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- Leyes Sancionadas Año 1998
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE L E Y
ARTICULO 1º.- Establecer con carácter de excepción y por única vez, la convocatoria para la elección de los miembros de las distintas Juntas de Clasificación Docente de la Provincia de San Juan, dentro de los cinco (5) días corridos de la sanción de la presente Ley.-