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Distingue como Personalidad Destacada de la Provincia de San Juan al señor Jorge Pascual Recebaren.

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTÍCULO 1º.- Distinguir como “PERSONALIDAD DESTACADA DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN”, al señor Jorge Pascual RECABARREN, D.N.I. N.º 6.744.150, popularmente conocido como Jorge Darío BENCE, por su valioso aporte periodístico y cultural a la Provincia de San Juan.

ARTÍCULO 2º.- Otorgar Diploma de Honor y copia de la presente Ley, en Sesión Especial a realizarse en el mes de junio, mes de la Fundación de San Juan, del corriente año.


ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.


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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los veintinueve días del mes de abril del año dos mil diez.