- Detalles
- Leyes Sancionadas Año 1995
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :
ARTICULO 1º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a acogerse al Régimen de Asistencia Financiera previsto por el Decreto Nacional Nº 286/95 y apruébase el Convenio subscripto con fecha 28-04-1995 por el Gobierno de la Provincia y el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial, que como Anexo I se acompaña y forma parte de la presente Ley.-