Deroga la Ley 6802

LEY N.º 8372

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :


ARTÍCULO 1º.- Derógase la Ley N.º 6802.


ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.


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   Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los quince días del mes de agosto del año dos mil trece.