provincia y el Gobierno Nacional, en referencia al Programa Federal de Desendeudamiento de las Provincias Argentinas; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:
PROYECTO DE LEY
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio celebrado con fecha 20 de agosto de 2015 entre el Gobierno Nacional, representado por los señores Jefe de Gabinete de Ministros contador doctor Aníbal Domingo Fernández, y el Ministro de Economía y Finanzas Públicas doctor Axel Kicillof, por una parte; y la Provincia de San Juan, representada por el señor gobernador ingeniero José Luis Gioja, por la otra parte, en el marco de las facultades conferidas por el Artículo 16 de la Ley de Presupuesto Año 2015 N.º 1275-I, ratificado por Decreto Provincial Nº 1194-MHF de fecha 24 de septiembre de 2015.
ARTÍCULO 2º.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a ceder pro solvendo irrevocablemente a favor del Estado Nacional, los derechos sobre las sumas a percibir por el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los Artículos 1º, 2º y 3º, del Acuerdo Nación-Provincias sobre relación financiera y bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por la Ley Nacional N.º 25570 o el régimen que lo sustituya, hasta la total cancelación del capital más los intereses, y autorízase a la Secretaría de Hacienda, del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, para retener automáticamente del régimen citado, los importes necesarios para la ejecución del convenio bilateral aprobado en el Artículo 1º.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados, a los seis días del mes octubre del año dos mil quince.
ASUNTO VII
DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; Y DE HACIENDA Y PRESUPUESTO (3375-15)
CÁMARA DE DIPUTADOS:
Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Hacienda y Presupuesto, han estudiado el Mensaje 0065 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que se exceptúa al Poder Ejecutivo de prohibiciones establecidas en las leyes Nº 531-P y 705-A; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja prestéis sanción favorable al siguiente despacho:
PROYECTO DE LEY
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTÍCULO 1º.- Exceptúase al Poder Ejecutivo de la prohibición establecida en el Artículo 4º, Inciso i) de la Ley N.º 531-P y el Artículo 3º de la Ley N.º 705-A, al efecto que se cumplan los fines y objetivos de la presente ley.
ARTÍCULO 2º.- Establécese que el ámbito de aplicación de la presente ley, alcanza a la Administración Pública Provincial Centralizada, Descentralizada o Autárquica cuyo personal sea designado y promovido por el Poder Ejecutivo de esta Provincia. Asimismo, alcanza a la Fiscalía de Estado en virtud que, conforme a su ley de creación, su personal es nombrado, promovido o removido por el Poder Ejecutivo Provincial.
ARTÍCULO 3º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a incorporar a Planta Permanente de la Administración Pública Provincial de San Juan, a todas las personas que, cumpliendo funciones en el marco del Régimen de Contratos Administrativos de Servicios de Colaboración creado por Ley N.º 793-A, satisfagan lo dispuesto por la presente ley y su reglamentación.
ARTÍCULO 4º.- Al efecto del ingreso en Planta Permanente las personas contratadas en el régimen instaurado por Ley N.º 793-A, inexorablemente deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Estar desempeñando efectivamente funciones en virtud de un Contrato Administrativo de Servicios de Colaboración, de manera ininterrumpida desde antes del 31 de diciembre del año 2014 hasta el dictado del acto administrativo de incorporación en Planta Permanente.
- Efectuar la capacitación que, por reglamentación, se establezca con relación directa a cada cargo a cubrir y aprobar el examen correspondiente.
- Haber demostrado experiencia, conocimiento y eficiencia para el trabajo, situación que deberá ser certificada por el director o responsable máximo de la unidad para la cual prestó y presta los servicios de colaboración.
- Acreditar educación formal según corresponda a cada carrera y agrupamiento, conforme lo dispuesto en las leyes que rigen los distintos estatutos y escalafones de la Administración Pública Provincial y lo que establezca la reglamentación de la presente.
- No estar gozando del beneficio previsional de jubilación.
- No encontrarse incurso en algunas de las causales previstas en el Artículo 17 de la ley N.º 142-A y de las que establezcan otros escalafones aplicables para los respectivos ingresos.
- Cumplir con la totalidad de los requisitos administrativos que se especifique en la presente ley y los que se establezcan en la reglamentación.
ARTÍCULO 5º.- Resultan de aplicación a la presente ley las disposiciones contenidas en los Artículos 6º a 11 de la Ley N.º 1116-A.
ARTÍCULO 6º.- Modifícase el Artículo 7º de la Ley N.º 1116-A, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Si a posteriori de la incorporación en Planta Permanente, se detectara que son falsas, total o parcialmente, las manifestaciones contenidas en la declaración jurada presentada por el interesado o cualquiera de los documentos que debe acompañar, atento a lo requerido en el artículo precedente, ello traerá como consecuencia la nulidad absoluta de la designación del agente incurso en tales irregularidades.
Al efecto de declarar la nulidad por las causales dispuestas en el presente artículo, el agente presuntamente incurso en la irregularidad tendrá derecho a ser previamente oído, a ofrecer prueba y a obtener una resolución fundada".
ARTÍCULO 7º.- Incorpórase como segundo párrafo del Artículo 12 de la Ley N.º 1116-A, el siguiente:
"Asimismo, a los efectos de las promociones y recategorizaciones, podrán ser considerados aquellos agentes que cuenten, como mínimo, con dos (2) años de actividad efectiva ininterrumpida en la repartición en donde han sido designados, revistando durante el mismo plazo en la misma categoría. En el caso de transferencias, el plazo comenzará a contar a partir de la fecha de la misma. En todos los casos sólo podrá promocionar hasta dos (2) categorías en cada oportunidad, salvo excepciones debidamente fundadas".
ARTÍCULO 8º.- El cambio de escalafón y/o agrupamiento deberá justificarse en razones de estricta índole laboral, previa intervención de la Secretaría de la Gestión Pública.
ARTÍCULO 9º.- Será autoridad de aplicación de la presente ley, el Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de San Juan, a través de la Secretaría de la Gestión Pública.
ARTÍCULO 10.-Facúltase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a efectuar las reasignaciones presupuestarias correspondientes para la aplicación de la presente.
ARTÍCULO 11.-La presente ley reviste el carácter de Ley Especial y Decisoria, conforme lo previsto en los Artículos 46 y 156 Inciso 1) de la Constitución de la Provincia de San Juan.
ARTÍCULO 12.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados, a dos días del mes noviembre del año dos mil quince.
ASUNTO VIII
DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA; Y DE PETICIONES Y PODERES (1873-15)
CÁMARA DE DIPUTADOS:
Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica; y de Peticiones y Poderes, han estudiado el Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista por el que impone el nombre de San Juan Bautista a la Escuela de Nivel Inicial Nº 28 del departamento Rawson; y, por las razones que os dará su miembro informante aconseja prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:
PROYECTO DE LEY
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTÍCULO 1º.- Impónese el nombre de Escuela de Nivel Inicial San Juan Bautista a la Escuela de Nivel Inicial Nº 28, ubicada en calle Bahía Blanca S/Nº y Juan Aguilar, Bº Hualilán, Departamento Rawson, dependiente de la Dirección de Educación Inicial, Primaria y Especial del Ministerio de Educación de la Provincia de San Juan.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
ASUNTO IX
DESPACHO DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA (3020-15)
CÁMARA DE DIPUTADOS:
Vuestra Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica, ha estudiado el Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés Cultural, Educativo y Social, el libro titulado “LOS HUARPES, Escucho, miro y cuento“ y por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- Declarar de interés Cultural, Educativo y Social, el libro titulado “LOS HUARPES, Escucho, miro y cuento“, de autoría de la Lic. Prof. Mariela Famar Oro.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, insértese en el Libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.
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Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados, a los seis días del mes de octubre del año dos mil quince.
ASUNTO X
DESPACHO DE LA COMISIÓN DE PETICIONES Y PODERES (3457-15)
CÁMARA DE DIPUTADOS:
Vuestra Comisión de Peticiones y Poderes, ha estudiado el Proyecto de Resolución, presentado por el Bloque Justicialista, por el declara de Interés Social y Cultural, la Convención Nacional 2015 de Modelismo Estático; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Social y Cultural la Convención Nacional 2015, organizada por la Asociación Cuyana de Modelismo Estático (A.C.M.E.), a realizarse los días 21 y 22 de noviembre del corriente año, en el Centro Cultural Estación San Martín de la ciudad de San Juan.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, insértese en el Libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.
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Dado en Sala de Comisiones de Cámara de Diputados, a los diez días del mes de noviembre del año dos mil quince.
ASUNTO XI
DESPACHO DE LA COMISIÓN DE PETICIONES Y PODERES (3195-15)
CÁMARA DE DIPUTADOS:
Vuestra Comisión de Peticiones y Poderes ha estudiado el Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Justicialista, por el que solicita al Poder Ejecutivo, gestione ante el Banco San Juan S.A. la instalación de un cajero automático en la Delegación Oeste de la Municipalidad de Chimbas; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho:
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
C O M U N I C A :
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Juan, a través de sus órganos competentes, realice las gestiones necesarias ante las autoridades del Banco San Juan S.A., a efectos de que se instale y se ponga en funcionamiento a la brevedad, un cajero automático en las instalaciones edilicias de la Delegación Oeste de la Municipalidad de Chimbas ubicada en calles Belgrano y el Sembrador s/n, Barrio Fragata Sarmiento, del departamento Chimbas.
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Dado en Sala de Comisiones de Cámara de Diputados, a los diez días del mes de noviembre del año dos mil quince.