LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCION CON FUERZA DE L E Y :

ARTÍCULO 1º.- Ratifícase la Addenda al Contrato de Préstamo Subsidiario N.º 830/OC-AR y 932/SF-AR de fecha 15/01/96, suscripta el día 9 de marzo del año 2007, entre el Estado Nacional, representado por la señora Ministra de Economía y Producción de la Nación, Licenciada FELISA MICELI y el Gobierno de la Provincia de San Juan, representado en este acto por el señor Gobernador, Ingeniero JOSÉ LUIS GIOJA, la que como Anexo en copia certificada forma parte de la presente Ley.-

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-


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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los tres días del mes de mayo del año dos mil siete.-