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- Leyes Sancionadas Año 2004
EL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :
ARTÍCULO 1º.- En los procesos penales seguidos contra menores de dieciocho (18) años con competencia del fuero de menores, a partir de la vigencia de la Ley Nº 7.398, se procederá en lo pertinente conforme a sus disposiciones y a las comprendidas en el Capítulo II, Título II del Libro III de la Ley Nº 6.140, las que se restablecen en su vigencia, hasta tanto se dicten las normas específicas.-