- Detalles
- Leyes Sancionadas Año 1994
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :
ARTICULO 1°.- La "DENOMINACION DE ORIGEN" de los productos provenientes de la vid, en estado natural o industrializados, se ajustará a las disposiciones de la presente Ley.-