Declara "Patrimonio Cultural de la Provincia de San Juan, la "Fiesta Nacional de Sol", en todas sus manifestaciones.-

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTÍCULO 1º.- Instituir como parte integrante del Patrimonio Cultural de la Provincia de San Juan a la “Fiesta Nacional del Sol”, en todas sus manifestaciones.

ARTÍCULO 2º.- La “Fiesta Nacional del Sol” se realizará durante la última semana del mes de febrero de cada año, con un tiempo de duración que comprenderá desde el día martes al sábado de dicha semana.


ARTICULO 3º.- El Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Turismo, Cultura y Medio Ambiente, reglamentará la presente ley.


ARTICULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-


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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los quince días del mes de octubre del año dos mil nueve.