- Detalles
- Leyes Sancionadas Año 2001
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :
ARTICULO 1º.- La institución “Círculo de Legisladores”, creado por Ley Nº 4.114, es una persona jurídica de derecho privado con capaci-
dad para adquirir derechos y contraer obligaciones y con la facultad de actuar en forma pública y privada para alcanzar los objetivos que se especifican en la presente Ley. Podrá realizar todo hecho o acto jurídico y toda clase de gestión internacional, nacional, provincial y municipal, conforme a las limitaciones que establece su reglamento de organización y funcionamiento.
Actuando como tal, queda facultado para agruparse en entidades de nivel superior, tanto en el ámbito nacional como internacional, en forma asociativa o federativa o con cualquier otra entidad que no contraríe los principios sobre los que se sustenta esta organización.-