San Juan, 28 de Abril de 2015.

DECRETO N.º 0200-P

 

VISTO:

                                   Los distintos asuntos ingresados a la Cámara de Diputados para su tratamiento; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Lo dispuesto por el Artículo 23, Incisos 2), 6) y 9) del Reglamento Interno de la misma;

 

POR ELLO:

 

VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN Y

 

PRESIDENTE NATO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1º.-Convocar a la Cámara de Diputados a celebrar la TERCERA SESIÓNORDINARIA, para el día jueves 30 de abril de 2015, a las 09:00 horas, con el objeto de tratar el siguiente Orden del Día:

 

ASUNTOS ENTRADOS

 

Comunicaciones Oficiales

 

0852

1.         Mensaje N.º 0011 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que modifica la Ley N.º 846-A, referida al dominio de las cosas muebles que se encuentran secuestradas, depositadas o puestas a disposición de la justicia contravenciónal.

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            JUSTICIA Y SEGURIDAD

            HACIENDA Y PRESUPUESTO

0853

2.         Mensaje N.º 0012 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que sustituye el Artículo 6º de la Ley N.º 1148-Q, Estatuto y Escalafón para personal técnico y auxiliar de la medicina y enfermería, personal administrativo sanitario, personal de mantenimiento y producción de servicios generales y agrupamiento profesional carrera administrativa del Ministerio de Salud Pública de la Provincia.

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            SALUD Y DEPORTE

            HACIENDA Y PRESUPUESTO

0964

3.         Mensaje N.º 0013 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba convenio marco, celebrado entre el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA) y la Provincia de San Juan.

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

0965

4.         Mensaje N.º 0014 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba convenio entre la Provincia y los 19 municipios de la Provincia, para la realización de la obra: "CUARTO PROGRAMA PROVINCIAL DE PAVIMENTACIÓN Y REPAVIMENTACIÓN DE CALLES MUNICIPALES EN LA PROVINCIA DE SAN JUAN" (CUARTO PLAN 800 CUADRAS).

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

            SISTEMA MUNICIPAL

0790

5.         Nota de la Corte de Justicia de San Juan, por la que remite renuncia condicionada al cargo de Defensor Oficial, del Dr. Mario Oscar Vega.

 

            SOBRE TABLAS

0765

6.         Nota del Ministerio de Salud Pública, mediante la que eleva Resolución N.º 1562-MSP-2014, referida a la Comisión Administradora del Fondo Solidario Hospitalario.

 

            SOBRE TABLAS

0917

7.         Nota del Tribunal de Cuentas, por la que eleva Protocolo de Actas año 2014 de ese tribunal, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 38 infine,de la Ley 1100-E.

 

            HACIENDA Y PRESUPUESTO

0940

8.         Nota de la Municipalidad de Rivadavia, mediante la que solicita se declare de interés las jornadas de formación docente de educación primaria, alumnos y representantes vecinales; y la muestra cinematográfica Cinema Hacer.

 

            A CONOCIMIENTO

 

0946

9.         Nota de la Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Diseño, de la Universidad Nacional de San Juan, por la que solicita se declare de interés, el 4º Congreso Iberoamericano de Teoría del Habitar "Espaciando la interpretación geocultural del Habitar Situado".

 

            A CONOCIMIENTO

0951

10.       Nota de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación, por la que solicita se declare de interés, el IV Encuentro de Jóvenes Investigadores.

 

            A CONOCIMIENTO

 

 

Comunicaciones Particulares

 

0700

11.       Nota de la Asociación Ciclismo Rural y de la Unión Vecinal de Mogna, mediante la que solicitan se declare de interés el evento deportivo "1er. Desafío a la Quebrada de Mogna".

 

            A CONOCIMIENTO

0922

12.       Nota del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, por la que solicita se declare de interés, la 1ª Reunión de la Comisión Nacional de Jóvenes Profesionales delegados FACPCE y 5ª Jornada Nacional de Formación para la Dirigencia de Jóvenes Profesionales en Ciencias Económicas.

 

            A CONOCIMIENTO

 

 

DESPACHOS DE COMISIÓN

 

 

ASUNTO I

0333

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Economía y Defensa al Consumidor, en el Mensaje N.º 0001 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Convenio para la Promoción del Empleo y la Mejora en las Calificaciones Profesionales en el marco del Plan PROEMPLEAR, celebrado entre la Provincia y la Nación. 

 

ASUNTO II

0335

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Obras y Servicios Públicos, en el Mensaje N.º 0003 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Acta Acuerdo para la implementación del Sistema Único de Boleto Electrónico.

 

 

ASUNTO III

0567

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Hacienda y Presupuesto, en el Mensaje N.º 0007 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Convenio entre la Provincia de San Juan y el Gobierno Nacional, que acuerda reformular las condiciones financieras de reembolso de los servicios de intereses y amortización de la deuda de la Provincia, correspondientes al Programa Federal de Desendeudamiento de las Provincias Argentinas.

 

 

ASUNTO IV

0697

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Derechos Humanos y Garantías; y de Justicia y Seguridad, en el Mensaje N.º 0010 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba Protocolo de Actuación, a efectos de enfrentar las situaciones de trata de personas.

 

 

ASUNTO V

3418-3605

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Salud y Deporte, en los Proyectos de Ley presentados por el Bloque Justicialista, por los que crea un Registro de Firma Digital para la emisión de recetas destinadas a psicofármacos; y la Ley Provincial de Psicotrópicos.

 

 

ASUNTO VI

0307

Despacho de la Comisión de Peticiones y Poderes, en el Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Ambiental, Científico y Educativo, el "Congreso Nacional de Administradores de Áreas Protegidas". 

 

ASUNTO VII

0671

Despacho de la Comisión de Salud y Deporte, en el Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Deportivo y Social, la 32ª Edición del Campeonato Nacional Infanto-Juvenil, organizado por la Fundación "Planeta Ramírez", Escuela de Ciclismo.

 

ASUNTO VIII

0755

Despacho de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica, en el Proyecto de Resolución presentado por interbloques, por el que declara de Interés Educativo y Cultural, el 23er. Jamboree Scout Kirarahama, Yamaguchi, Japón 2015.

 

ASUNTO IX

0762

Despacho de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica, en el Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Educativo, las Jornadas de Investigación "Exactas 2015".

 

Proyectos Presentados

 

0734

1.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que ratifica el acta constitutiva, estatuto, reglamento interno y acuerdo interprovincial de las legislaturas de Mendoza, San Juan y San Luis, que conforman el Parlamento de Cuyo.

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            RELACIONES INTERPARLAMENTARIAS E INTERNACIONALES

0786

2.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque PRO, por el que otorga la distinción como Personalidad Destacada de la Provincia de San Juan, al señor Pedro Adalberto Castro Cuevas.  

 

            PETICIONES Y PODERES

0788

3.         Proyecto de Ley presentado por diputados integrantes de la Comisión Interna Permanente de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica, Ley de Educación de la Provincia.

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA

0844

4.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Producción y Trabajo, por el que crea la Comisión Permanente del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Argentina 1816-2016.

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA

            PETICIONES Y PODERES

0845

5.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Producción y Trabajo, por el que declara Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Argentina, al año 2016.

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            EDUCACION, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA

0938

6.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que adhiere a la Ley Nacional N.º 26947, Día Nacional del Enfermo Celíaco.

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            SALUD Y DEPORTE

0958

7.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que instituye el Programa de Asistencia a la Madre y al Recién Nacido (PROAMAR).

 

            LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

            FAMILIA Y DESARROLLO HUMANO

0733

8.         Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Deportivo-Cultural, el XII Encuentro Olimpíadas Kinésicas Nacionales.

 

            SALUD Y DEPORTE

0746

9.         Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Cultural, Social y Turístico, el Encuentro Nacional de Folclore "Amigos del canto y la danza junto a Santa Lucía".

 

            EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA

0750

10.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Legislativo, Cultural y Educativo, la obra literaria latinoamericana de Eduardo Galeano, escritor y periodista uruguayo.

 

            EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA

0785

11.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Bloquista, por el que declara de Interés Deportivo y Turístico, el XXIII Rally Cordillerano, a llevarse a cabo en el departamento Iglesia.

 

            TURISMO, AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

0926

12.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Turístico, la XVIIIFiestaProvincial de Doma y Folclore, a llevarse a cabo en el departamento Angaco.

 

            SOBRE TABLAS

0936

13.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Educativo y Cultural, la participación de la Provincia y de la Federación de Bibliotecas Populares de San Juan, en la 41ª Feria Internacional del Libro en Buenos Aires.

 

            SOBRE TABLAS

0960

14.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Científico, Educativo y Social, el IV Congreso Iberoamericano de Teoría del Habitar San Juan, bajo el lema: Espaciando la interpelación geocultural del Habitar Situado.

 

            EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA

0961

15.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Cultural, Social y Turístico, el San Juan Coral "IX Festival Internacional de Coros".

 

            EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA

0976

16.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Educativo, Histórico y Cultural, el "Seminario Hombres de la Independencia. Aportes de la Historia, la Genealogía, la Onomástica, la Heráldica y la Numismática".

 

            SOBRE TABLAS

0977

17.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Educativo, Histórico y Cultural, la "II Jornada de Patrimonio Histórico Cultural de los departamentos Rawson, Santa Lucía, Albardón, Angaco, Pocito, 25 de Mayo y Chimbas", organizado por la Junta de Estudios Históricos.

 

            EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA

0978

18.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Educativo, Histórico y Cultural, el "III Congreso Provincial de Historia: José de San Martín y su accionar en vísperas de la Independencia. Bicentenario de su visita a suelo sanjuanino 1815-2015", organizado por la Junta de Estudios Históricos.

 

            EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA

0979

19.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Cultural y Social, la realización de la fiesta en homenaje al Trabajador del Sur Sanjuanino, a realizarse en el departamento Sarmiento.

 

            SOBRE TABLAS

0980

20.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Religioso y Cultural, la realización de la fiesta en honor al Cristo de la Quebrada, que se efectuará en el departamento Sarmiento.

 

            SOBRE TABLAS

0981

21.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Religioso y Cultural, la realización de la fiesta de la Virgen del Valle, en el departamento Sarmiento.

 

            SOBRE TABLAS

0983

22.       Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque ACTUAR, por el que solicita al Poder Ejecutivo, informe referido a ingreso de movilidades al Parque Provincial Ischigualasto.

 

            TURISMO, AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

0984

23.       Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque ACTUAR, por el que solicita al Poder Ejecutivo, informe referido a actividades de control minero y policía minera.

 

            MINERÍA

 

ARTICULO 2º.-Por Secretaría Legislativa cítese a los señores Diputados para  dar cumplimiento a lo dispuesto en el  Artículo 1º del presente.

 

ARTÍCULO 3º.-Comuníquese y  archívese.

 

FIRMAN:

                        Dr. Sergio Mauricio Uñac – Vicegobernador y Presidente Nato

                        Dr. Emilio Javier Baistrocchi – Secretario Legislativo

 

ASUNTO I

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; Y DE ECONOMÍA Y DEFENSA AL CONSUMIDOR(0333-15)

CÁMARA DE DIPUTADOS.

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Economía y Defensa al Consumidor, han estudiado el Mensaje N.º 0001 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Convenio para la Promoción del Empleo y la Mejora en las Calificaciones Profesionales en el marco del Plan PROEMPLEAR, celebrado entre la Provincia y la Nación; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente  despacho:

 

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.-Apruébase en todas sus partes el Convenio para la Promoción del Empleo y la Mejora en las Calificaciones Profesionales en el Marco del Plan PROEMPLEAR, suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Juan y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, por medio del cual Provincia y Nación se comprometen a realizar en forma conjunta y coordinada la difusión, información y articulación de las acciones que forman parte del Plan PROEMPLEAR, en el ámbito de la Provincia de San Juan.

 

ARTÍCULO 2º.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO II

DESPACHO DE LAS COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; Y DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS(0335-15)

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Obras y Servicios Públicos, han estudiado el Mensaje N.º 0003 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Acta Acuerdo para la implementación del Sistema Único de Boleto Electrónico; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:

 

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.-Aprobar el Acta Acuerdo para la implementación del Sistema Único de Boleto Electrónico, celebrada en fecha 9 de diciembre de 2014, entre el Ministerio del Interior y Transporte representado en este acto por el señor Ministro del Interior y Transporte, Cdor. Aníbal Florencio Randazzo, la Provincia de San Juan, representada en este acto por el señor Gobernador, Ing. José Luis Gioja y Nación Servicios Sociedad Anónima, representada en este acto por el señor Presidente, Cdor. Ángel José de Dios, ratificada por Decreto N.º 0207-MI de fecha 9 de febrero de 2015, del Poder Ejecutivo.

 

ARTÍCULO 2º.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO III

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; Y DE HACIENDA Y PRESUPUESTO(0567-15)

CÁMARA DE DIPUTADOS.

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Hacienda y Presupuesto, han estudiado el Mensaje N.º 0007 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Convenio entre la Provincia de San Juan y el Gobierno Nacional, que acuerda reformular las condiciones financieras de reembolso de los servicios de intereses y amortización de la deuda de la Provincia, correspondientes al Programa Federal de Desendeudamiento de las Provincias Argentinas;y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente  despacho:

 

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.-Apruébase el "Convenio entre la Provincia de San Juan y el Gobierno Nacional", celebrado con fecha 30 de enero de 2015, entre el Gobierno Nacional, representado por los señores Jefe de Gabinete de Ministros, Cdor. Jorge Milton Capitanich, Ministro de Economía y Finanzas Públicas, Dr. Axel Kicillof, y Ministro del Interior y Transporte, Cdor. Aníbal Florencio Randazzo, por una parte; y la Provincia de San Juan, representada por el señor Vicegobernador, Dr. Sergio Mauricio Uñac, por la otra parte, en el marco de las facultades conferidas por el Artículo 16 de la Ley de Presupuesto Año 2015, N.º 8533, ratificado por Decreto Provincial, el que en copia certificada forma parte de la presente ley.

 

ARTÍCULO 2º.-El Poder Ejecutivo Provincial cede pro solvendo irrevocablemente a favor del Estado Nacional, los derechos sobre las sumas a percibir por el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido en los artículos 1º, 2º y 3º, del Acuerdo Nación-Provincias sobre relación financiera y bases de un régimen de coparticipación federal de impuestos, ratificado por la Ley Nacional N.º 25570, o el régimen que lo sustituya, hasta la total cancelación del capital más los intereses, y autorízase a la Secretaria de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas para retener automáticamente del Régimen citado, los importes necesarios para la ejecución del Convenio Bilateral aprobado en el Artículo 1º.

 

ARTÍCULO 3º.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO IV

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS; Y DE JUSTICIA Y SEGURIDAD(0697-15)

CÁMARA DE DIPUTADOS.

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Derechos Humanos y Garantías; y de Justicia y Seguridad,  han estudiado el Mensaje N.º 0010 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba Protocolo de Actuación, a efectos de enfrentar las situaciones de trata de personas;y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente  despacho:

 

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.-Apruébase, en todas sus partes, el "Protocolo de Actuación" a efectos de enfrentar las situaciones comprensivas de trata de personas, suscripto a los 27 días del mes de febrero de 2015, entre el señor Gobernador de la Provincia de San Juan, Ing. José Luis Gioja; el señor Subsecretario de Fiscalización del Trabajo y de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, Dr. Guillermo Alonso Navone, el señor Fiscal General Coordinador de Distrito, Dr. Fancisco Maldonado, el Dr. Lucas Aguilera en su carácter de Gerente de Gestión y Políticas Públicas Territoriales del Registro Nacional de Trabajadores y Empleados Agrarios, el Dr. Carlos Adrián Cuevas, Ministro de Gobierno de San Juan, el señor Daniel Molina, Ministro de Desarrollo Humano de la Provincia de San Juan, el que forma parte integrante de la presente, ratificado por Decreto N.º 0433-MG del Poder Ejecutivo, de fecha 19 de marzo de 2015.

 

ARTÍCULO 2º.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

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            Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados,  a los  veinte días del mes de abril del año dos mil quince.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO V

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACION Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; Y DE SALUD Y DEPORTE(3418 y 3605-14)

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Salud y Deporte, han estudiado los Proyectos de Ley presentados por el Bloque Justicialista, por los que crea un Registro de Firma Digital para la emisión de recetas destinadas a psicofármacos; y la Ley Provincial de Psicotrópicos; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho con modificaciones:  

 

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DEDIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.-A los efectos de la presente Ley, de aplicación en todo el territorio de la Provincia de San Juan, se consideran psicotrópicos a:

a)       Las drogas, preparados y especialidades farmacéuticas incluidas en la Listas anexas I, II, III y IV de la Ley Nacional Nº 19.303.

 

b)      Aquellas otras que, conforme a los estudios, dictámenes propios o recomendaciones de organismos internacionales, la autoridad sanitaria nacional resuelva incluir en dichas listas.

 

ARTÍCULO 2º.-La importación, exportación, fabricación, fraccionamiento, circulación, prescripción, expendio y uso de los psicotrópicos usados en salud humana, quedan sujetos a la Ley Nacional Nº 19.303, a su modificatoria, Ley Nacional Nº 19.678, a la presente ley y a los  reglamentos que en consecuencia se dicten.

 

ARTICULO 3º.-La Autoridadde Aplicación de la presente Ley es el Ministerio de Salud Pública de la Provincia de San Juan.           

 

ARTÍCULO 4º.-La comercialización de psicotrópicos incluidos en las listas II y III de la Ley Nacional  Nº 19.303 y todos los que sean incorporados por Resolución del Ministerio de Salud de la Nación o disposición de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (A. N. M. A. T); entre enajenantes y adquirentes se realizará mediante el Formulario Electrónico con Firma Digital que establezca la Autoridad de Aplicación de acuerdo a la legislación vigente en la materia. La Autoridad de Aplicación definirá los requisitos técnicos y modalidades de implementación pertinentes del citado Formulario Electrónico.

 

ARTÍCULO 5º.-Todo movimiento físico de los productos enunciados en el artículo 1° de la presente ley, deberá informarse en tiempo real al Sistema Nacional de Trazabilidad de Medicamentos, o al sistema que en el futuro lo reemplace, si estuviesen alcanzados por la normativa que regula el mismo.

 

ARTÍCULO 6º.-Toda documentación comercial que emitan los laboratorios, distribuidoras, operadores logísticos y droguerías en sus operaciones de provisión, de aquellas especialidades medicinales alcanzadas por el Sistema Nacional de Trazabilidad, sea a título oneroso o gratuito, a farmacias y establecimientos asistenciales estatales o privados, deberá incluir el número de lote y vencimiento de las mismas, y toda otra información que resulte exigida por la normativa de trazabilidad de medicamentos que emita la A. N. M. A. T.

La documentación comercial será archivada por fecha y separada en forma correlativa durante dos (2) años por el farmacéutico Director Técnico.

 

ARTÍCULO 7º.-Los productos enunciados en el artículo 1º de la presente ley, solo podrán ser adquiridos en las presentaciones registradas ante la A. N. M. A. T y la Autoridad de Aplicación de la presente ley,  por:

 

a)      Laboratorios habilitados y autorizados para elaborar medicamentos que contengan psicotrópicos.

b)      Droguerías.

c)      Farmacias.

d)      Establecimientos asistenciales estatales y privados con servicio de farmacia habilitado.

e)      Instituciones médicas o científicas, previamente autorizadas por el Ministerio de Salud Pública de San Juan.

 

ARTÍCULO 8º.-Los psicotrópicos sólo podrán ser prescriptos por médicos y veterinarios, quienes deben estar matriculados y habilitados para el ejercicio profesional por el Ministerio de Salud Pública de San Juan.

                                 Los veterinarios prescribirán psicotrópicos para uso exclusivo en medicina veterinaria.

 

ARTÍCULO  9º.-            Los psicotrópicos incluidos en la Lista II, III y IV de la Ley Nacional Nº 19.303, deberán ser prescriptos mediante receta electrónica con firma digital. La Autoridad de Aplicación definirá en la reglamentación los requisitos técnicos, modalidades y plazos de implementación de lo establecido en la presente ley.

 

ARTICULO 10.-Hasta la completa implementacióndel recetario electrónico con firma digital, se permitirá el uso del recetario papel emitido por la Autoridad de Aplicación con los requisitos que se establezcan en la reglamentación.

 

ARTICULO 11.-Las recetas, electrónica o en papel, deberán ser despachadas por el farmacéutico una única vez.

 

ARTICULO 12.-La prescripción debe efectuarse expresando solamente el nombre genérico o denominación común internacional del principio activo o combinación de los mismos.

 

ARTICULO 13.-Para el expendio de estas recetas, el farmacéutico solicitará la conformidad de la persona que retira el medicamento, bajo constancia de presentación del documento de identidad de dicha persona. En caso de no tratarse del paciente a quien se destina la prescripción, deberá hacer constar también el grado de parentesco o relación con el mismo.

 

ARTICULO 14.-En ningún caso está permitido prescribir ni expender, o elaborar recetas magistrales que contengan psicotrópicos en su formulación.

 

ARTICULO 15.-Las infracciones a lo establecido en la presente ley y su reglamentación serán pasibles de las siguientes sanciones:       

a)       Apercibimiento

b)      Multas cuyo monto será de Cien (100) jus hasta Cincuenta mil (50.000) jus, según la gravedad de la infracción.

c)       Comiso de los psicotrópicos en infracción sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso a) del presente artículo.

d)      Suspensión o cancelación de la autorización para elaborar, vender o prescribir psicotrópicos.

e)       Clausura temporaria o definitiva, parcial o total del establecimiento en infracción.

f)        Suspensión o inhabilitación para el ejercicio de la actividad comercial específica a toda persona comprometida, que haya intervenido directa o indirectamente en la infracción, hasta un lapso de tres (3) años. Por el mismo término para los profesionales intervinientes. En caso de reincidencia de esta infracción y calificada de extrema gravedad, inhabilitación definitiva.

g)      La Autoridadde Aplicación queda facultada para disponer los alcances de las medidas anteriormente citadas, aplicando estas sanciones en forma separada o conjuntamente, teniendo en cuenta la gravedad o la repercusión de la falta desde el punto de vista sanitario.

 

ARTICULO 16.-El producto de las multas por aplicación de la presente ley, ingresarán a la cuenta especial denominada “Fondo de Salud Pública - Código Sanitario” creada  por el artículo 191  de la Ley Nº 67-Q.

 

ARTICULO 17.-El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en un plazo de Ciento ochenta (180) días a partir de lapublicación de la presente ley.

 

ARTICULO 18.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO VI

DESPACHO DE LA COMISIÓN DE PETICIONES Y PODERES(307/15)

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Vuestra Comisión de Peticiones y Poderes ha estudiado el Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés ambiental, científico y educativo el Congreso Nacional de Administradores de Áreas Protegidas; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja prestéis sanción favorable al siguiente despacho:

 

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA CÁMARA DEDIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

R E S U E L V E :

 

ARTÍCULO 1º.-Declarar de Interés Ambiental, Científico y Educativo, el Congreso Nacional de Administradores de Áreas Protegidas, organizado por el Gobierno de la Provincia de San Juan, a través de la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, la Administración de Parques Nacionales y el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), a realizarse en el Centro Cívico, los días 21 y 22 de mayo de 2015.

 

ARTÍCULO 2º.-Comuníquese, insértese en el Libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.

 

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                        Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados, a los catorce días del mes de abril del año dos mil quince.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO VII

DESPACHO DE LA COMISIÓN DE SALUD Y DEPORTE(0671-15)

CÁMARA DE DIPUTADOS.

            Vuestra Comisión de Salud y Deporte, ha estudiado elProyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por  el que declara  de Interés Deportivo y Social la 32º Edición del Campeonato Nacional Infanto-Juvenil organizado por la Fundación “Planeta Ramírez”: Escuela de Ciclismo; y,  por las  razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA CÁMARA DEDIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

R E S U E L V E :

 

ARTÍCULO 1º.-Declarar de Interés Deportivo y Social la 32º Edición del  Campeonato Nacional Infanto – Juvenil, organizado por la Fundación “Planeta Ramírez”: Escuela de Ciclismo, a realizarse los días 23 y 24 de Mayo de 2015, en el Velódromo “Vicente Chancay”.       

 

ARTÍCULO 2º.-Comuníquese, insértese en el Libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.

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                        Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados, a los veintiún  días del mes de abril del año dos mil quince.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO VIII

DESPACHO DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA(0755)

CÁMARA DE DIPUTADOS.

            Vuestra Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica, ha estudiado el Proyecto de Resolución presentado por interbloques, por el que declara de Interés Educativo y Cultural, el 23er. Jamboree Scout Kirarahama, Yamaguchi, Japón 2015; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA CÁMARADEDIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

R E S U E L V E :

 

ARTÍCULO 1º.-Declarar de Interés Educativo y Cultural, el 23º Jamboree Scout Mundial Kirarahama, Yamaguchi, Japón 2015, organizado por la Comisión Scout Mundial, que se realizará en el mes de julio del corriente año, con la participación de jóvenes sanjuaninos.

 

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, insértese en el Libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.

 

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                        Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados, a los veintiún días del mes de abril del año dos mil quince.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO IX

DESPACHO DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA(0762)

CÁMARA DE DIPUTADOS.

            Vuestra Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica, ha estudiado el Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de Interés Educativo, las Jornadas de Investigación "Exactas 2015"; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho, con modificaciones:

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA CÁMARADEDIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º.-Declarar de Interés Educativo, las Jornadas de Investigación “Exactas 2015”, organizadas por la Facultad de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales, dependiente de la Universidad Nacional de San Juan, a realizarse los días 27, 28 y 29 de mayo del corriente año, en la Sala de Postgrado de la citada facultad.

 

ARTICULO 2º.-Comuníquese, insértese en el Libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.

 

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                        Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados, a los veintiún días del mes de abril del año dos mil quince.