Instituye en la Provincia de San Juan el día 14 de Octubre como "Día de los Talleres Comunitarios".
LEY N.º 1508-P
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTÍCULO 1º.- Institúyase en la Provincia de San Juan el día 14 de Octubre como "Día de los Talleres Comunitarios".
ARTÍCULO 2º.- Encomiéndase al Ministerio de Desarrollo Humano y Promoción Social, a través de la Dirección de Talleres Comunitarios a realizar actividades que promocionen el trabajo que realizan los diferentes talleres de la provincia.
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los seis días del mes de octubre del año dos mil dieciséis.