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- Leyes Sancionadas Año 2005
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio celebrado con fecha 20 de septiembre de 2005, entre la Provincia de San Juan, representada por el señor Gobernador ingeniero José Luis Gioja, refrendado por el señor Ministro de Infraestructura, Tecnología y Medio Ambiente, ingeniero Tomás José Strada, por una parte; y la Municipalidad de la Ciudad de San Juan, representada por el señor Intendente C.P.N. Enrique Edgardo Conti, refrendado por el señor Secretario de Obras Públicas y Medio Ambiente, ingeniero Marcelo Codón, por la otra parte, aprobado por Decreto Municipal N. 1279/05, Ordenanza N. 8177, del Concejo Deliberante de la citada municipalidad y Decreto N. 1738-MITyMA-05 del Poder Ejecutivo Provincial, el que como Anexo forma parte integrante de la presente Ley.-