- Detalles
- Leyes Sancionadas Año 1992
EL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTICULO 1º.- Modifícase el Artículo 1º de la Ley Nº 6.212, el
que quedará redactado de la siguiente forma:
"ARTICULO 1º.- La Autoridad del Consejo de Protección a la Producción Agro-Vitícola, convocará a consulta a los productores inscriptos en el organismo a la fecha que fije el reglamento electoral".-